DECRETO 221 2022

Síntesis:

SE DESIGNAN - INTEGRANTES DEL DIRECTORIO Y SÍNDICOS DE LOTERÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES SE - LOTBA SE - PRESIDENTE - MARTÍN GARCÍA SANTILLÁN - DIRECTORES TITULARES - MARÍA DOLORES PUJOL - MARÍA AGUSTINA PANDO - JUAN PABLO FASANELLA - FEDERICO ROMANO - SÍNDICO TITULAR - SANTIAGO ALBERDI - SÍNDICO SUPLENTE - GUADALUPE NAVARRO - DIRECTORES SUPLENTES - PILAR PASSAGLIA - ARTURO MARÍA RICARDO CASTILLO - LAURA DÍAZ ALBERDI - MIGUEL SCHMUKLER - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

06/07/2022

Sanción:

04/07/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 538, 5.785 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347),

los Decretos Nros. 463/19 y modificatorios, 88/17, 202/20 y 437/20, y el Expediente

Electrónico N° 20.814.807-GCABA- DGTALMHF/22, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.785 se creó la Sociedad del Estado "Lotería de la Ciudad de

Buenos Aires S.E." (LOTBA S.E.) en el ámbito del entonces Ministerio de Hacienda,

con el objeto de autorizar, organizar, explotar, recaudar, administrar y controlar los

juegos de azar, destreza y apuestas mutuas, y actividades conexas en el ámbito de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo a tal fin designada Autoridad de Aplicación

de la Ley N° 538 de Juegos de Apuestas;

Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a LOTBA S.E. como Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del citado

Ministerio;

Que por el artículo 5° de la citada Ley N° 5.785, se dispuso que la dirección y

administración de dicha sociedad estará a cargo de un Directorio integrado por cinco

(5) miembros: Un (1) Presidente y cuatro (4) Directores titulares y además contará con

cuatro (4) Directores suplentes "ad-honorem", correspondiendo al Poder Ejecutivo la

designación de todos los miembros;

Que asimismo, por el mencionado artículo 5° se establece que la Sindicatura de la

sociedad será unipersonal y estará a cargo de un (1) Síndico Titular, además contará

con un (1) Síndico Suplente "ad honorem", siendo estos designados por el Poder

Ejecutivo;

Que por Decreto N° 88/17 se aprobó el Estatuto de LOTBA S.E., estableciendo en su

artículo 10 que el término del mandato de los miembros del Directorio como del

Síndico titular y suplente será de dos (2) ejercicios regulares, siendo reelegibles solo

por dos (2) períodos consecutivos;

Que mediante Decreto N° 202/20 se designó oportunamente a los integrantes del

Directorio y Síndicos de LOTBA S.E., a partir del 1° de enero de 2020;

Que posteriormente, por Decreto N° 437/20, se aceptó la renuncia presentada por el

señor Guillermo Mario González, DNI N° 11.735.681, CUIL N° 20-11735681-8, a su

cargo de Director titular y se designó en su reemplazo al señor Juan Pablo Fasanella,

DNI N° 31.532.608, CUIL N° 20-31532608-8;

Que, habiendo finalizado el mandato de los miembros del Directorio y síndicos, resulta

procedente conformar el nuevo Directorio y la Sindicatura de Lotería de la Ciudad de

Buenos Aires S.E. a partir del 1° de enero de 2022;

Que, en consecuencia, el señor Ministro de Hacienda y Finanzas propicia las

designaciones a partir del 1° de enero de 2022, de las personas que se detallan en el

Anexo I (IF-2022-23881595-GCABA-MHFGC), en los cargos, orden y modo que allí se

detallan;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 104 de la Constitución

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 5° de la mencionada Ley N°

5.785,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desígnanse, a partir del 1° de enero de 2022, como integrantes del

Directorio y Síndicos de Lotería de la Ciudad de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.), a

las personas que se indican en el Anexo I (IF-2022-23881595-GCABA-MHFGC), el

que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, para cubrir los

cargos que allí se detallan, en el orden y modo que se consigna.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a los interesados dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido

en el artículo 14 de la Ley N° 6.357, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos, a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,

ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Lotería de la Ciudad

de Buenos Aires S.E. (LOTBA S.E.), y para su conocimiento y demás efectos,

remítase al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6412

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

CESADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 403/23 acepta la renuncia presentada por Martín García Santillán designado por Decreto N° 221/22.</p>
CESADA POR
<p>Artículo 1°  del Decreto N° 306/23 acepta la renuncia presentada por Pilar Passaglia, designada por Decreto N° 221/22.</p>
CESADA POR
<p>Artículo 1° del Decreto N° 185-23 acepta a partir del 31 de mayo de 2023, la renuncia de Juan Pablo Fasanella designado por Decreto N° 221-22.</p>