RESOLUCIÓN 1904 2022 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE LLAMA A CONCURSO UNIFICADO DE RESIDENCIAS BáSICAS Y ARTICULADAS DEL EQUIPO DE SALUD EN HOSPITALES E INSTITUCIONES NACIONALES, HOSPITAL EL CRUCE - DR. NéSTOR CARLOS KIRCHNER - ALTA COMPLEJIDAD EN RED - SAMIC; HOSPITAL DE PEDIATRíA SAMIC PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN, RESIDENCIAS BáSICAS Y ARTICULADAS EN HOSPITALES E INSTITUTOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y MUNICIPIOS ADHERIDOS AL SISTEMA PROVINCIAL, Y RESIDENCIAS BáSICAS, ARTICULADAS Y CONCURRENCIAS EN HOSPITALES E INSTITUTOS DE LA CIUDAD AUTóNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
08/06/2022
Sanción:
03/06/2022
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
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VISTO: Las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146 (textos consolidados por Ley
N° 6.347), el Decreto N° 96/12, las Resoluciones Nros. 2036/MSGC/14 y
1923/MSGC/20, el Convenio registrado bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, el
Expediente N° 2022-19545937-GCABA-DGDIYDP, y
CONSIDERANDO:
Que las Residencias del Equipo de Salud, de Apoyo al Equipo de Salud y de
Enfermería, aprobadas por las Ordenanzas Nros. 40.997, 41.793 y 45.146,
respectivamente, constituyen sistemas remunerados de capacitación a tiempo
completo, con actividad supervisada y programada;
Que el Sistema de Concurrencias, reglamentado por la Resolución N° 2036/MSGC/14,
constituye un sistema honorario de capacitación profesional de posgrado a tiempo
parcial, al que se ingresa por el mismo concurso que las residencias y siguiendo las
mismas condiciones de evaluación;
Que en las normas previamente señaladas se encuentra establecida la obligatoriedad
del ingreso a los Sistemas de Residencias y Concurrencias a través de concurso
llamado por el Departamento Ejecutivo;
Que por Decreto N° 96/12 se encomendó al Ministerio de Salud la convocatoria al
concurso anual de residentes;
Que con fecha 6 de noviembre de 2018 se suscribió un convenio con la Secretaría de
Gobierno de Salud de la Nación, registrado bajo N° 32868428-DGEGRAL-2018, por el
cual se establecieron las condiciones de cooperación para la implementación conjunta
del Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas;
Que el mismo favorece el acceso democrático y equitativo a la oferta de residencias
médicas, a la vez que brinda mayor transparencia y previsibilidad y aporta información
sobre las preferencias y formaciones de los postulantes;
Que, asimismo, se ha coordinado con el Ministerio de Salud de la Nación y con el
Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires la implementación de un concurso
unificado, acordándose el reglamento y cronograma común, así como la utilización del
Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas (EU), la realización de exámenes
específicos unificados para residencias básicas y residencias post-básicas del equipo
de Salud y la creación de un Comité Técnico con integrantes de las respectivas
jurisdicciones;
Que resulta necesario facultar a la Dirección General de Docencia, Investigación y
Desarrollo Profesional a distribuir los cupos de concurrentes, según capacidad
formativa de las sedes;
Que, en virtud de la Resolución N° 1923/MSGC/20, el Ciclo Lectivo 2022 tendrá
comienzo el 1° de octubre y finalizará el 30 de septiembre del año siguiente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 96/12,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
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Artículo 1°.- Llámase al "Concurso Unificado de Residencias Básicas y Articuladas del
Equipo de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales, Hospital El Cruce -"Dr.
Néstor Carlos Kirchner"- Alta Complejidad en Red SAMIC; Hospital de Pediatría
SAMIC "Prof. Dr. Juan P. Garrahan", Residencias Básicas y Articuladas en Hospitales
e Institutos de la Provincia de Buenos Aires y Municipios adheridos al Sistema
Provincial, y Residencias Básicas, Articuladas y Concurrencias en Hospitales e
Institutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", correspondiente al Ciclo Lectivo
2022, el que se llevará a cabo conforme se estipula en los Anexos I y III aprobados por
este acto.
