DECRETO 259 2022
Síntesis:
SE ACEPTA - LEGADO SIN CARGO - EFECTUADO POR YEN YA LIEN - A FAVOR DEL HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR PEDRO DE ELIZALDE - UN OFTALMO Y OTOSCOPIO MARCA HEINE CON DOS PILAS Y UN MARTILLO NEUROLÓGICO
Publicación:
04/08/2022
Sanción:
02/08/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente
Electrónico N° 18063877-GCABA-PG/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la aceptación del legado
sin cargo, a favor del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" dependiente
del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
otorgado por la causante, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "LIEN,
YEN YA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO", Expediente Judicial N° 42239/19, por ante el
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 42, Secretaría Única de esta
Ciudad;
Que la causante, Yen Ya Lien, ha otorgado testamento, protocolizado por Escritura
Pública Número 32, de fecha 7 de marzo de 2019, Folio 89 del Registro Notarial 1311,
autorizada por el Escribano Fabio Leonardo Mossecian, legando un (1) oftalmo y
otoscopio marca Heine con dos pilas y un martillo neurológico al Hospital General de
Niños "Dr. Pedro de Elizalde";
Que habiendo fallecido la señora Yen Ya Lien el día 7 de mayo de 2019, conforme
surge de la partida de defunción agregada en los autos mencionados, corresponde
aceptar el legado de acuerdo a los términos del testamento;
Que el referido testamento no dispone mandas ni cargas por cumplir;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires considera conveniente para
los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la aceptación del
legado sin cargo efectuado por la causante a favor del Hospital General de Niños "Dr.
Pedro de Elizalde";
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 inciso 16 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Acéptase el legado sin cargo efectuado por la señora Yen Ya Lien a favor
del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde", de un (1) oftalmo y otoscopio
marca Heine con dos pilas y un martillo neurológico, cuyo juicio sucesorio tramita en
los autos caratulados "LIEN, YEN YA s/SUCESIÓN AB INTESTATO", Expediente
Judicial N° 42239/19, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N°
42, Secretaría Única, de esta Ciudad.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud, de
Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Salud, al Ministerio de Hacienda y Finanzas y al Hospital
General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde" y, para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Mura - Miguel