DECRETO 195 2022

Síntesis:

SE RATIFICA - RESOLUCIÓN N° 2512-MEGC-12 - SE FACULTA A LA MINISTRA DE EDUCACIÓN -  DESIGNAR - CESAR O AUTORIZAR LAS LIQUIDACIONES - CARGOS CREADOS POR RESOLUCIONES N° 2512-MEGC-12 Y N° 893-MEDGC-22 - DELEGACIÓN DE FACULTADES - DESIGNACIÓN - CESE

Publicación:

07/06/2022

Sanción:

03/06/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ordenanza N° 40.593 y la Ley N° 6.292 (textos consolidados por Ley N°

6.347), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la Resolución N° 2.512-MEGC/2012,

el Expediente Electrónico N° 18.987.009-GCABA-DGGALV/22, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ordenanza N° 40.593 se aprobó el Estatuto del Docente Municipal de la

entonces Ciudad de Buenos Aires que, en su Título I, Capítulo IV, artículo 8, Apartado

VII, Punto c), contempla a los Institutos de Formación Técnica Superior;

Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa;

Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la ley de Ministerios de la Ciudad de Buenos

Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de

Educación;

Que la mencionada Ley establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus

objetivos el de "diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social administrar y fiscalizar el sistema de educación,

asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y

modalidades";

Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

a la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida;

Que el mencionado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la

mencionada Subsecretaría, la de "diseñar, promover, implementar y evaluar políticas y

programas de aprendizaje a lo largo de la vida, que incluye las ofertas de educación

vocacional, formación profesional, educación técnico superior y educación no formal

destinada a jóvenes y adultos";

Que la entonces Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del

Ministerio de Educación y la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y

Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) suscribieron con fecha 29 de

noviembre de 2011, un Acta, en la que acordaron sentar las bases para la creación del

Instituto de Formación Técnica Superior, el que funcionaría a partir del Ciclo Lectivo

2012 en las instalaciones provistas por UTHGRA en la calle Salta 1277 de esta Ciudad

y se identificaría como Instituto de Formación Técnica Superior N° 23;

Que, asimismo, se convino que en dicho centro de estudios se dictarían las

Tecnicaturas Superiores en "Administración Hotelera", "Administración Turística" y

"Gastronomía";

Que mediante Resolución N° 2.512-MEGC/2012 se creó "ad referéndum" de la

oportuna aprobación por parte del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, el Instituto de Formación Técnica Superior N° 23, dependiente de la

entonces Dirección de Formación Técnica Superior, encontrándose dicho Instituto

actualmente bajo la órbita de la Dirección General Gestión del Aprendizaje a lo Largo

de la Vida de la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida;

Que la Dirección Educación Técnica Superior ha informado que dicho Instituto se

encuentra actualmente en funcionamiento, en un edificio provisto por la Unión de

Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómico (UTHGRA), sito en la calle Salta

N° 1065 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el cual son dictadas en dos

turnos las tecnicaturas Superiores de "Administración Hotelera", "Administración en

Turismo Sustentable y Hospitalidad" y "Gastronomía";

Que, por lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Ratifícase la Resolución N° 2.512-MEGC/12.

Artículo 2°.- Facúltase a la señora Ministra de Educación para designar, cesar o

autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos creados por las Resoluciones

Nros. 2.512-MEGC/12 y 893-GCABA-MEDGC/22.

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación,

por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y

pase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Acuña - Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
<p>Artículo 1°.Decreto N° 195-22 ratifica la Resolución N° 2512-MEGC-12.</p>