DECRETO 159 2022

Síntesis:

SE APRUEBAN PLIEGOS CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - Y SE DELEGA EN EL MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBAN - FACULTAD DE EFECTUAR EL LLAMADO A CONCURSO DE PROYECTOS INTEGRALES DE ETAPA MÚLTIPLE 7162-0003-CPU22 - READECUACIÓN- PUESTA A PUNTO - OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO - PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS EN EL CENTRO DE RECICLAJE DE LA CIUDAD

Publicación:

04/05/2022

Sanción:

02/05/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095, 4.978, 6.292 (textos consolidados según Ley N°

6.347) y 6.507, los Decretos Nros. 463/19, 49/21 y 74/21, los Expedientes Electrónicos

N° 35452775-GCABA-DGRYEC/21 y N° 12209048-GCABA-DGTALMEPHU/22, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita el Concurso de Proyectos

Integrales de Etapa Múltiple N° 7162-0003-CPU22, al amparo de los artículos 31, 32 y

34 de la Ley N° 2.095, reglamentada por Decreto N° 74/21, y del artículo 5° de la Ley

N° 4.978, para la contratación de los servicios de "Readecuación, puesta a punto,

operación y mantenimiento de la Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos

en el Centro de Reciclaje de la Ciudad", sita en Av. Varela N° 2505, entre calles Ana

María Janer y Av. Cnel. Chilavert, con destino a la Dirección General Reciclado y

Economía Circular, dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio

de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, por un plazo de ciento cuarenta y cuatro (144) meses, cuyo presupuesto oficial

asciende a la suma de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE

MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100

($ 12.979.118.880,00);

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y

contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 32 de la citada Ley prevé las Licitaciones o Concursos de Etapa

Múltiple "...cuando la comparación y evaluación de antecedentes empresariales y

técnicos, capacidad económica financiera, garantías, características de la prestación y

análisis de los componentes económicos de las ofertas se realizan mediante

preselecciones o precalificaciones sucesivas, esto es, por la presentación de más de

un sobre";

Que el artículo 34 de la misma norma, establece que puede realizarse el concurso de

proyecto integrales cuando en función del objeto de la contratación el organismo

licitante requiera propuestas para obtener la solución más satisfactoria de sus

necesidades, siempre que se consignen previamente los factores que han de

considerarse para la evaluación de las propuestas, se determine el coeficiente de

ponderación relativa que se asigna a cada factor y la manera de considerarlo, y se

efectúe la selección del cocontratante, tanto en función de la conveniencia técnica de

la propuesta como de su precio;

Que el Decreto N° 74/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 y fijó los niveles

de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V,

VI y VII;

Que por Disposición N° 167-DGCYC/21 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y

contrataciones y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j),

de la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que conforme artículo 24 de la Ley N° 6.292 de Ministerios corresponde al Ministerio

de Espacio Público e Higiene Urbana asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus

competencias, entre las que se encuentra la de regular, controlar y administrar los

servicios de higiene urbana y el tratamiento, recuperación, reciclaje y disposición de

los residuos;

Que por Decreto N° 463/19, modificado por Decreto N° 49/21, se aprobó la estructura

organizativa de dicho Ministerio, contemplando a la Dirección General de Reciclado y

Economía Circular, dentro de la órbita de la Subsecretaría de Higiene Urbana, entre

cuyas responsabilidades primarias se encuentran las de formular e implementar

nuevas tecnologías de tratamiento que permitan a la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires llevar a disposición final cada vez menor cantidad de residuos, conforme a lo

estatuido por la Ley N °1.854 y sus normativas complementarias y verificar la

ejecución de la actividad en las plantas de tratamientos de residuos, ejerciendo la

fiscalización, control y sanción de los servicios de carga y descarga de residuos, como

así también, la construcción y/o licitación de nuevas plantas de tratamiento;

