DISPOSICIÓN 518 2022 DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO - DISPOSICIÓN N° 1823-DGFYCO/15 - SE APRUEBA - INSTRUCTIVO - PROCEDIMIENTO INSPECTIVO - INSPECTORES - GERENCIA OPERATIVA FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE MANTENIMIENTO EDILICIO - DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

Publicación:

04/04/2022

Sanción:

31/03/2022

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS


VISTO: La Ordenanza N° 34.421 Anexo A "Código de la Edificación" (modificada por la

Ley N° 6.438, la Ley N. 2.624 (texto consolidado por Ley N° 6.347), las Resoluciones

Nros. 66-AGC/13 y modificatorias, 80-GCABA-SSGU/21, la Disposición N° 1823-

DGFYCO/15, el Expediente Electrónico N° 12065629/22, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.624 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se creó la

Agencia Gubernamental de Control, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de

Justicia y Seguridad;

Que por medio de Disposición N° 1823-DGFYCO/15, se aprobó el instructivo para el

procedimiento inspectivo establecido para los inspectores de la entonces Gerencia

Operativa Fiscalización y Control de Instalaciones Complementarias, detallado en el

Anexo I (DI-2015-37414191-DGFYCO) de la misma;

Que a través de la Ley N° 6.438, fue aprobada la modificación al Código de Edificación

contenido en el Anexo A de la Ordenanza N° 34.421, la cual introduce cambios

sustanciales en lo que respecta a la conservación de las instalaciones

complementarias, entre otras;

Que mediante la Resolución N° 80-GCABA-SSGU/21, fueron aprobados los

Reglamentos Técnicos del Código antes mencionado, comprendiendo y describiendo

el conjunto de procedimientos administrativos reglamentarios para la tramitación de

cualquier gestión vinculada a la construcción, a las instalaciones y exigencias

comprendidas en el Código de Edificación, y a las soluciones técnicas admitidas, de

carácter enumerativo y no excluyente, que pueden ser aplicadas por los profesionales

de la construcción;

Que por lo expuesto, resulta necesario actualizar el instructivo para que el personal

dependiente, y en particular el cuerpo de inspectores, de la Gerencia Operativa

Fiscalización y Control de Mantenimiento Edilicio desarrolle sus funciones con apego a

la normativa que se encuentra en vigencia;

Que por tal motivo y dado a dicha actualización, corresponde dejar sin efecto la

Disposición N° 1823-DGFYCO/15 y la aprobación de un nuevo instructivo de la

mencionada Gerencia Operativa, conforme a la normativa vigente;

Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL

DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1°.- Dejase sin efecto la Disposición N° 1823-DGFYCO/15, por lo expuesto en

el exordio.

Artículo 2°.- Apruébase el instructivo para el procedimiento inspectivo establecido para

los inspectores de la Gerencia Operativa Fiscalización y Control de Mantenimiento

Edilicio de la Dirección General Fiscalización y Control de Obras de esta Agencia

Gubernamental de Control, detallado en el ANEXO I (IF-2022-12233903-GCABA-

DGFYCO) junto con las Actas correspondientes detalladas en el ANEXO II (IF-2022-

12234095-GCABA-DGFYCO), los cuales forman parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Comuníquese a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta

Agencia, a la Gerencia Operativa Fiscalización y Control de Mantenimiento Edilicio y

las Subgerencias Operativas que la componen y a la Gerencia Operativa Técnica.

Cumplido, archívese. Alonso


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6350

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6350

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 518/DGFYCO/22 deja sin efecto la Disposición N° 1823-DGFYCO/15.</p>