DECRETO 195 2022
Síntesis:
SE RATIFICA - RESOLUCIÓN N° 2512-MEGC-12 - SE FACULTA A LA MINISTRA DE EDUCACIÓN - DESIGNAR - CESAR O AUTORIZAR LAS LIQUIDACIONES - CARGOS CREADOS POR RESOLUCIONES N° 2512-MEGC-12 Y N° 893-MEDGC-22 - DELEGACIÓN DE FACULTADES - DESIGNACIÓN - CESE
Publicación:
07/06/2022
Sanción:
03/06/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 y la Ley N° 6.292 (textos consolidados por Ley N°
6.347), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, la Resolución N° 2.512-MEGC/2012,
el Expediente Electrónico N° 18.987.009-GCABA-DGGALV/22, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ordenanza N° 40.593 se aprobó el Estatuto del Docente Municipal de la
entonces Ciudad de Buenos Aires que, en su Título I, Capítulo IV, artículo 8, Apartado
VII, Punto c), contempla a los Institutos de Formación Técnica Superior;
Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa;
Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la ley de Ministerios de la Ciudad de Buenos
Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de
Educación;
Que la mencionada Ley establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus
objetivos el de "diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social administrar y fiscalizar el sistema de educación,
asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y
modalidades";
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando
a la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida;
Que el mencionado decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la
mencionada Subsecretaría, la de "diseñar, promover, implementar y evaluar políticas y
programas de aprendizaje a lo largo de la vida, que incluye las ofertas de educación
vocacional, formación profesional, educación técnico superior y educación no formal
destinada a jóvenes y adultos";
Que la entonces Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica del
Ministerio de Educación y la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y
Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) suscribieron con fecha 29 de
noviembre de 2011, un Acta, en la que acordaron sentar las bases para la creación del
Instituto de Formación Técnica Superior, el que funcionaría a partir del Ciclo Lectivo
2012 en las instalaciones provistas por UTHGRA en la calle Salta 1277 de esta Ciudad
y se identificaría como Instituto de Formación Técnica Superior N° 23;
Que, asimismo, se convino que en dicho centro de estudios se dictarían las
Tecnicaturas Superiores en "Administración Hotelera", "Administración Turística" y
"Gastronomía";
Que mediante Resolución N° 2.512-MEGC/2012 se creó "ad referéndum" de la
oportuna aprobación por parte del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, el Instituto de Formación Técnica Superior N° 23, dependiente de la
entonces Dirección de Formación Técnica Superior, encontrándose dicho Instituto
actualmente bajo la órbita de la Dirección General Gestión del Aprendizaje a lo Largo
de la Vida de la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida;
Que la Dirección Educación Técnica Superior ha informado que dicho Instituto se
encuentra actualmente en funcionamiento, en un edificio provisto por la Unión de
Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómico (UTHGRA), sito en la calle Salta
N° 1065 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el cual son dictadas en dos
turnos las tecnicaturas Superiores de "Administración Hotelera", "Administración en
Turismo Sustentable y Hospitalidad" y "Gastronomía";
Que, por lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Ratifícase la Resolución N° 2.512-MEGC/12.
Artículo 2°.- Facúltase a la señora Ministra de Educación para designar, cesar o
autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos creados por las Resoluciones
Nros. 2.512-MEGC/12 y 893-GCABA-MEDGC/22.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación,
por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas y
pase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
Acuña - Mura - Miguel