DISPOSICIÓN 12 2022 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO

Síntesis:

SE APRUEBA - CONVOCATORIA - ABASTO ABIERTO 2022 - SE CONVOCA - ESPACIOS CULTURALES - COMUNAS 3 Y 5 - SECTOR URBANO DENOMINADO - BARRIO ABASTO - SE APRUEBAN - PROGRAMAS - BASES Y CONDICIONES

Publicación:

06/05/2022

Sanción:

03/05/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley N° 6.292 (texto

consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20,

sus modificatorios, los Decretos N° 578-GCABA/16, N° 463-GCABA/19 y

modificatorios, N.° 429-GCABA/13, 147/GCABA/20 y sus modificatorios; las

Resoluciones N° 2940/MCGC/2021 y N.° 2011-GCABA-MCGC/22; el EX-2022-

12324915-GCABA-DGPSE, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32

establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras.

Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística (...); impulsa la

formación artística y artesanal (...); procura la calidad y jerarquía de las producciones

artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las

manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y

trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y

difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones";

Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), artículo 2°,

establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Cultura;

Que por el Decreto N° 463-GCABA/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, asignando a la Dirección General de Planificación y Seguimiento bajo la

órbita del Ministerio de Cultura, y estableciendo dentro de sus responsabilidades

primarias las de "coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados

del ámbito cultural", entre otras;

Que mediante la Resolución N° 2940/MCGC/2021 oportunamente se creó el Programa

"Abasto Barrio Cultural - Abasto Abierto", con el objetivo de fomentar la actividad

cultural e identidad del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en todas sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de

artistas, creadores y gestores en el marco de la pandemia por el virus COVID-19

(Coronavirus) hacia esquemas en transición gradual hacia la plena presencialidad en

observancia de los protocolos de emergencia sanitaria vigentes en el futuro;

Que por la Resolución N° 2011/MCGC/2022 se modificó la denominación del citado

programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año

2022;

Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y

Seguimiento será la autoridad de aplicación del Programa, estando facultada para

instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a la consecución

de los propósitos y objetivos del mentado programa y dentro de sus alcances

programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas

necesarias para su implementación;

Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/2020 y sus prórrogas, se

declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

con la finalidad de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el

riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),

contemplando el funcionamiento de las actividades autorizadas en el marco de los

protocolos aprobados para cada caso;

Que los espacios culturales son considerados parte del acervo cultural de la Ciudad,

ya que utilizan la creatividad y el capital intelectual como principales insumos, y

conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios como

elementos del motor económico de la Ciudad;

Que resulta necesario incentivar y fortalecer a los distintos actores de la cultura y el

ecosistema cultural de la Ciudad para su constante desarrollo;

Que, en esta inteligencia, resulta oportuno y conveniente aprobar la convocatoria

ABASTO ABIERTO 2022, a la que se hace referencia a continuación;

Que, en el presente contexto de emergencia económica, el mencionado sector cultural

afronta grandes dificultades para obtener recursos genuinos, enfrentándose a

situaciones económicas de muy difícil recuperación, poniendo en riesgo la

subsistencia de muchos entes que integran estos sectores de la cultura;

Que mediante IF-2022-11521001-GCABA-DGPSE, la Dirección General Planificación

y Seguimiento impulsa la realización de la convocatoria ABASTO ABIERTO 2022, en

el marco del Programa "Abasto Barrio Cultural";

Que a tales efectos, a través del Decreto N° 429/13, se creó la Plataforma de

Tramitación a Distancia TAD, como medio de interacción entre la ciudadanía y la

administración por medios informáticos;

Que, con el propósito de que ABASTO ABIERTO 2022 resulte más accesible a las

personas destinatarias de dicha convocatoria; resulta oportuna y conveniente su

implementación a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia TAD;

Que de conformidad con lo establecido en la ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley

N° 6.347), la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado

la intervención que le compete;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprúebase la convocatoria ABASTO ABIERTO 2022, en el marco del

programa "Abasto Barrio Cultural", conforme el Anexo I "Bases y Condiciones", DI-

2022-16495114-GCABA-DGPSE que forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 2°.- Convócase a Espacios Culturales radicados en las Comunas 3 y 5,

enmarcados en el sector urbano denominado "Barrio Abasto", delimitado por las calles:

Av. Córdoba (al norte), Av. Pueyrredón (al este), Av. Díaz Vélez / Tte. Gral. Juan

Domingo Perón (al sur) y Gascón (al oeste), a participar de la convocatoria ABASTO

ABIERTO 2022 , desde las 10 horas del día 9 de mayo de 2022 hasta las 10 10 horas

del día 23 de mayo de 2022.

Artículo 3°.- Apruébanse los Anexos "Presentación a Convocatoria - Abasto Abierto

2022", "Manifestación de Titularidad de Derechos", "Acta Acuerdo" y "Mesa de Trabajo

«Detrás de escena»; Manifestación de Voluntad, que, como Anexos II (identificado

bajo N.° DI-2022-16495135-GCABA-DGPSE), III (identificado bajo N.° DI-2022-

16495167-GCABA-DGPSE), IV (identificado bajo N.°DI-2022-16495191-GCABA-

DGPSE), y V (identificado bajo N.° DI-2022-16495232-GCABA-DGPSE) forman parte

integrante de la presente Disposición.

Artículo 4°.- El gasto será atendido con cargo en la partida específica vigente para el

presente ejercicio.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido,

Archívese. Slauscius


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6372- Anexo I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6372- Anexo II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6372- Anexo IV

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6372- Anexo V

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1° de la Disposición N° 12/DGPSE/22 aprueba la  convocatoria ABASTO ABIERTO 2022, en el marco del programa Abasto Barrio Cultural creado por Resolución N° 2940/MCGC/21.</p><p> </p>