DECRETO 108 2022

Síntesis:

SE TRANSFIERE - A TÍTULO GRATUITO - DOMINIO DE INMUEBLES - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD - IVC - PARCELAS 1F, 1G, 1H, 1I DE LA MANZANA 30E, SECCIÓN 66, CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - SEGÚN PLANO 34-C-2020 - PARCELAS 1C Y 5 DE LA MANZANA 30B, SECCIÓN 66, CIRCUNSCRIPCIÓN 1 - EX TRAZA DE LA CALLE BARROS PAZOS

Publicación:

28/03/2022

Sanción:

23/03/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 1.251, 1.770 y

5.705 (textos consolidados por la Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y sus

modificatorios, 94/22 y 101/22, el Expediente Electrónico N° 33991798-GCABA-

DGADB/21, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente electrónico citado en el Visto se propicia la transferencia a favor

del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) del dominio de

las parcelas 1f, 1g, 1h y 1i de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1, según

Plano 34-C-2020, así como de las parcelas 1c, 1d, 1e de la Manzana 30E, Sección 66,

Circunscripción 1 y de una porción que integra la ex traza de la calle Barros Pazos de

esta Ciudad, que según su título se encuentran inscriptas a nombre de jurisdicción,

como parcelas 1c y 5 de la Manzana 30B, Sección 66, Circunscripción 1;

Que, una superficie de 26.690,62 m2 se ha incorporado a la Parcela 1h, de la Manzana

30E, Sección 66, Circunscripción 1, formando parte del dominio de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en virtud de primera inscripción registral mediante el

Decreto N° 101/22;

Que, por Decreto N° 94/22 se declaró adquirido por la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, de conformidad con la Ley N° 351, el dominio de los inmuebles allí

mencionados;

Que conforme la Ley N° 1.251, el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC), en su

carácter de órgano de aplicación de las políticas de vivienda del Gobierno de esta

Ciudad, tiene entre otros principios, el de garantizar la regularización dominial de los

inmuebles a favor de los destinatarios de las diferentes operatorias;

Que en relación a ello, mediante Ley N° 1.770 se afectó el polígono dentro del cual se

emplazan las parcelas objeto del presente, a la urbanización del "Barrio 20", mientras

que, por la Ley N° 5.705 se dispuso su reurbanización, zonificación e integración

socio-urbana, siendo dichos inmuebles declarados innecesarios para la gestión del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Dirección General de Administración de Bienes de la Subsecretaría de

Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción y la Dirección General de Escribanía General dependiente de la Secretaría

Legal y Técnica, han tomado debida intervención conforme sus responsabilidades

primarias, previstas en el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios;

Que, en consecuencia corresponde transferir a título gratuito a favor del Instituto de

Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) los inmuebles identificados

catastralmente como Parcelas 1f, 1g, 1h, 1i de la Manzana 30E, Sección 66,

Circunscripción 1, según Plano 34-C-2020 así como de las Parcelas 1c y 5 de la

Manzana 30B, Sección 66, Circunscripción 1, según título (actualmente Parcelas 1c,

1d, 1e y de parte de la ex traza de la calle Barros Pazos), y autorizar a la Dirección

General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica, a realizar todas las

acciones tendientes a efectivizar dicha transferencia e inscribirla en el Registro de la

Propiedad Inmueble de la Capital Federal, mediante escritura pública y/o documento

administrativo conforme Ley Nacional N° 17.801, artículo 3°, inciso a) y sus

modificatorias;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, ha tomado la intervención

que le corresponde de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto

consolidado por Ley N° 6347).

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Transfiérase a título gratuito al Instituto de Vivienda de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (IVC) el dominio de los inmuebles individualizados como

Parcelas 1f, 1g, 1h, 1i de la Manzana 30E, Sección 66, Circunscripción 1 - según

Plano 34-C-2020 - y de las Parcelas 1c y 5 de la Manzana 30B, Sección 66,

Circunscripción 1, según título (actualmente Manzana 30E Parcelas 1c, 1d, 1e d y

parte de la ex traza de la calle Barros Pazos).

Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General, dependiente de la

Secretaría Legal y Técnica, a instrumentar la transferencia de dominio de los

inmuebles mencionados en el artículo 1°, mediante escritura pública y/o documento

administrativo e inscribirlos a nombre del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires (IVC) en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo

Económico y Producción, por la señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretaría

de Gestión Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura

de Gabinete de Ministros, a la Dirección General Administración de Bienes de la

Subsecretaría de Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción, y al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (IVC). Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General

Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Ferrario

p/p - Giusti - Migliore - Miguel