RESOLUCIÓN 4074 2022 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
SE APRUEBA - SEGUNDA EDICIÓN - PROGRAMA - CREACIÓN VIVAMOS CULTURA - PUENTES CULTURALES - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN- CONFORMIDAD DE REPRESENTATIVIDAD
Publicación:
15/07/2022
Sanción:
01/07/2022
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Ley N° 6.292 (texto
consolidado por Ley N° 6.347); el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA/20,
sus prórrogas y modificatorios; los Decretos N° 578-GCABA/16, N° 463-GCABA/19 y
modificatorios; la Resolución N° 2104-MCGC/21; y el Expediente Electrónico N° EX-
2022-20678434-GCABA-DGPSE, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 32
establece que "la Ciudad distingue y promueve todas las actividades creadoras.
Garantiza la democracia cultural; asegura la libre expresión artística (...); impulsa la
formación artística y artesanal (...); procura la calidad y jerarquía de las producciones
artísticas e incentiva la actividad de los artistas nacionales; protege y difunde las
manifestaciones de la cultura popular; contempla la participación de los creadores y
trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de las políticas; protege y
difunde su identidad pluralista y multiétnica y sus tradiciones";
Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347), en su artículo
8°, determina que cada Ministro, como integrante del Gabinete, deberá, entre otras
funciones, intervenir en la determinación de los objetivos políticos del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como en la asignación de prioridades y en la
aprobación de planes, programas y proyectos, y promover y fortalecer la iniciativa
privada en función del bien común a través de la coordinación de las funciones y
acciones de sus organismos dependientes y las de éstos con las del ámbito privado;
Que, asimismo, conforme lo establece el artículo 22° de la mencionada norma,
corresponde al Ministro de Cultura, diseñar e implementar las políticas, planes y
programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural, orientar las
manifestaciones artístico-culturales promoviendo y realizando actividades de
formación especializada en estas áreas, promover las actividades culturales de interés
comunitario, fomentar y estimular la creación artística y el desarrollo científico a través
del reconocimiento económico y el estímulo al mérito, entre otras;
Que el Decreto N° 578/GCABA/16 determina que el Vicejefe de Gobierno, los
Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo aprueban los programas
de gestión en el marco de sus respectivas competencias, los cuales podrán prever la
entrega de subsidios, becas y premios, dentro de la previsión presupuestaria para el
ejercicio;
Que por el Decreto N° 463-GCABA/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, asignando a la Dirección General de Planificación y Seguimiento bajo la
órbita del Ministerio de Cultura, y estableciendo dentro de sus responsabilidades
primarias las de "coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y propios del
ámbito cultural", entre otras;
Que asimismo por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCABA/2020 y sus
respectivas prórrogas, se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de atender y adoptar las medidas
necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del coronavirus (COVID-19);
Que en ese contexto mediante la Resolución N° 2104-MCGC/21 se creó el Programa
"Creación Vivamos Cultura", con el objetivo de fomentar la actividad cultural de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todas sus disciplinas para continuar
sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores en el marco de la pandemia
por el virus COVID-19 (Coronavirus) y se convocó a artistas, productores y gestores
culturales, entre otros, a participar de la 1° Edición del Programa;
Que en el actual contexto de recuperación de los agentes que representan la actividad
cultural en todo el territorio argentino, y en virtud del éxito de convocatoria y
participación obtenido en la 1° Edición del referido Programa, resulta oportuno
continuar apoyando el fomento de una herramienta que permita divulgar la cultura y
promover intercambios culturales y creativos en formatos digitales para su alojamiento
en la plataforma digital administrada por el Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires promoviendo la intervención de esta Ciudad como
representante de la identidad cultural argentina, en el mundo;
Que en ese sentido la Dirección General de Planificación y Seguimiento, en virtud de
la impacto favorable obtenido en el sector cultural durante la 1er Edición del referido
Programa, impulsa la realización de la 2da Edición del Programa Creación Vivamos
Cultura denominado en esta oportunidad "Puentes Culturales 2022" con el objetivo de
fomentar la actividad cultural en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como
representante y exponente de la actividad cultural de la Argentina en el mundo en
todas las disciplinas, mediante el apoyo al trabajo de artistas, creadores y gestores
que contribuyen con su tarea al sostenimiento de la cultura;
Que en este contexto, este Ministerio considera conveniente la realización de la 2da
Edición del Programa Creación Vivamos Cultura para la presentación de proyectos de
artistas, creadores y gestores con el objeto de promover la actividad cultural en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme los lineamientos establecidos en la
presente;
Que de conformidad con lo establecido en la ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley
N° 6.347), la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado
la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la 2da Edición del Programa Creación Vivamos Cultura,
creado por la Resolución N° 2104-MCGC/21, denominada en esta edición "Puentes
culturales" con el objetivo de fomentar la actividad cultural en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en todas sus disciplinas mediante el apoyo al trabajo de artistas,
creadores y gestores que contribuyen con su tarea al sostenimiento de la cultura.
Artículo 2°.- Apruébanse los Anexos "Bases y Condiciones", "Formulario de
inscripción", y "Conformidad de Representatividad" que, como Anexos I (identificado
bajo N° IF-2022-23806289-GCABA-DGPSE), II (identificado bajo N° IF-2022-
23806371-GCABA-DGPSE), y III (identificado bajo N° IF-2022-23806510-GCABA-
DGPSE), forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- La Dirección General de Planificación y Seguimiento, será la autoridad de
aplicación de la 2da Edición del Programa Creación Vivamos Cultura, y estará
facultada para aprobar la apertura del llamado a convocatoria, y adoptar todas las
decisiones operativas necesarias para su implementación.
Artículo 4°.- El gasto será atendido con cargo en la partida específica vigente para el
presente ejercicio.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de
Planificación y Seguimiento de este Ministerio. Cumplido, archívese. Avogadro