RESOLUCIÓN 312 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE EXCEPTÚA - MARZO DE 2022 - TOPES ANUALES - UNIDADES RETRIBUTIVAS POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS - URSE - PERSONAL SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS AL CIUDADANO - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

26/07/2022

Sanción:

21/07/2022

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios N° 798/06 y N° 1.090/08, la

Resolución N° 289/GCABA/MJGGC/22 y el Expediente Electrónico N° 12883097-

GCABA-SECACGC/22, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados, tramita la solicitud de excepción al tope de prestación

de tareas adicionales en concepto de Unidades Retributivas por Servicios

Extraordinarios (URSE) para los agentes pertenecientes a la Subsecretaría de

Servicios al Ciudadano, de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal,

de la Jefatura de Gabinete de Ministros, por el mes de marzo de 2022, con motivo de

haberse excedido ampliamente la jornada laboral de los mismos, por el incremento de

operativos que día a día se incorporan a dicha dependencia;

Que el Decreto N° 1202/05 y sus modificatorios, reglamentó el otorgamiento de

Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para los servicios y

prestaciones que deben ser cumplidos por los agentes gubernamentales cuyo

desarrollo exceden las jornadas normales de labor;

Que el artículo 6° del citado Decreto modificado por Decreto N° 798/06, establece que

el tope anual por agente de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios

(URSE) no podrá exceder las doscientas setenta y cinco (275) cuando las mismas

sean realizadas en días hábiles o ciento treinta y siete (137) cuando se realicen en

días inhábiles;

Que por Resolución N° 289/GCABA/MJGGC/22, se autorizó la prestación de tareas

adicionales por el mes de marzo de 2022, al personal anteriormente citado, por la

cantidad de mil trescientas cincuenta y siete (1.357) URSE para días hábiles;

Que por el artículo 2° del Decreto N° 1.090/08, se delegó en los señores Ministros del

área requirente y del entonces Ministro de Hacienda, la facultad de dictar en forma

conjunta la norma que autorice superar los topes de URSE fijados por el artículo 6° del

Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios;

Que por lo antedicho, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente a

fin de exceptuar de los topes establecidos en la normativa vigente para el personal que

presta servicios en esa Subsecretaría;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N°

1.090/08,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Exceptúese al personal de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano,

dependiente de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Jefatura

de Gabinete de Ministros, de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios

Extraordinarios (URSE), establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1.202/05 y su

modificatorio, por el mes de marzo de 2022.-

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda y

Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de

Servicios al Ciudadano dependiente de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión

Comunal de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Miguel - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
<p>Artículo 1° Resolución Conjunta N° 312-MHFGC-MJGGC-22 exceptua, por el mes de marzo de 2022, al personal de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano, dependiente de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal Jefatura de Gabinete de Ministros, de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE), establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1202/05.</p>