RESOLUCIÓN 3018 2004 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA EL PLAN DE ESTUDIOS ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN SOCIEDAD Y CULTURA CONTEMPORÁNEAS PARA PROFESORES DE NIVEL MEDIO PARA SER APLICADO EN LA ESCUELA DE CAPACITACIÓN - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - APROBACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO - ESPECIALISTA SUPERIOR - ESCUELA DE CAPACITACIÓN - CENTRO DE PEDAGOGÍAS DE ANTICIPACIÓN - POSTÍTULOS DOCENTES - OTROS TÍTULOS - FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA

Publicación:

15/10/2004

Sanción:

22/09/2004

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 4.556/SED/04, la Ley N° 24.521, la Ley N° 33; los Decretos Nros. 7.775/MCBA/84, 1.746/GCBA/98 y 371/GCBA/01; las Resoluciones Nros. 1.605/SED/02; 2.015/SED/02; 2.016/SED/02; 3.580/SED/04, 63/CFCYE/97 y 151/CFCYE/00, y;

CONSIDERANDO:

Que oportunamente la legislación nacional, los acuerdos federales y las normativas de la Ciudad citados en el Visto, establecieron las normas básicas para el funcionamiento y el reconocimiento de los postítulos docentes con la finalidad de generar proyectos académicos coherentes, sistemáticos y con garantías de calidad para quienes cursen estas propuestas;

Que la normativa vigente en la Ciudad de Buenos Aires contempla la aprobación y valoración de las carreras de postítulo en el ámbito de la formación docente continua, los que han sido incorporados en el rubro Otros Títulos de la reglamentación del Estatuto del Docente;

Que la formación docente continua debe jerarquizar intelectual y profesionalmente a los docentes, permitiéndoles profundizar en temáticas de avanzada, y contribuir a instalar nuevos saberes y nuevas formas de encarar viejos y nuevos problemas de la enseñanza a inicios del siglo XXI;

Que toda propuesta de formación debe guardar un estrecho vínculo con el mejoramiento de la educación de la Ciudad, partiendo de los que se identifican como problemas centrales de nuestras escuelas y ofreciendo alternativas de formación que apunten a fortalecer las estrategias de mejora elaboradas por distintas áreas de la Secretaría;

Que las ofertas de postítulos docentes tienen como objetivo principal brindar a los docentes una formación post-inicial coherente, estructurada y que apunte al mejoramiento de la calidad educativa en la Ciudad;

Que las propuestas de los Postítulos poseen carácter abierto y flexible, sujeto a evaluación y rediseño en función de su adecuación a las necesidades de las escuelas y a las políticas educativas de la Ciudad;

Que resulta necesario diversificar las perspectivas docentes reflexionando a partir del conocimiento y análisis de los problemas de la sociedad y la cultura contemporánea y los nuevos desafíos que atraviesa el ejercicio de la docencia;

Que la Escuela de Capacitación -CePA- (Centro de Pedagogías de Anticipación) es la institución dependiente de la Secretaría de Educación a cargo de la ejecución de las prioridades políticas en materia de formación docente continua y ha sido autorizada, por R. N° 1.605/SED/02, para el dictado de estudios de postítulo docente, de carácter voluntario y gratuito para los docentes que se desempañan en el ámbito de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Proyecto de Plan de Estudios Especialista Superior en sociedad y la cultura contemporáneas ha sido evaluado favorablemente y se ha determinado que respeta los criterios y requisitos académicos contemplados en la Resolución N° 151/CFCYE/00 y la normativa específica de la Jurisdicción (Resolución N° 3.580/SED/03);

Por ello,

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Apruébase el Plan de Estudios Especialización Superior en Sociedad y Cultura Contemporáneas para Profesores de Nivel Medio que como Anexo I forma parte de la presente Resolución, para ser aplicado en la Escuela de Capacitación -CePA- (Centro de Pedagogías de Anticipación), a partir del ciclo lectivo 2004.

Artículo 2° - Dispónese que el Plan de Estudios aprobado por Art. 1° tiene una vigencia para tres cohortes de alumnos y su continuidad estará sujeta a una evaluación de resultados.

Artículo 3° - Déjase constancia que la aplicación del plan aprobado quedará imputada a la partida presupuestaria de la Escuela de Capacitación -CePA- (Centro de Pedagogías de Anticipación), cuyas autoridades procederán a utilizar en función de los requerimientos propios del Plan de Estudios.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria y a las Direcciones Generales de Educación, de Educación Superior, de Coordinación Financiera y Contable, de Coordinación Legal e Institucional y de Planeamiento (Escuela de Capacitación -CePA-). Cumplido, archívese. Perazza


ANEXOS

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