DECRETO 224 2022
Síntesis:
SE DELEGA FACULTADES - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - APROBACION DE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - CONTRATACIÓN - SERVICIO DE ADMISIÓN CLASIFICACIÓN REGISTRO ENSOBRADO TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE PIEZAS POSTALES Y NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS DE ACTAS DE INFRACCIONES Y DEMÁS ACTOS PROCESALES NECESARIOS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DESCRIPTO POR LA LEY N° 1217 - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES - SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
07/07/2022
Sanción:
05/07/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.
1.217 y 2.095 (textos consolidados según Ley N° 6.347), el Decreto N° 74/21, la
Disposición N° 167-DGCYC/21, el Expediente Electrónico N° 22937648-GCABA-
DGTALMJYS/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de contratación del servicio
de admisión, clasificación, registro, ensobrado, transporte y distribución de piezas
postales y notificaciones/comunicaciones electrónicas de actas de Infracciones y
demás actos procesales necesarios dentro del procedimiento descripto por la Ley N°
1.217 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y sus modificatorias, con destino a la
Dirección General Administración de Infracciones, dependiente de la Subsecretaría de
Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras,
ventas y contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 74/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 y fijó los niveles
de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V,
VI y VII;
Que, asimismo, por Disposición N° 167-DGCYC/21 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y
contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j), de
la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que, a fin de concretar la contratación precitada, resulta oportuna la celebración de
una Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por los artículos 31, 32, 40 y
concordantes de la Ley N° 2.095;
Que, atento el carácter especializado de la contratación y con el objeto de lograr una
mayor celeridad, resulta conveniente delegar en el Ministerio de Justicia y Seguridad la
facultad de aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de
Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación de un "Servicio de
admisión, clasificación, registro, ensobrado, transporte y distribución de piezas
postales y notificaciones/comunicaciones electrónicas de actas de infracciones y
demás actos procesales necesarios dentro del procedimiento descripto por la Ley N°
1.217 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y sus modificatorias", con destino a la
Dirección General Administración de Infracciones, dependiente de la Subsecretaría de
Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, por un plazo de veinticuatro (24) meses, a efectuar el llamado a
Licitación Pública de Etapa Múltiple, emitir circulares con y sin consulta sobre la
documentación licitatoria, la prórroga del acto de apertura, como así también dictar
todos los actos administrativos que fueran necesarios para la tramitación y
adjudicación de la pertinente Licitación Pública y de aquellos que sean necesarios
para la ejecución y control de la contratación desde su materialización y hasta su
finalización, designar a los integrantes compondrán la Comisión de Evaluación de
Ofertas, la emisión de la/s pertinente/s orden/es de compra, la ampliación y/o
disminución del total adjudicado, del plazo, de su prórroga y continuidad, la aplicación
de penalidades, la rescisión del contrato suscripto y en general cualquier otra
circunstancia que haga al cumplimiento del mismo, todo ello en el marco de la
normativa aplicable;
Que el Presupuesto Oficial para la realización de la Licitación Pública asciende a la
suma total de pesos tres mil trescientos cuarenta y ocho millones ochocientos
veinticinco mil con 23/100($ 3.348.825.000,23);
Que la Dirección General Administración de Infracciones, la Subsecretaría de Justicia
y la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y
Seguridad han intervenido en el marco de sus competencias;
Que, atento a lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Delégase en el Ministerio de Justicia y Seguridad la facultad de aprobar
los Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y sus
Anexos, para la contratación de un "Servicio de admisión, clasificación, registro,
ensobrado, transporte y distribución de piezas postales y
notificaciones/comunicaciones electrónicas de actas de infracciones y demás actos
procesales necesarios dentro del procedimiento descripto por la Ley N° 1.217 (texto
consolidado según Ley N° 6.347) y sus modificatorias", con destino a la Dirección
General Administración de Infracciones, dependiente de la Subsecretaría de Justicia
del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, por un plazo de veinticuatro (24) meses, efectuar el llamado a Licitación Pública
de Etapa Múltiple, emitir circulares con y sin consulta sobre la documentación
licitatoria, la prórroga del acto de apertura, como así también dictar todos los actos
administrativos que fueran necesarios para la tramitación y adjudicación de la
pertinente Licitación Pública y de aquellos que sean necesarios para la ejecución y
control de la contratación desde su materialización y hasta su finalización, designar a
los integrantes que compondrán la Comisión de Evaluación de Ofertas, la emisión de
la/s pertinente/s orden/es de compra, la ampliación y/o disminución del total
adjudicado, del plazo, de su prórroga y continuidad, la aplicación de penalidades, la
rescisión del contrato suscripto y en general cualquier otra circunstancia que haga al
cumplimiento del mismo, todo ello en el marco de la normativa aplicable.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Justicia y
Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio
de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal
www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese a la Dirección General Administración
de Infracciones, a la Subsecretaría de Justicia y remítase a la Dirección General
Técnica, Administrativa y Legal, todas ellas del Ministerio de Justicia y Seguridad, para
la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
DôAlessandro - Miguel