RESOLUCIÓN 906 2004 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

Síntesis:

NORMA DEROGADA - MODIFICA EL ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS EN UN TRAMO DE LA AV. DE LOS INMIGRANTES Y DE LA CALLE 5. INCORPORA AL DECRETO ORDENANZA 10407-47 -  A UN TRAMO DE LA CITADA CALLE - ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MANO ÚNICA - INCORPORACIÓN - PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS - EXPERIMENTAL - EVALUATIVO - CALLE 6 - PERMISO DE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS

Publicación:

05/10/2004

Sanción:

21/09/2004

Organismo:

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO


Visto la Nota N° 1.964/DGTYT/04, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la nota señalada en el Visto la Dirección General de Tránsito y Transporte propicia modificar el actual régimen de estacionamiento en la avenida de los Inmigrantes entre avenida Antártida Argentina y avenida Presidente Ramón S. Castillo, como asimismo en la calle 5 entre la calle 6 y la avenida Antártida Argentina;

Que la propuesta se relaciona con permitir el estacionamiento en forma paralela junto al cordón de ambas aceras en sus dos calzadas, en avenida de los Inmigrantes, entre avenida Presidente Ramón S. Castillo y el retome existente a 100 metros aproximadamente de la avenida Antártida Argentina; y la prohibición de estacionamiento junto al cordón derecho de ambas calzadas entre el retome citado y avenida Antártida Argentina;

Que, asimismo, se incluye la prohibición general de estacionamiento en la calle 5 durante las 24 horas junto al cordón de la acera SO (derecha) entre la calle 6 y avenida Antártida Argentina y autorizar el estacionamiento, en el mismo tramo, durante las 24 horas junto al cordón de la acera NE (izquierda);

Que esas modificaciones favorecerán el estacionamiento general de vehículos en la zona y la circulación en el itinerario de ingreso a la Estación Terminal de Ómnibus que se realiza, obligatoriamente, por la avenida de los Inmigrantes y el retome descripto precedentemente;

Que la mencionada calle 5 carece de la norma legal aprobatoria del sentido único de circulación de NO a SE con que funciona de hecho, por lo cual resulta oportuno regularizar dicha situación;

Por ello, conforme con las facultades otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y el artículo 1° del Decreto N° 515/GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO

RESUELVE:

Artículo 1° - Incorpórase a las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria en la forma que se indica:

Calle 5, desde Calle 6 hasta avenida Antártida Argentina, de NO a SE.

Artículo 2° - Prohíbese con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de vehículos durante las 24 horas, en forma paralela al cordón de la acera SO (derecha) en la calle 5, entre la calle 6 y la avenida Antártida Argentina, y en avenida de los Inmigrantes entre avenida Antártida Argentina y el retome existente a 100 metros aproximadamente de esta última, junto al cordón derecho de ambas calzadas.

Artículo 3° - Permítese con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, el estacionamiento general de vehículos durante las 24 horas, en forma paralela al cordón de la acera NE (izquierda) en la calle 5, entre la calle 6 y la avenida Antártida Argentina y en avenida de los Inmigrantes entre avenida Presidente Ramón S. Castillo y el retome existente a 100 metros aproximadamente de la avenida Antártida Argentina, junto al cordón de ambas aceras en sus dos calzadas.

Artículo 4° - Las medidas establecidas por los artículos 2° y 3°, requerirán la instalación del pertinente señalamiento vertical, que proyectará y realizará la Dirección General de Tránsito y Transporte, la que fijará, mediante el dictado de Disposición, la fecha y hora de su vigencia.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte la que comunicará a la Policía Federal Argentina. Feletti

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 906-SIYP-04(DEROGADA)Asigna sentido único de circulación tramo Calle 5, de Calle 6 a av.Antártida Argentina, modifica Dec. Ord. 10407-47
DEROGADA POR
Art. 1 Res. 1120-SIP-05 Deroga Res. 906-SIP-04.