RESOLUCIÓN 1192 2022 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE INCREMENTA EL MONTO DE CAJA CHICA COMÚN ASIGNADO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE ATENCIÓN PERMANENTE
Publicación:
16/09/2022
Sanción:
12/09/2022
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Estado:
No vigente
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
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VISTO: La Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Ley N° 6.516, la
Resolución N° 170-CDNNyA/18 y sus modificatorias, las Resoluciones N° 1.038-
GCABA-CDNNyA/22 y N° 1.072-GCABA-CDNNyA/22, el Expediente Electrónico N°
32028971-GCABA-DGSAP/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que mediante la Resolución N° 170-CDNNyA/18 y sus modificatorias, se aprobó el
Régimen para la Asignación y Rendición de Fondos en concepto de Caja Chica
Común para las distintas áreas de este Consejo;
Que por la Resolución N° 1.038-GCABA-CDNNyA/22 (Anexo IF-2022-28936559-
GCABA-CDNNYA) se estableció el monto asignado a la Caja Chica Común de la
Dirección General de Servicios de Atención Permanente de este Consejo en la suma
de PESOS DOSCIENTOS SETENTA MIL ($ 270.000.-);
Que por la Ley N° 6.516 se creó el Sistema de Acogimiento Familiar Transitorio
(SAFT) en el ámbito de la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo su
autoridad de aplicación este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes;
Que, en ese contexto, por la Resolución N° 1.072-GCABA-CDNNyA/22 se creó el
Programa de Acogimiento Familiar (PAF), que tiene como objeto la implementación del
SAFT y funciona bajo la órbita de la Dirección General de Servicios de Atención
Permanente de este Consejo, y se aprobó el Protocolo del Programa de Acogimiento
Familiar (Anexo IF-2022-29668384-GCABA-CDNNYA);
Que en cumplimiento de las tareas asignadas por la precitada resolución, el personal
que se desempeña en el PAF asiste semanalmente a encuentros y visitas con las
familias registradas y que alojan niñas, niños y adolescentes en el marco de una
Medida de Protección Excepcional resuelta por este Consejo, a establecimientos para
la gestión de turnos médicos y vacantes escolares; realiza compras de medicamentos
específicos prescriptos por profesionales médicos/as en contextos de urgencia;
brindan refrigerios a las/os niñas/os y/o adolescentes (NNyA) y a las familias de
acogimiento en el marco de encuentros o entrevistas de seguimiento; proporciona
materiales didácticos y hace presentes de cortesía a las/os NNyA con motivo de sus
natalicios y/o festividades;
Que mediante NO-31146545-GCABA-DGSAP/22, la titular de la Dirección General de
Servicios de Atención Permanente de este Consejo propicia elevar el monto asignado
en concepto de Caja Chica Común a la Dirección General a su cargo, por la suma de
PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000.-), a fin de cubrir las erogaciones que supone la
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"
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implementación del PAF;
Que mediante NO-2022-32007412-GCABA-DGLTACDN, la Dirección Operativa de
Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y
Administrativa de este Consejo, ha tomado intervención en el ámbito de su
competencia, informando que existe crédito suficiente para aprobar el incremento
propiciado;
Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo por el que se incremente el monto asignado a la Caja Chica Común de
la Dirección General de Servicios de Atención Permanente de este Consejo a la suma
de PESOS TRESCIENTOS DIEZ MIL ($ 310.000.-) en el sentido antes expuesto;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por la Ley N° 114 (texto
consolidado por Ley N° 6.347) y el Decreto N° 192/21,
LA PRESIDENTE DEL CONSEJO
DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Increméntase el monto asignado a la Caja Chica Común de la Dirección
General de Servicios de Atención Permanente de este Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes a la suma de PESOS TRESCIENTOS DIEZ MIL
($ 310.000.-).
Artículo 2°.- El monto aprobado por el artículo 1°.- de la presente regirá a partir de la
reposición inmediata posterior a la emisión del presente acto administrativo.
Artículo 3°.- Los gastos que demande la implementación de la presente resolución se
imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Dirección General de
Servicios de Atención Permanente de este Consejo y pase a la Dirección Operativa de
Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y
Administrativa del organismo, para su conocimiento y demás efectos. Leguizamón