DECRETO 121 2022
Síntesis:
SE DESIGNA - MARÍA VICTORIA ALCARAZ - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL COOPERACIÓN CULTURAL INTERNACIONAL - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
06/04/2022
Sanción:
01/04/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.347), los Decretos Nros.
463/19 y modificatorios, y 107/22, el Expediente Electrónico N° 11467292-GCABA-
DGTALMC/22, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 463/19, y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
del citado Ministerio;
Que por Decreto N° 107/22 se modificó, a partir del día 1° de marzo de 2022, la
estructura orgánico funcional del Ministerio de Cultura, creándose bajo su dependencia
la Dirección General Cooperación Cultural Internacional;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Cultura propicia la designación de la
señora María Victoria Alcaraz (D.N.I. N° 12.986.110, C.U.I.L. N° 27-12986110-5),
como Directora General de la Dirección General Cooperación Cultural Internacional,
dependiente del Ministerio de Cultura, a partir del día 12 de marzo de 2022;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del día 12 de marzo de 2022, a la señora María
Victoria Alcaraz (D.N.I. N° 12.986.110, C.U.I.L. N° 27-12986110-5), como Directora
General de la Dirección General Cooperación Cultural Internacional dependiente del
Ministerio de Cultura, reteniendo sin percepción de haberes la partida N° 5001.0020
GGUAVA11.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Avogadro - Miguel