RESOLUCIÓN 3816 2022 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE SUSTITUYE - ANEXO I - SE DEJAN SIN EFECTO - ARTÍCULOS 3° Y 4° - RESOLUCIÓN N° 4513-MEGC/17 - LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO PEDAGÓGICO INDIVIDUAL (PPI) PARA LOS NIVELES INICIAL PRIMARIO Y SECUNDARIO DE LAS ESCUELAS DE GESTIÓN ESTATAL Y GESTIÓN PRIVADA - SE APRUEBA - FORMULARIO MODELO DE IMPLEMENTACIÓN DE PPI
Publicación:
01/09/2022
Sanción:
17/08/2022
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes
Nacionales Nros. 26.206 y sus modificatorias, 26.378, la Ley N° 6.292 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución del Consejo Federal de Educación N°
311/16, la Resolución Nacional N° 2945-APN-ME/17, la Resolución N° 4.513-
MEGC/17, el Expediente Electrónico N° 28.672.691-GCABA-DGEGE/22, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley Nacional N° 26.206, establece que la cartera educativa nacional "en
acuerdo con el Consejo Federal de Educación, creará las instancias institucionales y
técnicas necesarias para la orientación de la trayectoria escolar más adecuada de
los/as estudiantes con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los
niveles de la enseñanza obligatoria, así como también las normas que regirán los
procesos de evaluación y certificación escolar;
Que por la Ley Nacional N° 26.378 se aprobó la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución
de la Asamblea General de las Naciones Unidas, con el fin de promover, proteger y
asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad;
Que en dicho contexto, por la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 311/16
se propiciaron las condiciones para la inclusión escolar al interior del sistema
educativo argentino para el acompañamiento de las trayectorias escolares de los/as
estudiantes con discapacidad;
Que asimismo, por la citada Resolución se aprobó el Anexo I "Promoción,
acreditación, certificación y titulación de los estudiantes con discapacidad";
Que por su parte, la Resolución N° 2.945/APN-ME/17 del Ministerio de Educación y
Deportes de la Nación, otorgó validez nacional a los títulos y certificados
correspondientes a los títulos de la educación secundaria que se ajusten a los criterios
establecidos por la Resolución del Consejo Federal de Educación N ° 311/16, en
concordancia con el Proyecto Pedagógico Individual (PPI) de los estudiantes;
Que la Ley N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones
por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que les
confiere dicha Ley;
Que dentro del marco de la citada Ley le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social;
Que oportunamente por la Resolución N° 4.513-MEGC/17 se aprobó la
implementación del Proyecto Pedagógico Individual para la inclusión (PPI) para los
niveles inicial, primario y secundario de escuelas de gestión estatal y de gestión
privada;
Que el citado Proyecto, está destinado a alumnos/as que cuenten con un certificado
de discapacidad o bien presenten un certificado de salud de cuyo diagnóstico se
desprenda la necesidad de su inclusión en el mismo, con el objeto de desarrollar sus
aprendizajes, contemplando el diseño curricular jurisdiccional;
Que la mencionada Resolución aprobó los Lineamientos para la implementación del
Proyecto Pedagógico Individual para los niveles inicial, primario y secundario de
escuelas dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y de
la entonces Dirección General Educación Superior, conforme lo detallado en el Anexo I
(IF-2017-29226423-DGEGE);
Que dicho Proyecto se ha implementado de manera positiva en las escuelas, y por ello
en virtud de la experiencia transitada, la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y
Equidad Educativa y la Dirección General de Educación de Gestión Privada propician
ampliar el alcance de los lineamientos establecidos en la misma, incluyendo a las
escuelas de los niveles inicial, primario y secundario supervisadas por la Dirección
General de Educación de Gestión Privada y además modificar dichos lineamientos
para la implementación del PPI en las escuelas de gestión estatal y privada;
Que la Dirección de Educación Especial ha señalado que la construcción de un
sistema educativo inclusivo requiere repensar las prácticas de manera permanente,
revisando progresivamente las trayectorias escolares y llevando a cabo acciones que
