DECRETO 5 2000

Síntesis:

CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INTERNACIONALES Y CEREMONIAL Y SU CORRESPONDIENTE DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA- ÁREA JEFATURA DE GOBIERNO- Y TRANSFIERE DIRECCIONES

Publicación:

28/01/2000

Sanción:

03/01/2000

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los Decretos Nros 121GCBAl96 (B.O.C.B.A. N° 1), y sus modificatorios, y 1.397/GCBAl/99, (B.O.C.B.A. N° 743), y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 12/GCBA/96 se aprobó el esquema orgánico de los primeros niveles del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 530/GCBA/96 se creó la Dirección General de Relaciones Internacionales cuya responsabilidad primaria es la de establecer relación a fin de gestionar y ejecutar convenios de cooperación con organismos internacionales y ciudades del mundo, habiéndose creado, por Decreto N° 1.300/GCBA/98 su instancia orgánica adjunta.

Que en el Decreto citado en el primer párrafo se incluyó a la Dirección de Ceremonial y Enlace como dependiente de la Subsecretaría General y a las Direcciones Ejecutivas y de Planeamiento y Producción como dependientes de la Secretaría de Gobierno.

Que por Decreto N° 1.397/GCBA/99 las Direcciones Ejecutivas y de Planeamiento y Producción fueron transferidas de la Secretaría de Gobierno a la Subsecretaría General en virtud de que éstas desarrollan tareas íntimamente relacionadas con las que realiza la Dirección de Ceremonial y Enlace;

Que la Dirección de Ceremonial y Enlace tiene como responsabilidad primaria la de asistir al Sr. Jefe de Gobierno en la preparación de audiencias o actos públicos y protocolares relacionados con la gestión de gobierno.

Que, la Dirección Ejecutiva tiene como función la de controlar la ejecución de obras y servicios destinados a la concreción de los actos y festejos oficiales y privados y, por su lado la responsabilidad primaria de la proyectar y tiene como función la de controlar la ejecución de obras y servicios destinados a la concreción de los actos y festejos oficiales y privados y, por su lado, la responsabilidad primaria de la Dirección de Planeamiento y Producción es proyectar y coordinar el apoyo logístico a los actos que el Jefe de Gobierno organice o disponga a requerimiento de terceros y entender en la proyectiva ornamental y realización de los elementos plásticos y de pintura y escultura necesarios;

Que, atento la relación directa que tienen las funciones descriptas con el Jefe de Gobierno, corresponde unificar estas competencias en un único órgano, adecuando las estructuras del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de que dichas áreas sean transferidas a la dependencia directa de la Jefatura de Gobierno;

Que consecuentemente, corresponde la creación de la Dirección General de Relaciones Internacionales y Ceremonial, dependiente de la Jefatura de Gobierno, dotándola de una instancia orgánica adjunta;

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 inciso 9 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° Créase la Dirección General de Relaciones Internacionales y Ceremonial, y su correspondiente Dirección General Adjunta, las que dependerán directamente de la Jefatura de Gobierno.

Art. 2° Transfiérense las Direcciones de Ceremonial y Enlace, Ejecutiva y de Planeamiento y Producción de la Subsecretaría General, con todo su personal, presupuesto, patrimonio, misiones y funciones, a la Dirección General de Relaciones Internacionales y Ceremonial, creada por el artículo precedente.

Art. 3° Déjase establecido que la Dirección Ejecutiva pasará a denominarse Dirección de Festejos, y que la Dirección de Planeamiento y Producción pasará a denominarse Dirección de ornamentación.

Art. 4° Apruébase la estructura organizativa y responsabilidades primarias de la Dirección General de Relaciones Internacionales y Ceremonial dependiente de la Jefatura de Gobierno, hasta nivel de Dirección, de acuerdo a los Anexos I y II, que forman parte del presente Decreto.

Art. 5° Suprímese la Dirección General de Relaciones Internacionales con su correspondiente Dirección General Adjunta, creadas por Decretos Nros 530/GCBA/96 y 1.300/GCBA/98, respectivamente, transfiriéndose todo su personal, patrimonio, presupuesto, misiones y funciones a la Dirección General creada por el artículo 1°.

Art. 6° Modifícase, a partir de la fecha, el esquema orgánico aprobado por el Decreto N° 12-GCBA-96, de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto.

Art. 7° La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.

Art. 8° El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 9° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Reforma del Estado y pase a las Direcciones Generales de Recursos Humanos y a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.


ANEXOS

Anexo I

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

DIRECCION GENERAL DE RELACIONES INTERNACIONALES Y CEREMONIAL

Se informa a los interesados que podrán consultar sobre la documentación publicada en el Departamento de Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, sito en avenida Rivadavia 525 P.B..

Anexo II

DIRECCION GENERAL DE RELACIONES INTERNACIONALES Y CEREMONIAL

DESCRIPCION DE RESPONSABILIDADES PRIMARIAS:

- Establecer relaciones con las distintas ciudades del mundo y con Organismos Internacionales, gestionando e implementando Convenios de Cooperación Internacional.

- Diseñar y coordinar eventos de carácter internacional.

- Asesorar a todas las áreas del poder ejecutivo en lo referente a la política internacional que el gobierno debe implementar.

- Desarrollar la agenda de viajes al exterior del Jefe de Gobierno.

- Asistir al Jefe de Gobierno en las Audiencias o Actos Públicos y Protocolares relacionados con la gestión de gobierno.

- Coordinar con los distintos organismos de ceremonial (Nacionales e Internacionales) en la realización de actos o invitaciones que deban organizarse en forma conjunta.

- Controlar la ejecución de obras y servicios destinados a la concreción de los actos y festejos oficiales y privados.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR