DECRETO 1509 2004

Síntesis:

ADQUISICIÓN DE PELÍCULAS RADIOGRÁFICAS CON DESTINO A HOSPITALES DE LA CIUDAD. APRUEBA LOS PLIEGOS Y AUTORIZA EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA - SECRETARÍA DE SALUD - DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA ABASTECIMIENTO HOSPITALARIO - DIRECCIÓN COORDINACIÓN REDES DE SALUD - ADQUISICIÓN DE PELÍCULAS RADIOGRÁFICAS - RED DE DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES - PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES

Publicación:

01/09/2004

Sanción:

23/08/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 48.493/2003, el Decreto-Ley N° 23.354/56 (Ley de Contabilidad), su Decreto Reglamentario N° 5.720/PEN/72 y sus modificatorios Decretos Nros. 383/PEN/73, 825/PEN/88, 826/PEN/88 y 827/PEN/88, de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539) y el Decreto N° 1.781/GCBA/00;

CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación tramita la adquisición de películas radiográficas, solicitadas por la Red de Diagnóstico por Imágenes de la Dirección Coordinación Redes de Salud con destino a los distintos hospitales dependientes de la Secretaría de Salud;

Que el presente llamado a tenor del Decreto N° 791/GCBA/2003 (B.O.C.B.A. N° 1718) no resulta de competencia de la Secretaría de Salud, siendo en consecuencia competente el señor Jefe de Gobierno;

Que la compra objeto del mencionado Expediente encuadra en lo establecido en los Decretos N° 5.720/PEN/72 y sus modificatorios (AD 350.5-350.9 y 350.12), de aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley N° 70 (B.O.C.B.A. N° 539), reglamentada por Decreto N° 1.000/GCBA/99 (B.O.C.B.A. N° 704);

Que la Secretaría de Salud a través de la Dirección General Adjunta Abastecimiento Hospitalario, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la citada Secretaría, realizará el correspondiente proceso licitario;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le corresponde en virtud de las facultades que le fueran acordadas por Ley N° 1.218 (B.O.C.B.A. N° 1850);

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y las Especificaciones Técnicas, que como Anexo forman parte integrante del presente, para la adquisición de películas radiográficas, con destino a distintos hospitales dependientes de la Secretaría de Salud, por la suma aproximada de pesos un millón quinientos noventa y siete mil cincuenta ($ 1.597.050).

Artículo 2° - Autorízase a la Secretaría de Salud a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública, al amparo de lo establecido en el Art. 55 del Decreto Ley N° 23.354/56 (Ley de Contabilidad) a través de la Dirección General Adjunta de Abastecimiento Hospitalario, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la citada Secretaría, sobre la documentación aprobada en el artículo 1°.

Artículo 3° - Facúltase al Sr. Secretario de Salud a emitir circulares aclaratorias sobre la documentación aprobada en el Art. 1° del presente Decreto, como así también modificaciones a las especificaciones técnicas contenidas en la misma.

Artículo 4° - Delégase en el Sr. Secretario de Salud y en la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas facultades para designar a la comisión de preadjudicaciones, emitir todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación y adjudicar el servicio que se propicia.

Artículo 5° - La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente partida presupuestaria del ejercicio en vigor.

Artículo 6° - Publíquese el llamado a licitación y los pliegos aprobados en el Art. 1° del presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 7° - El presente Decreto es refrendado por el señor Secretario de Salud, la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 8° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Secretarías de Salud y de Hacienda y Finanzas. IBARRA - Stern - Albamonte - Fernández


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
DESIGNA
Res. 688_SS-04 designa integrantes comisión de preadjudicaciones.
INTEGRADA POR
Res. 230-SS-SHYF-05 Aprueba y adjudica Licitación Pública N° 21-04 aprobada por Dec. 1509-04
INTEGRADA POR
Res. 236-SHYF/SS-05 aprueba y adjudica licitación pública 21-04 llamada por Dto. 1.509-04.
INTEGRADA POR
Disp. 933-DGAAH-04 llamado a licitación 221-04 aprobada por Dto. 1.509-04.