permitan superar las barreras u obstáculos que se presenten en relación al
aprendizaje;
Que a tales efectos, conforme surge del Informe IF-2022-28758418-GCABA-DGEGE
han trabajado de manera articulada los actores institucionales correspondientes para
modificar los Lineamientos para la implementación del Proyecto Pedagógico Individual
con el objeto que dicho documento cristalice prácticas actualizadas y acordes a la
matriz escolar;
Que la presente medida propicia establecer las condiciones para la inclusión escolar
de todos/as los/as alumnos/as en el sistema educativo, mediante acuerdos
pedagógicos para favorecer su trayectoria escolar, así como los objetivos generales y
específicos que den respuesta a las barreras u obstáculos que puedan presentarse en
el contexto escolar, promoviendo su desarrollo integral, inclusión educativa y social;
Que el reconocimiento de la diversidad inherente a las/os estudiantes requiere, por
parte del sistema educativo, identificar las barreras que pueden presentarse en los
distintos momentos de los procesos de enseñanza y aprendizaje, para minimizarlas
y/o eliminarlas, de modo de garantizar trayectorias escolares equitativas y adecuadas
para todas/os y cada uno/a de los/as mismos/as;
Que por ello en el informe IF-2022-28758418-GCABA-DGEGE se ha determinado que
es preciso que en aquellas situaciones en que la escuela habiendo previamente
implementado el uso de pedagogías flexibles y diversas estrategias de enseñanza,
aún considera que resulta necesario seleccionar, secuenciar y organizar los
contenidos del diseño curricular de forma personalizada para un/a estudiante, debe
elaborar un PPI para el/la mismo/a;
Que, así también se ha establecido en el mencionado informe que resulta relevante
poder valorar la participación de la/el estudiante en la propuesta de aprendizaje
ofrecida, debiendo los actores institucionales tener en consideración su opinión al
momento de elaborar, desarrollar y evaluar el PPI;
Que atento lo expuesto la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa y la Dirección General de Educación de Gestión Privada propician el dictado
del acto administrativo mediante el cual se amplíe el alcance de la Resolución N°
4.513-MEGC/17 incluyendo a las escuelas de nivel inicial, primario y secundario
supervisadas por la Dirección General de Educación de Gestión Privada y se
actualicen los lineamientos oportunamente establecidos sustituyendo el Anexo I (IF-
2017-29226423-DGEGE) de la mencionada Resolución, por el Anexo I (IF-2022-
28692957-GCABA-DGEGE);
Que asimismo propician dejar sin efecto los artículos 3° y 4° de la Resolución N°
4.513-MEGC/17 y aprobar un único formulario modelo de implementación de PPI para
las escuelas de nivel inicial, primario y secundario de Gestión Estatal y para las
escuelas supervisadas por la Dirección General de Educación de Gestión Privada
conforme el Anexo II (IF-2022-28693119-GCABA-DGEGE);
Que han tomado intervención la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa, las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación
de Gestión Privada brindando su conformidad en las presentes actuaciones;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y haciendo uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo I (IF-2017-29226423-DGEGE), de la Resolución N°
4.513-MEGC/17, el que será de aplicación para las escuelas de nivel inicial, primario y
secundario de Gestión Estatal y para las escuelas supervisadas por la Dirección
General de Educación Gestión Privada por el Anexo I (IF-2022-28692957-GCABA-
DGEGE) el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Déjense sin efecto el Artículo 3° y el Artículo 4° de la Resolución N° 4.513-
MEGC/17.
Artículo 3°.- Apruébase el Formulario Modelo de Implementación de PPI, conforme el
Anexo II (IF-2022-28693119-GCABA-DGEGE) que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución, el que será de aplicación para las escuelas de
nivel inicial, primario y secundario de Gestión Estatal y para las escuelas supervisadas
por la Dirección General de Educación de Gestión Privada.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, a las
Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Educación de Gestión
Privada, a la Direcciones de Educación Inicial, Primaria, Media, Especial, Escuelas
Normales Superiores y de Educación Artística; y a la Gerencia Operativa de Equipos
de Apoyo. Cumplido, archívese. Acuña