RESOLUCIÓN 2535 2004 SECRETARIA DE CULTURA

Síntesis:

APRUEBA LA REALIZACIÓN DEL II CAMPEONATO MUNDIAL DE BAILE DE TANGO, SU REGLAMENTO, BASES Y CONDICIONES - SECRETARÍA DE CULTURA - PROGRAMA FESTIVALES DE LA CIUDAD - DÍA 14 AL 22 DE AGOSTO DE 2004 - CAMPEONATO METROPOLITANO DE BAILE DE TANGO - CAMPEONES MUNDIALES DE BAILE DE TANGO - TANGO SALÓN - TANGO DE ESCENARIO - ASIGNACIÓN POR DESEMPEÑO VOLUNTARIO - PAGO DE PREMIOS - APROBACIÓN DE GASTOS - PAREJAS GANADORAS - COLABORADORES VOLUNTARIOS

Publicación:

25/08/2004

Sanción:

12/08/2004

Organismo:

SECRETARIA DE CULTURA


Visto el Expediente N° 36.036/2004, la Ley N° 130 (B.O. N° 616), el Decreto N° 834/2002 (B.O. N° 1498), y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 130 (B.O. N° 616) se reconoce al Tango como parte integrante del patrimonio cultural de la Ciudad, garantizando su preservación, recuperación y difusión, promoviendo, fomentando y facilitando el desarrollo de las actividades artísticas y culturales, entre otras relacionadas con el tango;

Que el artículo 17 de la misma Ley faculta a la autoridad de aplicación, a firmar convenios con Fundaciones y/o empresas públicas y/o privadas, a los efectos de cooperar en la inversión económica que la implementación de las actividades vinculadas al Tango requiera;

Que el Decreto N° 834/2002 (B.O. N° 1498), asignó al Programa Festivales de la Ciudad (PROFECI) la organización y ejecución de aquellos festivales y eventos que componen la agenda cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre ellos los que promueven el Tango, enmarcados en la Ley antes citada, a la vez que autoriza la suscripción de los convenios de colaboración que permitan encuadrar la cooperación brindada por terceros;

Que se ha previsto la realización del II Campeonato Mundial de Baile de Tango, entre los días 14 y 22 de agosto de 2004;

Que con anterioridad a la citada fecha se propone la realización de diversos campeonatos locales en distintas ciudades, en lo nacional e internacional, que tienen como objeto instalar el Campeonato Mundial, a la vez de posicionar a Buenos Aires como sede principal de dicha actividad;

Que el esquema propuesto se condice con el esquema establecido y vigente, que rige la selección de los representantes por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Campeonato Metropolitano de Baile de Tango;

Que con el fin de regular esta nueva modalidad, se somete a aprobación el Reglamento mediante el cual se realizará la inscripción, selección, y definición de los campeones mundiales de Baile de Tango, en las dos categorías que integran la actual edición, Tango Salón y Tango de Escenario;

Que a su vez resulta pertinente establecer y fijar la asignación por desempeño voluntario establecida en el artículo 6° del Decreto N° 834/2002, fijando el tope máximo para cada colaborador voluntario, para las personas que en tal carácter participarán en la edición 2004 del evento cuya aprobación se propicia;

Que han tomado intervención las áreas pertinentes, dejando establecido que el gasto que involucra la realización del II Campeonato Mundial de Baile de Tango, encuentra su reflejo presupuestario en las partidas correspondientes del presupuesto 2004;

Por ello, y en uso de las facultades emergentes del artículo 17 de la Ley N° 130, (B.O. N° 616), y expresamente delegadas por el Decreto N° 834/GCBA/2002 (B.O. N° 1.498);

EL SECRETARIO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase la realización del II Campeonato Mundial de Baile de Tango entre los días 14 y hasta el 22 de agosto de 2004.

Artículo 2° - Apruébase el reglamento del II Campeonato Mundial de Baile de Tango, sus bases y condiciones para la edición 2004, según el texto que como Anexo I forma en un todo parte integrante de la presente medida.

Artículo 3° - Apruébase el gasto, previsto en la suma de pesos siete mil ($ 7.000), en concepto de premio para las parejas ganadoras del II Campeonato Mundial de Baile de Tango. El monto se corresponde con la suma de pesos tres mil quinientos ($ 3.500) para la pareja ganadora en la categoría Tango Salón, y la suma de pesos tres mil quinientos ($ 3.500) para la pareja ganadora en la categoría Tango de Escenario. El premio será cancelado con los fondos asignados con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión, que oportunamente reciba el Programa Festivales de la Ciudad, previa aprobación del dictamen del Jurado realizado en presencia de Escribano Público.

Artículo 4° - Apruébase el gasto máximo total a abonar, en concepto de asignación desempeño voluntario, en la suma de pesos veintidós mil ($ 22.000), y establécese en la suma de pesos quinientos ($ 500), el monto máximo a percibir por Colaborador Voluntario, como asignación en concepto desempeño voluntario, los que serán abonados, previa certificación de la colaboración, con los fondos que sean asignados al Programa Festivales de la Ciudad, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión.

Artículo 5° - Autorízase al Coordinador del Programa Festivales de la Ciudad a suscribir los convenios de colaboración que permitan la cooperación de Fundaciones y/o empresas públicas y/o privadas, para la realización nacional e internacional de certámenes similares, que tengan como objetivo la participación de los ganadores en el Campeonato Mundial de Baile de Tango, y que se regirán según el modelo que se aprueba en el presente artículo y se incorpora como Anexo II.

Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales, y para su conocimiento y demás efectos pase al Programa Festivales de la Ciudad. Cumplido, archívese. López

Nota: El Anexo que forma parte de la presente Resolución, no se publica y puede ser consultado en el Programa Festivales de la Ciudad, sito en Av. Corrientes 1530, 7° piso, oficina 6.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Artículo 3° - Modifica el artículo 10 del Reglamento del II Campeonato Mundial de Baile de Tango, aprobado por el artículo 2° de la Resolución N° 2.535/SC/2004