DISPOSICIÓN 15 2022 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO

Síntesis:

SE APRUEBA CONVOCATORIA - IDENTIDADES ABASTO 2022 - PROGRAMA ABASTO BARRIO CULTURAL - BASES Y CONDICIONES - PRESENTACIÓN A CONVOCATORIA - MANIFESTACIÓN DE TITULARIDAD DE DERECHOS - ACTA ACUERDO - SE CONVOCA - ESPACIOS CULTURALES - COMUNA 3 - COMUNA 5

Publicación:

17/05/2022

Sanción:

12/05/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley N° 6.292 (texto

consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20,

sus modificatorios, los Decretos N° 578-GCABA/16, N° 463-GCABA/19 y

modificatorios, N.° 429-GCABA/13, 147/GCABA/20 y sus modificatorios, las

Resoluciones N° 2940-GCABA-MCGC/2021 y N.° 2011-GCABA-MCGC/22, el E.E.

2022-13519195-GCABA-DGPSE, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32

establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras.

Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística (...); impulsa la

formación artística y artesanal (...); procura la calidad y jerarquía de las producciones

artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las

manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y

trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y

difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones";

Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), artículo 2°,

establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Cultura;

Que por el Decreto N° 463-GCABA/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, asignando a la Dirección General de Planificación y Seguimiento bajo la

órbita del Ministerio de Cultura, y estableciendo dentro de sus responsabilidades

primarias las de "coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados

del ámbito cultural", entre otras;

Que mediante la Resolución N° 2940/MCGC/2021 oportunamente se creó el Programa

"Abasto Barrio Cultural - Abasto Abierto", con el objetivo de fomentar la actividad

cultural e identidad del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en todas sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de

artistas, creadores y gestores en el marco de la pandemia por el virus COVID-19

(Coronavirus) hacia esquemas en transición gradual hacia la plena presencialidad en

observancia de los protocolos de emergencia sanitaria vigentes en el futuro;

Que por la Resolución N° 2011/MCGC/2022 se modificó la denominación del citado

programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año

2022;

Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y

Seguimiento será la autoridad de aplicación del Programa, estando facultada para

instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a la consecución

de los propósitos y objetivos del mentado programa y dentro de sus alcances

programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas

necesarias para su implementación;

Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/2020 y sus prórrogas, se

declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

con la finalidad de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el

riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),

contemplando el funcionamiento de las actividades autorizadas en el marco de los

protocolos aprobados para cada caso;

Que los espacios culturales son considerados parte del acervo cultural de la Ciudad,

ya que utilizan la creatividad y el capital intelectual como principales insumos, y

conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios como

elementos del motor económico de la Ciudad;

Que resulta necesario incentivar y fortalecer el pensamiento crítico de la ciudadanía

acerca de los enfoques patrimoniales, a través de la creación de espacios

participativos, realizando actividades que permitan tanto mejorar la gestión del

patrimonio barrial, como reflexionar sobre nuevas perspectivas que integren todos los

componentes y las memorias en la vida cultural de la comunidad;

Que en esta inteligencia, resulta oportuno y conveniente proceder a la aprobación e

implementación de la Convocatoria a "IDENTIDADES ABASTO 2022" en el marco del

Programa "Abasto Barrio Cultural" y en atención a las consideraciones

precedentemente señaladas;

Que a tales efectos, a través del Decreto N° 429/13, se creó la Plataforma de

Tramitación a Distancia TAD, como medio de interacción entre la ciudadanía y la

administración por medios informáticos;

Que, con el propósito de que Identidades Abasto 2022 resulte más accesible a las

personas destinatarias de dicha convocatoria; resulta oportuna y conveniente su

implementación a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia TAD;

Que de conformidad con lo establecido en la ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley

N° 6.347), la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado

la intervención que le compete;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprúebase la convocatoria IDENTIDADES ABASTO 2022, en el marco del

programa "Abasto Barrio Cultural", conforme el Anexo I "Bases y Condiciones", DI-

2022-18121253-GCABA-DGPSE-2022 que forma parte integrante de la presente

norma.

Artículo 2°.- Convócase a Espacios Culturales radicados en las Comunas 3 y 5,

enmarcados en el sector urbano denominado "Barrio Abasto", delimitado por las calles:

Av. Córdoba (al norte), Av. Pueyrredón (al este), Av. Díaz Vélez / Tte. Gral. Juan

Domingo Perón (al sur) y Gascón (al oeste) de esta Ciudad, a participar de la

convocatoria IDENTIDADES ABASTO 2022 , 23 de mayo de 2022, a la hora 10, y la

fecha de clausura de la convocatoria se fija para el día 6 de junio de 2022, a la hora

10.

Artículo 3°.- Apruébanse los Anexos "Presentación a Convocatoria - Identidades

Abasto 2022", "Manifestación de Titularidad de Derechos" y "Acta Acuerdo" que, como

Anexos II (identificado bajo N. °DI-2022-18122009-GCABA-DGPSE-2022), III

(identificado bajo N.° DI-2022-18122447-GCABA-DGPSE-2022) y IV (identificado bajo

N.°DI-2022-18122908-GCABA-DGPSE-2022), respectivamente, forman parte

integrante de la presente Disposición.

Artículo 4°.- El gasto será atendido con cargo en la partida específica vigente para el

presente ejercicio.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido,

Archívese. Slauscius


ANEXOS

ANEXO II - PRESENTACIÓN A CONVOCATORIA - IDENTIDADES ABASTO 2022

ANEXO III - MANIFESTACIÓN DE TITULARIDAD DE DERECHOS

ANEXO IV - ACTA ACUERDO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposicion N° 15-DGPSE/22 aprueba la convocatoria IDENTIDADES ABASTO 2022, en el marco del programa Abasto Barrio Cultura, creado por Resolución N° 2940-MCGC/21.</p>