RESOLUCIÓN 3816 2022 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

SE SUSTITUYE - ANEXO I - SE DEJAN SIN EFECTO - ARTÍCULOS 3° Y 4° - RESOLUCIÓN N° 4513-MEGC/17 - LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO PEDAGÓGICO INDIVIDUAL (PPI) PARA LOS NIVELES INICIAL PRIMARIO Y SECUNDARIO DE LAS ESCUELAS DE GESTIÓN ESTATAL Y GESTIÓN PRIVADA - SE APRUEBA - FORMULARIO MODELO DE IMPLEMENTACIÓN DE PPI

Publicación:

01/09/2022

Sanción:

17/08/2022

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes

Nacionales Nros. 26.206 y sus modificatorias, 26.378, la Ley N° 6.292 (texto

consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución del Consejo Federal de Educación N°

311/16, la Resolución Nacional N° 2945-APN-ME/17, la Resolución N° 4.513-

MEGC/17, el Expediente Electrónico N° 28.672.691-GCABA-DGEGE/22, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,

asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,

reinserción y egreso del sistema educativo;

Que la Ley Nacional N° 26.206, establece que la cartera educativa nacional "en

acuerdo con el Consejo Federal de Educación, creará las instancias institucionales y

técnicas necesarias para la orientación de la trayectoria escolar más adecuada de

los/as estudiantes con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los

niveles de la enseñanza obligatoria, así como también las normas que regirán los

procesos de evaluación y certificación escolar;

Que por la Ley Nacional N° 26.378 se aprobó la Convención sobre los Derechos de las

Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución

de la Asamblea General de las Naciones Unidas, con el fin de promover, proteger y

asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y

libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad;

Que en dicho contexto, por la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 311/16

se propiciaron las condiciones para la inclusión escolar al interior del sistema

educativo argentino para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los/as

estudiantes con discapacidad;

Que asimismo, por la citada Resolución se aprobó el Anexo I "Promoción,

acreditación, certificación y titulación de los estudiantes con discapacidad";

Que por su parte, la Resolución N° 2.945/APN-ME/17 del Ministerio de Educación y

Deportes de la Nación, otorgó validez nacional a los títulos y certificados

correspondientes a los títulos de la educación secundaria que se ajusten a los criterios

establecidos por la Resolución del Consejo Federal de Educación N ° 311/16, en

concordancia con el Proyecto Pedagógico Individual (PPI) de los estudiantes;

Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones

por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les

confiere dicha Ley;

Que dentro del marco de la citada Ley le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social;

Que oportunamente por la Resolución N° 4.513-MEGC/17 se aprobó la

implementación del Proyecto Pedagógico Individual para la inclusión (PPI) para los

niveles inicial, primario y secundario de escuelas de gestión estatal y de gestión

privada;

Que el citado Proyecto, está destinado a alumnos/as que cuenten con un certificado

de discapacidad o bien presenten un certificado de salud de cuyo diagnóstico se

desprenda la necesidad de su inclusión en el mismo, con el objeto de desarrollar sus

aprendizajes, contemplando el diseño curricular jurisdiccional;

Que la mencionada Resolución aprobó los Lineamientos para la implementación del

Proyecto Pedagógico Individual para los niveles inicial, primario y secundario de

escuelas dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y de

la entonces Dirección General Educación Superior, conforme lo detallado en el Anexo I

(IF-2017-29226423-DGEGE);

Que dicho Proyecto se ha implementado de manera positiva en las escuelas, y por ello

en virtud de la experiencia transitada, la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y

Equidad Educativa y la Dirección General de Educación de Gestión Privada propician

ampliar el alcance de los lineamientos establecidos en la misma, incluyendo a las

escuelas de los niveles inicial, primario y secundario supervisadas por la Dirección

General de Educación de Gestión Privada y además modificar dichos lineamientos

para la implementación del PPI en las escuelas de gestión estatal y privada;

Que la Dirección de Educación Especial ha señalado que la construcción de un

sistema educativo inclusivo requiere repensar las prácticas de manera permanente,

revisando progresivamente las trayectorias escolares y llevando a cabo acciones que

permitan superar las barreras u obstáculos que se presenten en relación al

aprendizaje;

