DECRETO 963 1981

Síntesis:

APROBACIÓN DE LOS PLANOS DE BASE Y MEMORIA DESCRIPTIVA PARA EL PROYECTO DE DESARROLLO URBANÍSTICO Y EDIFICATORIO DEL ENSANCHE DEL ÁREA CENTRAL, CONFECCIONADOS POR EL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN URBANA.

Publicación:

16/03/1981

Sanción:

02/03/1981

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 79.969/80, relacionado con el proyecto de ensanche del Área Central, y

CONSIDERANDO:

Que los planos de base y memoria técnica descrip­tiva para el desarrollo urbanístico de la citada área han sido confeccionados bajo la supervisión del Con­sejo de Planificación Urbana;

Que para el desarrollo del Anteproyecto del Plan de Urbanización y del Proyecto del Plan de Urbanización se hace necesario la incorporación al equipo de trabajo de profesionales para colaborar en el mismo;

Que dichos profesionales han sido seleccionados por el mencionado Consejo, de acuerdo a lo previsto en el Decreto N° 6.025/79 (B. M. 16.141), entre los inseriptos en el Registro Permanente de Consultores y Auxiliares Técnicos abierto a tales fines por Disposición número 131-CPU-80;

Que la concreción del esquema de desarrollo urba­nístico y edificatorio a partir de los planos de base, debe encararse con urgencia, en virtud del adelanto de las obras de rellenamiento que se están realizando dentro del programa de recuperación de tierras en el Río de la Plata, así como también para posibilitar la definición de las tierras y las obras necesarias a fin de satisfacer los requerimientos de diversas entidades que desean instalar sus futuras sedes en ese sector;

Que la materialización del proyecto, además de la urgencia con que debe ser concretado para proceder al inmediato trazado y demarcación de espacios des­tinados a cada uso y función, reviste carácter ex­traordinario por la importancia de las operaciones técnicas involucradas en el mismo.

Por ello, y atento lo informado por el Consejo de Planificación Urbana,

El Intendente Municipal

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébanse los planos de base y me­moria descriptiva para el proyecto de desarrollo urba­nístico y edificatorio del ensanche del Área Central confeccionados por el Consejo de Planificación Urbana que obran adjuntos a estos actuados, en base a los cuales se iniciará la etapa del proyecto.

Art. 2°.- Apruébanse el contrato de fecha 6 de octubre último y el Anexo Aclaratorio del 16 de enero de 1981 suscriptos entre la Municipalidad de la Ciu­dad de Buenos Aires, representada en ese acto por el señor Presidente del Consejo de Planificación Ur­bana, arquitecto D. José Manuel Felipe Pastor, y los Estudios de Arquitectura “Mario Roberto Alvarez”, “Raña Veloso, Alvarez, Forster” y “Serra Valera Ar­quitectos”, representados por los arquitectos D. Ma­rio Roberto Alvarez, D. Raúl Raña Veloso y D. Jorge O. Valera, respectivamente, mediante el cual se les encomienda en forma conjunta y solidaria la realiza­ción de tareas relacionadas con el desarrollo del Ante­Proyecto y Proyecto del Plan de Urbanización del polígono de 503 Hás. aproximadamente, formado por los ejes de las avenidas Ingeniero Huergo y Eduardo Madero, el eje de la avenida Córdoba hasta su encuen­tro con la Avenida Costanera, la escollera Norte, la línea de ribera fijada por el Departamento de Estu­dios y Proyectos de la Dirección de Obras Portuarias y Vías Navegables hasta su encuentro con la Avenida Costanera al Sur del Espigón del ex Balneario Muni­cipal, el eje de la calle Brasil hasta su encuentro con el eje de la avenida Ingeniero Huergo, en las proximidades de la Dársena Sur.

Art. 3°.- El gasto que de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Quinta de este contrato demande la pre­sente contratación se imputará a la partida 03.05.02 “Honorarios”, presupuesto del año 1981.

Art. 4°.-El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Obras Públicas, de Gobier­no y de Economía.

Art. 5°.- Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese a las Secreta­rías de Gobierno, de Economía y de Obras Públicas, a la Dirección General de Finanzas y a la Contaduría General y remítase al Consejo de Planificación Ur­bana para su conocimiento, notificación a “Los Ar­quitectos” y demás fines.

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