DECRETO 73 2022
Síntesis:
APRUEBA PRESUPUESTO - EJERCICIO 2022 - SOCIEDAD ANÓNIMA - AUTOPISTAS URBANAS - AUSA
Publicación:
04/03/2022
Sanción:
02/03/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley Nro 70 (texto consolidado por Ley N° 6347), y los Decretos Nros
1000/99 y 146/21, el Expediente Electrónico N° 2021-39.675.061-GCABA-AUSA, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 70 se aprobó el Sistema de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose
la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que, por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima
autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del
Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remite a la
Oficina de Presupuesto;
Que, asimismo los artículos 75 y 76 de dicha norma disponen que la Oficina de
Presupuesto analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades,
prepara un informe y posteriormente los mismos son sometidos a la aprobación del
Poder Ejecutivo de acuerdo con las modalidades y los plazos que establezca la
reglamentación;
Que, por sus parte, de conformidad con la normativa, corresponde al Poder Ejecutivo
aprobar, en su caso, con los ajustes que considere conveniente, los presupuestos de
las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado;
Que, el artículo 39 del Decreto N° 1000/99, reglamentario del artículo 76 de la Ley N°
70, establece que para la aprobación de los presupuestos, dentro del plazo señalado
en la Ley, la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, debe preparar el informe de los
proyectos recibidos, así como las estimaciones presupuestarias de oficio;
Que, mediante el Decreto N° 146/21 se aprobó el cronograma para la formulación de
los presupuestos de las empresas públicas, sociedades del Estado de la Ciudad y
todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad
tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones
societarias para el ejercicio 2022, de conformidad con el Anexo II integrante del citado
Decreto;
Que, en concordancia con lo expresado previamente, por el expediente mencionado
en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2022 formulado por
la empresa Autopistas Urbanas S.A. y cuyo proyecto expone en detalle sus ingresos y
egresos;
Que, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente
de la Subsecretaria de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elaboró el
informe pertinente, en cumplimiento con lo establecido por el artículo 75 de la Ley N°
70, donde se aconsejó la aprobación del presupuesto 2022 de la citada Sociedad
Anónima.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2022 de la Sociedad Anónima
Autopistas Urbanas (AUSA), Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita de la Jefatura de
Gabinete de Ministros, de conformidad con lo detallado en el Anexo I (IF-2022-
07987479-GCABA-DGOGPP), que a todos sus efectos forma parte integrante del
presente decreto.
Artículo 2°.- Estímase en la suma de pesos DIECISIETE MIL CIENTO TREINTA
MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TRECE
($ 17.130.654.713), los ingresos corrientes y fíjase en la suma de pesos OCHO MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL
SETECIENTOS SESENTA Y UNO ($ 8.543.303.761), los gastos corrientes, de acuerdo
con el detalle que figura en la planilla en el Anexo I (IF-2022-07987479-GCABA-
DGOGPP).
Artículo 3°.- Fijase en peso CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO
($ 5.740.753.738), los gastos de capital, de acuerdo con el detalle obrante en la planilla
del Anexo I (IF-2022-07987479-GCABA-DGOGPP).
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
del Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Mura - Miguel