Que a tales efectos, conforme surge del Informe IF-2022-28758418-GCABA-DGEGE

han trabajado de manera articulada los actores institucionales correspondientes para

modificar los Lineamientos para la implementación del Proyecto Pedagógico Individual

con el objeto que dicho documento cristalice prácticas actualizadas y acordes a la

matriz escolar;

Que la presente medida propicia establecer las condiciones para la inclusión escolar

de todos/as los/as alumnos/as en el sistema educativo, mediante acuerdos

pedagógicos para favorecer su trayectoria escolar, así como los objetivos generales y

específicos que den respuesta a las barreras u obstáculos que puedan presentarse en

el contexto escolar, promoviendo su desarrollo integral, inclusión educativa y social;

Que el reconocimiento de la diversidad inherente a las/os estudiantes requiere, por

parte del sistema educativo, identificar las barreras que pueden presentarse en los

distintos momentos de los procesos de enseñanza y aprendizaje, para minimizarlas

y/o eliminarlas, de modo de garantizar trayectorias escolares equitativas y adecuadas

para todas/os y cada uno/a de los/as mismos/as;

Que por ello en el informe IF-2022-28758418-GCABA-DGEGE se ha determinado que

es preciso que en aquellas situaciones en que la escuela habiendo previamente

implementado el uso de pedagogías flexibles y diversas estrategias de enseñanza,

aún considera que resulta necesario seleccionar, secuenciar y organizar los

contenidos del diseño curricular de forma personalizada para un/a estudiante, debe

elaborar un PPI para el/la mismo/a;

Que, así también se ha establecido en el mencionado informe que resulta relevante

poder valorar la participación de la/el estudiante en la propuesta de aprendizaje

ofrecida, debiendo los actores institucionales tener en consideración su opinión al

momento de elaborar, desarrollar y evaluar el PPI;

Que atento lo expuesto la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa y la Dirección General de Educación de Gestión Privada propician el dictado

del acto administrativo mediante el cual se amplíe el alcance de la Resolución N°

4.513-MEGC/17 incluyendo a las escuelas de nivel inicial, primario y secundario

supervisadas por la Dirección General de Educación de Gestión Privada y se

actualicen los lineamientos oportunamente establecidos sustituyendo el Anexo I (IF-

2017-29226423-DGEGE) de la mencionada Resolución, por el Anexo I (IF-2022-

28692957-GCABA-DGEGE);

Que asimismo propician dejar sin efecto los artículos 3° y 4° de la Resolución N°

4.513-MEGC/17 y aprobar un único formulario modelo de implementación de PPI para

las escuelas de nivel inicial, primario y secundario de Gestión Estatal y para las

escuelas supervisadas por la Dirección General de Educación de Gestión Privada

conforme el Anexo II (IF-2022-28693119-GCABA-DGEGE);

Que han tomado intervención la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa, las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación

de Gestión Privada brindando su conformidad en las presentes actuaciones;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y haciendo uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo I (IF-2017-29226423-DGEGE), de la Resolución N°

4.513-MEGC/17, el que será de aplicación para las escuelas de nivel inicial, primario y

secundario de Gestión Estatal y para las escuelas supervisadas por la Dirección

General de Educación Gestión Privada por el Anexo I (IF-2022-28692957-GCABA-

DGEGE) el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Déjense sin efecto el Artículo 3° y el Artículo 4° de la Resolución N° 4.513-

MEGC/17.

Artículo 3°.- Apruébase el Formulario Modelo de Implementación de PPI, conforme el

Anexo II (IF-2022-28693119-GCABA-DGEGE) que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución, el que será de aplicación para las escuelas de

nivel inicial, primario y secundario de Gestión Estatal y para las escuelas supervisadas

por la Dirección General de Educación de Gestión Privada.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las

Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación de Gestión

Privada, a la Direcciones de Educación Inicial, Primaria, Media, Especial, Escuelas

Normales Superiores y de Educación Artística; y a la Gerencia Operativa de Equipos

de Apoyo. Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6452

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6452

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 3816/MEDGC/22, sustituye el Anexo I (IF-2017-29226423-DGEGE), de la Resolución N° 4.513-MEGC/17.</p><p>Artículo 2° deja sin efecto el Artículo 3° y el Artículo 4° de la Resolución N° 4.513- MEGC/17.</p><p> </p>