RESOLUCIÓN 190 2022 SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO
Síntesis:
SE PRORROGA PLAZO - EMPLEADORES CON DOMICILIO LEGAL O ESTABLECIMIENTOS LOCALIZADOS EN LA CIUDAD - DEN CUMPLIMIENTO - CARGA DE INFORMACIÓN REQUERIDA - REGISTRO DE EMPLEADORES ON LINE - SUBSECRETARÍA DE TRABAJO, INDUSTRIA Y COMERCIO
Publicación:
05/04/2022
Sanción:
01/04/2022
Organismo:
SUBSECRETARIA TRABAJO INDUSTRIA Y COMERCIO
VISTO: Las Leyes Nros. 265 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347); los
Decretos Nros. 625- GCBA/09, 463-GCABA/19 y sus modificatorios; las Resoluciones
Nros. 1894-SSTIYC/17 y 930- SSTIYC/20, el Expediente Electrónico N° EX-2022-
12394466-GCABA-SSTIYC, y,
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se aprobó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual contempló
entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción;
Que mediante el Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, encontrándose la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio
bajo la órbita del citado Ministerio;
Que por el mencionado Decreto, se estableció entre las responsabilidades primarias
de esta Subsecretaría la de "Diseñar, establecer e implementar políticas, planes,
programas y proyectos inherentes al poder de policía, registros, rúbricas, relaciones y
condiciones de trabajo y de empleo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que la Ley N° 265 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) establece las competencias
de la Autoridad Administrativa del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
entre las cuales se encuentra la de llevar un registro de empleadores;
Que por el Decreto N° 625-GCBA/09, se creó el "Registro de Empleadores On line" de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose que el período para que los
empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires den cumplimiento con la carga de información solicitada
por el Registro, sea entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año calendario;
Que por Resolución N° 1894-SSTIYC/2017, se estableció el reempadronamiento en el
"Registro de empleadores On Line" para todos los empleadores con domicilio legal o
establecimientos localizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante un
cronograma determinado por la cantidad de trabajadores que emplea cada empleador;
Que atento a encontrarse próximo el vencimiento del plazo establecido y a fin de que
los empleadores den cumplimiento con la carga de información solicitada por el
Registro correspondiente al ejercicio fiscal 2021, se estima necesario prorrogar el
plazo estipulado en el artículo 2 del Decreto N° 625-GCBA/09.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 31 de julio del año 2022 inclusive, el plazo
estipulado para que los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, den cumplimiento con la carga de
información requerida por el "Registro de Empleadores On line" correspondiente al
ejercicio fiscal 2021.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General de Empleo. Cumplido, archívese. Jarvis