DECRETO 108 2022
Síntesis:
SE TRANSFIERE - A TÍTULO GRATUITO - DOMINIO DE INMUEBLES - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD - IVC - PARCELAS 1F, 1G, 1H, 1I DE LA MANZANA 30E, SECCIÓN 66, CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - SEGÚN PLANO 34-C-2020 - PARCELAS 1C Y 5 DE LA MANZANA 30B, SECCIÓN 66, CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - EX TRAZA DE LA CALLE BARROS PAZOS
Publicación:
28/03/2022
Sanción:
23/03/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 1.251, 1.770 y
5.705 (textos consolidados por la Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y sus
modificatorios, 94/22 y 101/22, el Expediente Electrónico N° 33991798-GCABA-
DGADB/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente electrónico citado en el Visto se propicia la transferencia a favor
del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) del dominio de
las parcelas 1f, 1g, 1h y 1i de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1, según
Plano 34-C-2020, así como de las parcelas 1c, 1d, 1e de la Manzana 30E, Sección 66,
Circunscripción 1 y de una porción que integra la ex traza de la calle Barros Pazos de
esta Ciudad, que según su título se encuentran inscriptas a nombre de jurisdicción,
como parcelas 1c y 5 de la Manzana 30B, Sección 66, Circunscripción 1;
Que, una superficie de 26.690,62 m2 se ha incorporado a la Parcela 1h, de la Manzana
30E, Sección 66, Circunscripción 1, formando parte del dominio de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en virtud de primera inscripción registral mediante el
Decreto N° 101/22;
Que, por Decreto N° 94/22 se declaró adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, de conformidad con la Ley N° 351, el dominio de los inmuebles allí
mencionados;
Que conforme la Ley N° 1.251, el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC), en su
carácter de órgano de aplicación de las políticas de vivienda del Gobierno de esta
Ciudad, tiene entre otros principios, el de garantizar la regularización dominial de los
inmuebles a favor de los destinatarios de las diferentes operatorias;
Que en relación a ello, mediante Ley N° 1.770 se afectó el polígono dentro del cual se
emplazan las parcelas objeto del presente, a la urbanización del "Barrio 20", mientras
que, por la Ley N° 5.705 se dispuso su reurbanización, zonificación e integración
socio-urbana, siendo dichos inmuebles declarados innecesarios para la gestión del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Dirección General de Administración de Bienes de la Subsecretaría de
Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción y la Dirección General de Escribanía General dependiente de la Secretaría
Legal y Técnica, han tomado debida intervención conforme sus responsabilidades
primarias, previstas en el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios;
Que, en consecuencia corresponde transferir a título gratuito a favor del Instituto de
Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) los inmuebles identificados
catastralmente como Parcelas 1f, 1g, 1h, 1i de la Manzana 30E, Sección 66,
Circunscripción 1, según Plano 34-C-2020 así como de las Parcelas 1c y 5 de la
Manzana 30B, Sección 66, Circunscripción 1, según título (actualmente Parcelas 1c,
1d, 1e y de parte de la ex traza de la calle Barros Pazos), y autorizar a la Dirección
General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica, a realizar todas las
acciones tendientes a efectivizar dicha transferencia e inscribirla en el Registro de la
Propiedad Inmueble de la Capital Federal, mediante escritura pública y/o documento
administrativo conforme Ley Nacional N° 17.801, artículo 3°, inciso a) y sus
modificatorias;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención
que le corresponde de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por Ley N° 6347).
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Transfiérase a título gratuito al Instituto de Vivienda de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (IVC) el dominio de los inmuebles individualizados como
Parcelas 1f, 1g, 1h, 1i de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1 - según
Plano 34-C-2020 - y de las Parcelas 1c y 5 de la Manzana 30B, Sección 66,
Circunscripción 1, según título (actualmente Manzana 30E Parcelas 1c, 1d, 1e d y
parte de la ex traza de la calle Barros Pazos).
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la transferencia de dominio de los
inmuebles mencionados en el artículo 1°, mediante escritura pública y/o documento
administrativo e inscribirlos a nombre del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires (IVC) en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción, por la señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretaría
de Gestión Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura
de Gabinete de Ministros, a la Dirección General Administración de Bienes de la
Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción, y al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (IVC). Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General
Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Ferrario
p/p - Giusti - Migliore - Miguel