Que, en consecuencia, la Dirección General Reciclado y Economía Circular y la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas dependientes del Ministerio

de Espacio Público e Higiene Urbana, en conjunto confeccionaron los Pliegos de

Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y sus Anexos que para el

presente llamado a Concurso de Proyectos Integrales corresponde aprobar;

Que, por otra parte y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta

conveniente autorizar a la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana la

facultad de realizar el pertinente llamado a Concurso de Proyectos Integrales, emitir

las circulares aclaratorias con y sin consulta, dictar los actos administrativos

necesarios para adjudicar el concurso público, suscribir los pertinentes contratos y

dictar todos los actos administrativos que fueren necesarios para la materialización,

control y ejecución del servicio desde su inicio hasta su finalización, así como la

creación y designación de los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas, las

ampliaciones o disminuciones del objeto del contrato de acuerdo a los límites de la

normativa vigente y sus posibles prórrogas y continuidades y, en caso de

corresponder, las rescisiones y penalidades, todo ello en el marco de la normativa

aplicable;

Que el Presupuesto Oficial para la realización del presente Concurso, asciende a la

suma total de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES

CIENTO DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100

($ 12.979.118.880,00);

Que se ha procedido a efectuar la correspondiente previsión presupuestaria para

hacer frente a la erogación que demande el presente concurso;

Que han tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Asuntos

Legales de Seguros y la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de

Compras y Contrataciones y la Dirección General Redeterminación de Precios, ambas

dependientes de la Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda y

Finanzas, así como también la Dirección General de Espacios Verdes y Arbolado,

dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal de Jefatura de Gabinete de

Ministros;

Que se ha dado intervención a la Dirección General Compras y Contrataciones en su

carácter de Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se dará intervención a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto en virtud del carácter plurianual del gasto que nos ocupa;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (texto

consolidado según Ley N° 6.347).

Por ello, en virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los

artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus anexos

(PLIEG-2022-14623657-GCABA-DGRYEC) y el Pliego de Especificaciones Técnicas y

sus anexos (PLIEG-2022-11373524-GCABA-DGRYEC), que forman parte integrante

del presente Decreto y que regirán el Concurso de Proyectos Integrales con modalidad

de Etapa Múltiple N° 7162-0003-CPU22 para la contratación de los servicios de

"Readecuación, puesta a punto, operación y mantenimiento de la Planta de

Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos en el Centro de Reciclaje de la Ciudad", con

destino a la Dirección General Reciclado y Economía Circular dependiente de la

Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de los artículos 31,

32 y 34 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y del artículo 5° de

la Ley N° 4.978 (texto consolidado según Ley N°6.347), cuyo presupuesto oficial

asciende a la suma total de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE

MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100

($ 12.979.118.880,00).

Artículo 2°.- Delégase en el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana la facultad

de efectuar el llamado a Concurso de Proyectos Integrales de Etapa Múltiple N° 7162-

0003-CPU22, emitir las circulares aclaratorias con y sin consulta, dictar los actos

administrativos necesarios para adjudicar el concurso público, suscribir los pertinentes

contratos y dictar todos los actos administrativos que fueren necesarios para la

materialización, control y ejecución del servicio desde su inicio hasta su finalización,

así como la creación y designación de los integrantes de la Comisión de Evaluación de

Ofertas, las eventuales ampliaciones o disminuciones del objeto del contrato de

acuerdo a los límites de la normativa vigente y sus posibles prórrogas y continuidades

y, las eventuales rescisiones y penalidades, todo ello en el marco de la normativa

aplicable.

Artículo 3°.- El presente gasto se imputará a la partida presupuestaria de los ejercicios

correspondientes, subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los

respectivos presupuestos.

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio

Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio

web oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

www.buenosaires.gob.ar. Comuníquese a la Dirección General de Reciclado y

Economía Circular dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana y pase al

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana para la prosecución de su trámite.

RODRÍGUEZ LARRETA - Muzzio - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6370

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6370