DECRETO 121 2022

Síntesis:

SE DESIGNA - MARÍA VICTORIA ALCARAZ - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL COOPERACIÓN CULTURAL INTERNACIONAL - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

06/04/2022

Sanción:

01/04/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.347), los Decretos Nros.

463/19 y modificatorios, y 107/22, el Expediente Electrónico N° 11467292-GCABA-

DGTALMC/22, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,

al Ministerio de Cultura;

Que por Decreto N° 463/19, y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

del citado Ministerio;

Que por Decreto N° 107/22 se modificó, a partir del día 1° de marzo de 2022, la

estructura orgánico funcional del Ministerio de Cultura, creándose bajo su dependencia

la Dirección General Cooperación Cultural Internacional;

Que, en consecuencia, el señor Ministro de Cultura propicia la designación de la

señora María Victoria Alcaraz (D.N.I. N° 12.986.110, C.U.I.L. N° 27-12986110-5),

como Directora General de la Dirección General Cooperación Cultural Internacional,

dependiente del Ministerio de Cultura, a partir del día 12 de marzo de 2022;

Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del día 12 de marzo de 2022, a la señora María

Victoria Alcaraz (D.N.I. N° 12.986.110, C.U.I.L. N° 27-12986110-5), como Directora

General de la Dirección General Cooperación Cultural Internacional dependiente del

Ministerio de Cultura, reteniendo sin percepción de haberes la partida N° 5001.0020

GGUAVA11.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 14 de la Ley N° 6.357. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Avogadro - Miguel