Artículo 2°.- Llámase al "Concurso Unificado de Residencias Post-Básicas del Equipo
de Salud en Hospitales e Instituciones Nacionales, Hospital El Cruce -"Dr. Néstor
Carlos Kirchner"- Alta Complejidad en Red - SAMIC y el Hospital de Pediatría SAMIC
"Prof. Dr. Juan P. Garrahan", Hospitales e Instituciones de la Provincia de Buenos
Aires, Municipios adheridos al Sistema Provincial y Hospitales e Instituciones de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires", correspondiente al Ciclo Lectivo 2022, el que se
llevará a cabo conforme se estipula en los Anexos II y III aprobados por este acto.
Artículo 3°. Establécese el Examen Único de Ingreso a las Residencias Médicas como
instrumento de evaluación unificado para las ofertas de residencias y concurrencias
médicas, bioquímicas y de enfermería y la realización de exámenes específicos
unificados para residencias básicas y residencias post-básicas del Equipo de Salud.
Artículo 4°.- Apruébase el Reglamento del Concurso Unificado 2022 para las
Residencias Básicas y Articuladas y Concurrencias como Anexo I (IF-2022-19754444-
GCABA-DGDIYDP), el Reglamento del Concurso Unificado 2022 para las Residencias
Post-Básicas como Anexo II (IF-2022-19754518-GCABA-DGDIYDP) y el Cronograma
del Concurso Unificado 2022 para las Residencias Básicas, Articuladas, Post-básicas
y Concurrencias como Anexo III (IF-2022-19754535-GCABA-DGDIYDP), los cuales
forman parte integrante del presente acto.
Artículo 5°.- Créase el Comité Técnico del Concurso, que será presidido en forma
conjunta por la Subsecretaría de Gestión de la Información, Educación Permanente y
Fiscalización del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, por la Secretaría
de Regulación y Gestión Sanitaria e Institutos del Ministerio de Salud de la Nación, y
por la Subsecretaría de Planificación Sanitaria y Gestión en Red del Ministerio de
Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y coordinado técnicamente en igual
forma, por la Dirección de Formación y Educación Permanente, por la Dirección
Nacional de Capital Humano y Salud Ocupacional y por la Dirección General de
Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional, dependientes, respectivamente, de
las mencionadas jurisdicciones.
Artículo 6°.- El Comité creado por el artículo anterior estará integrado por
representantes de las dependencias competentes en docencia e investigación de las
instituciones comprendidas en este concurso y del Ministerio de Salud de la Provincia
de Buenos Aires, los que actuarán "adhonorem" y serán designados de acuerdo a las
respectivas reglamentaciones de las instituciones mencionadas.
Artículo 7°.- El Comité Técnico del Concurso tendrá como principales funciones:
resolver y dictaminar sobre todas aquellas diferencias que surjan de interpretaciones
del reglamento y de la conversión de los promedios; redefinir la modalidad de
inscripción y de adjudicación de las especialidades post-básicas; confeccionar y
modificar el Cronograma en cualquier etapa del concurso; establecer o designar el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
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lugar, día y horarios para la adjudicación y re adjudicaciones; definir empates y
cuestiones referidas a la valoración de antecedentes que no puedan ser resueltos por
los mecanismos establecidos en el presente reglamento; y resolver la adhesión de
nuevas instituciones al Concurso Unificado siempre y cuando sea previo a la
publicación de los cupos.
Artículo 8°.- Establécese que el Concurso Unificado 2022 proveerá de hasta 952
(novecientos cincuenta y dos) cargos de residentes para los Sistemas de Residencias
del Equipo de Salud, Apoyo al Equipo de Salud y Enfermería.
Artículo 9°.- Déjase establecido que la distribución de los cargos de residentes será
fijada en resolución posterior, a propuesta de la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional.
Artículo 10°.- Facúltase a la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo
Profesional a definir el número y distribución de los cargos de concurrentes, según
capacidad formativa de las sedes.
Artículo 11°.- El Ciclo Lectivo 2022 tendrá comienzo el 1° de octubre y finalizará el 30
de septiembre del año siguiente, conforme lo establecido en la Resolución N°
1923/MSGC/20.
Artículo 12°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,
dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, tomará los recaudos necesarios
para la atención del gasto ocasionado por el cumplimiento del presente.
Artículo 13°.- Publíquese durante dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y en la página web de la Dirección General de Docencia,
Investigación y Desarrollo Profesional y pase, para su conocimiento y demás efectos,
a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Cumplido, archívese. González Bernaldo de Quirós