RESOLUCIÓN 4193 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DESIGNA GERENTE OPERATIVO - TRANSITORIO - SANTIAGO ESTEBAN RAMÍREZ - GERENCIA OPERATIVA VINCULACIÓN INSTITUCIONAL - DIRECCIÓN GENERAL VINCULACIÓN Y COMUNICACIÓN - SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y LA PRODUCCIÓN - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN
Publicación:
10/08/2022
Sanción:
04/08/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los
Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11 y 463/19 y modificatorios, la Resolución N°
3.749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias y el Expediente Electrónico N° 16.782.669-
GCABA-SSCPEDEP-2022, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual
especifica que los cargos gerenciales se dividen en dos niveles, denominados
"Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponden las
acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos gerenciales;
Que por Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias se aprobaron las
disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria, el Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción propicia la designación, a partir del 15 de julio de
2022, del Sr. Santiago Esteban Ramírez, DNI N° 31.674.844, CUIL N° 23-31674844-9,
como Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Vinculación Institucional de la
Dirección General Vinculación y Comunicación, dependiente de la Subsecretaría de
Cooperación para el Desarrollo Económico y la Producción de dicha Jurisdicción;
Que mediante Informe N° 2022-21547293-GCABA-SSCPEDEP la Subsecretaría de
Cooperación para el Desarrollo Económico y la Producción dio cumplimiento a lo
dispuesto en el inciso i) del artículo 3° del Anexo I de la mentada Resolución N° 3.749-
GCABA-MEFGC/19;
Que por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19 se
estableció que el cese del personal designado con carácter transitorio en cargos de
régimen gerencial no otorgará, en ningún caso, derecho a la percepción de monto
indemnizatorio alguno;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente
propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el
artículo 7° de la Ley N° 471, y ha dado cumplimiento a los recaudos exigidos por la
normativa en vigencia;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17, incisos 11 y 12, de la
Ley N° 6.292,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 15 de julio de 2022, con carácter transitorio, al Sr.
Santiago Esteban Ramírez, DNI N° 31.674.844, CUIL N° 23-31674844-9, como
Gerente Operativo de la Gerencia Operativa Vinculación Institucional, de la Dirección
General Vinculación y Comunicación, dependiente de la Subsecretaría de
Cooperación para el Desarrollo Económico y la Producción del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción.
Artículo 2°.- La designación del agente mencionado en el artículo anterior reviste
carácter transitorio, pudiendo cesar en el cargo de régimen gerencial sin derecho a la
percepción de monto indemnizatorio alguno, de conformidad a lo establecido en el
artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19.
Artículo 3°.- El agente designado en el artículo 1° deberá acreditar de manera
fehaciente, en el plazo perentorio de sesenta (60) días corridos desde la notificación
de la presente Resolución, ante la Dirección General Vinculación y Comunicación, el
cumplimiento de las capacitaciones previstas en el artículo 3° bis, incisos a) y b), del
Anexo I de la Resolución N° 3749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones
Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil y
Técnica, Administrativa y Legal, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Vinculación y Comunicación del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción,
debiendo esta última notificar fehacientemente al interesado los términos de la
presente. Cumplido, archívese. Mura