RESOLUCIÓN 2 2022 SUBSECRETARIA PROMOCION Y DESARROLLO UNIVERSITARIO

Síntesis:

SE PRORROGAN PLAZOS - BASES Y CONDICIONES - CONVOCATORIA BECAS INTERCAMBIO FEDERAL 2° EDICIÓN 2022 -  SUBSECRETARIA DE PROMOCIÓNY DESARROLLO UNIVERSITARIO

Publicación:

13/06/2022

Sanción:

10/06/2022

Organismo:

SUBSECRETARIA PROMOCION Y DESARROLLO UNIVERSITARIO


VISTO: El Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, N° 158/22, las Resoluciones Nros.

84/SGYRI/22, 97/22 y 1/SSPDU/22, el Expediente Electrónico N° 19114935-GCABA-

SSPDU-2022.

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el visto, tramitó la aprobación de las

Bases y Condiciones de la convocatoria "Becas Intercambio Federal" 2° Edición 2022

en el marco del Programa "Estudio en Buenos Aires/Study Buenos Aires";

Que por Decreto N° 158/22, modificatorio del Decreto N° 463/19, se creó la

Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Universitario estableciendo entre sus

responsabilidades primarias las de "intervenir en las relaciones de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires con universidades e instituciones de educación superior privadas y

públicas en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en coordinación con

las áreas competentes", "promover la vinculación e intercambio entre universidades e

instituciones de educación superior privadas y públicas de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y con las del resto del país, en coordinación con las áreas competentes",

"diseñar e implementar la estrategia de posicionamiento de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires como ciudad de atracción del talento, y el plan de acción para fomentar

la llegada de estudiantes terciarios y universitarios nacionales", "generar

oportunidades para conectar a las universidades e instituciones de educación superior

privada y pública de la Ciudad de Buenos Aires con el sector privado a fin de promover

la inserción laboral de estudiantes y graduados, en coordinación con las áreas

competentes" y "diseñar e implementar una estrategia de para la contención de los

estudiantes terciarios y universitarios de grado y posgrado nacionales que llegan a la

Ciudad";

Que por la Resolución N° 84/SGYRI/22, y su modificatoria N° 97/SGYRI/22, se

aprobaron los lineamientos generales del Programa "Estudio en Buenos Aires",

quedando bajo la órbita de la Dirección General Desarrollo Universitario y de la

Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Universitario, y definiéndose entre sus

objetivos los de contribuir a posicionar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como

destino destacado a nivel nacional para los estudiantes del nivel superior, a fin de

realizar sus estudios, fomentar la llegada de estudiantes de otras provincias del resto

del país, de nivel terciario y universitario, diseñar e implementar estrategias de

posicionamiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como Ciudad atractiva para

el talento estudiantil, a nivel nacional, mejorar las experiencias de arribo y estadía en

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de estudiantes de otras provincias del país que

se encuentren realizando su formación académica por medio de diferentes acciones

vinculadas a la promoción y conocimiento de la Ciudad, difundir las buenas

experiencias de los estudiantes del nivel superior en la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires en otras provincias a los fines de compartir buenas prácticas, promover

oportunidades, a nivel nacional, de formación e intercambio cultural de manera

presencial y/o virtual de los estudiantes de la educación superior, generar información

estadística sobre el sistema de educación superior en la Ciudad de Buenos Aires, que

permita la elaboración de políticas públicas y toma de decisiones basadas en

evidencia, generar acciones de intercambio de buenas prácticas con diferentes

destinos a los fines de generar propuestas conjuntas y de promoción de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires para la atracción de estudiantes de otras provincias,

promover la vinculación con instituciones de educación superior nacionales;

Que, asimismo, se delegó en esta Subsecretaría de Promoción y Desarrollo

Universitaria la facultad de dictar los actos administrativos complementarios que sean

requeridos para la implementación del Programa "Estudio en Buenos Aires";

Que, en este contexto, mediante Resolución N° 1/SSPDU/22 se aprobaron las Bases y

Condiciones de la convocatoria "Becas Intercambio Federal" 2°, Edición 2022 y, a su

vez, se invitó a las universidades públicas y privadas de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a participar de ella;

Que, en las Bases y Condiciones del Desafío de referencia se estableció que sus

participantes cuentan con plazo para inscribirse hasta el día 13 de junio de 2022;

Que, atento a lo manifestado por Director General Desarrollo Universitario, mediante

Nota N° 21101901-GCABA-DGDEU/22, resulta necesario prorrogar el plazo de la

convocatoria prevista, a los efectos de garantizar el acceso a una mayor cantidad de

postulantes, y asimismo permitir que las Universidades cuenten con mayor plazo para

atender a todas las consultas de los postulantes;

Que, en tal sentido, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA SUBSECRETARIA DE PROMOCIÓN

Y DESARROLLO UNIVERSITARIO

RESUELVE:

Artículo 1°. - Prorróganse los plazos estipulados en las Bases y Condiciones de la

convocatoria "Becas Intercambio Federal" 2°, Edición 2022 aprobadas mediante

Resolución N° 1/SSPDU/22, de conformidad con el cronograma identificado como IF-

2022-21347095-GCABA-SSPDU.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Berias


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° Resolucion N° 2-SSPDU-22 prorroga  los plazos estipulados en las Bases y Condiciones de la<br />convocatoria Becas Intercambio Federal 2°, Edición 2022 aprobadas por Resolución N° 1-SSPDU-22,<br /> </p>