DECRETO 232 2022

Síntesis:

SE APRUEBA - PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR N° 34 

Publicación:

18/07/2022

Sanción:

14/07/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Ley N° 6.292

(texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y sus modificatorios y

399/20, el Expediente Electrónico N° 23.421.531-GCABA-DGGALV/22, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ordenanza N° 40.593, se aprobó el Estatuto del Docente Municipal de la

entonces Ciudad de Buenos Aires, que en su Título I, Capítulo IV, artículo 8, Apartado

VII, Punto c), contempla a los Institutos de Formación Técnica Superior;

Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa;

Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la ley de Ministerios de la Ciudad de Buenos

Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de

Educación;

Que la mencionada Ley establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus

objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social, administrar y fiscalizar el Sistema de educación,

asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y

modalidades;

Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Educación fijando entre las responsabilidades primarias de

la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida, la de diseñar,

promover, implementar y evaluar políticas y programas de aprendizaje a lo largo de la

vida, que incluye las ofertas de educación vocacional, formación profesional,

educación técnico superior y educación no formal destinada a jóvenes y adultos;

Que el entonces Ministerio de Educación e Innovación del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y

Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA), han suscripto un Convenio de

Cooperación , registrado en la Escribanía General de la Ciudad bajo el N° RL-2019-

22236961-DGEGRAL para el desarrollo de acciones conjuntas de Formación Técnica

Superior;

Que en ese marco, mediante el Decreto N° 399/20, fue creado dentro de la órbita del

Ministerio de Educación, el Instituto de Formación Técnica Superior N° 34 con sede en

la calle Tucumán N° 651 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicho Instituto se encuentra actualmente funcionando, mantiene su sede en el

mismo domicilio y se dicta allí la Tecnicatura Superior en Turismo Sustentable y

Hospitalidad;

Que, con fecha 14 de junio de 2022, se suscribió una Adenda al mencionado

Convenio, registrada bajo el N ° RL-2022-22810834-DGEGRAL readecuando las

responsabilidades asumidas por cada una de las partes, en pos de continuar

garantizando una educación inclusiva, tendiente al desarrollo integral de las personas;

Que, en virtud de ello, resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta

Orgánico Funcional correspondiente;

Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional del Instituto de Formación

Técnica Superior N° 34, creado por el Decreto N° 399/20 conforme se detalla en el

Anexo (IF-2022-23547163-GCABA-DGGALV), el que a todos sus efectos forma parte

integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- Facúltese a la señora Ministra de Educación para designar, cesar o

autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos creados por el Artículo 1°.

Artículo 3°.- El gasto que demande la presente medida será imputado a la Partida

Presupuestaria correspondiente

Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación,

por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a los Ministerios de Hacienda y Finanzas

y de Educación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura -

Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6420

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1º del Decreto N° 232/22 aprueba la Planta Orgánica Funcional del Instituto de Formación Técnica Superior Nº 34, creado por el Decreto N° 399/20.</p>