DECRETO 81 2022

Síntesis:

SE DESESTIMA - RECURSO JERÁRQUICO - CONTRA LA RESOLUCIÓN CONJUNTA 1-MHYFGC-PG-21 - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

08/03/2022

Sanción:

04/03/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución Conjunta N° 1-MHYF-PG/21,

el Expediente Judicial N° 105.851/2010, el Expediente Electrónico N° 29192197-

GCABA-PG/19, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el VISTO tramita el recurso jerárquico interpuesto

contra la Resolución Conjunta N° 1-MHYF-PG/21, mediante la cual se dispuso

rechazar por improcedente el reclamo perpetrado por el Dr. Arturo Marcelino

Arrizabalaga (DNI N° 20.174.471), en relación al pago de honorarios profesionales en

el marco de la causa caratulada "GCBA - Procuración General c/ EN - AFIP s/ Proceso

de Conocimiento" (Expediente Judicial N° 105.851/2010), en trámite por ante el

Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 6, Secretaría N° 2;

Que el objeto del reclamo planteado por el Dr. Arturo Marcelino Arrizabalaga consiste

en el pago de honorarios profesionales por el asesoramiento jurídico, la asistencia

profesional y la promoción e impulso de la acción judicial iniciada el 9 de abril del

2010, en el marco de la causa caratulada "GCBA - Procuración General c/EN - AFIP s/

Proceso de Conocimiento" (Expediente Judicial N° 105.851/2010), en trámite por ante

el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 6, Secretaría N° 2,

en virtud del Contrato de Locación de Servicios Jurídicos conjuntamente celebrado con

el Dr. Guillermo J. Borda, el Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Procuración

General en el año 2009;

Que, oportunamente, por Resolución Conjunta N° 1-MHYF-PG/21 se rechazó por

improcedente el referido reclamo;

Que, conforme surge de la PV-2021-23199274-GCABA-PG, el día 1° de junio del

corriente se notificó fehacientemente la Resolución Conjunta N° 1-MHYF-PG/21 al

interesado;

Que, luego de ello, mediante RE-2021-17824660-GCABA-PG, cuyos fundamentos se

ampliaran por RE-2021-19417235-GCABA-PG, el Dr. Arturo Marcelino Arrizabalaga

interpuso recurso jerárquico contra el mentado acto administrativo en fecha 14 de junio

de 2021;

Que se ha dado intervención a la Dirección General Responsabilidad Estatal y

Contrataciones de la Procuración General la que, manteniendo el criterio expuesto en

el Dictamen Jurídico IF-2021-09125991-GCABA-DGREYCO que antecediera a la

Resolución Conjunta N° 1-MHYF-PG/21, a través del Dictamen Jurídico N° IF-2021-

21319190-GCABA-DGREYCO ha concluido que "... toda vez que la disminución de la

deuda por contribuciones patronales determinada a la Ciudad de Buenos Aires por la

Administración Federal de Ingresos Públicos de la referencia, se ha presentado como

fruto de las negociaciones instrumentadas para dicho fin entre el Estado Nacional, la

Administración Federal de Ingresos Públicos y el Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 27.260 y del Acuerdo de

Financiamiento y Colaboración antes mencionado, y no a consecuencia de la gestión

de los referidos profesionales en el proceso (es decir, por un medio ajeno a dicha

actuación), es que se entiende que recurso jerárquico presentado por el Dr. Arturo

Marcelino Arrizabalaga contra la Resolución N° 1/MHYF-PG/2021 no puede prosperar,

teniendo derecho los aludidos profesionales pura y exclusivamente a los honorarios

que sean fruto de la regulación judicial pertinente por la labor por ellos realizada en el

proceso...";

Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en estas actuaciones y lo

aconsejado por la Procuración General corresponde desestimar el recurso incoado;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico, interpuesto por el Dr. Arturo Marcelino

Arrizabalaga, DNI N° 20.174.471, contra la Resolución Conjunta N° 1-MHYF-PG/21.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

al interesado en los términos del Capítulo VI de la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando constancia que el

presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer

recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto

consolidado según Ley N° 6.347). Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Miguel