RESOLUCIÓN 6480 2022 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
ASIGNAN UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS MENSUALES - SUBGERENTES OPERATIVOS - SILVANA DEL CARMEN ALBARRACIN - ROBERTO CANEDA - CESAR DANIEL CEBALLOS - FLORENCIA GARCIA MERINO - GABRIELA HORN - NICOLAS KOVACS - JUAN MANUEL PARREIRA - ELIZABETH PAZ - CLAUDIA RAMIREZ - VICTORIA RENSO - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
12/10/2022
Sanción:
29/09/2022
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: Los Decretos N° 463/19 y 416/21, las Resoluciones de Firma Conjunta N° 1-
MJGGC/22, 10- MJGGC/22, 12-MJGGC/22 y 19-MJGGC/22, el E.E. N° 34198707-
GCABA-DGTALMC/22, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánica funcional del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario
de Plantas de Gabinete, por el período comprendido entre los días 10 de diciembre de
2019 y 31 de diciembre de 2020;
Que, asimismo, por el artículo 10 del citado Decreto se establece que el personal que
se designe bajo el Régimen Modular Extraordinario, se regirá según lo dispuesto por el
artículo 8° del mismo;
Que a través del Decreto N° 416/21 se prorrogó el citado régimen modular por el
período comprendido entre los días 1° de enero de 2022 y 31 de diciembre de 2022 a
fin de continuar con el cumplimiento de los objetivos y programas de gobierno;
Que mediante las Resoluciones de Firma Conjunta N° 1-MJGGC/22, 10-MJGGC/22,
12-MJGGC/22 y 19-MJGGC/22 se establecieron las cantidades de Unidades
Retributivas Extraordinarias asignadas a las distintas Jurisdicciones, dentro de las
cuales se encuentra el Ministerio de Cultura;
Que quién suscribe, propicia la designación del personal que se detalla en el Anexo I
(IF-2022-34280624-GCABA-MCGC), bajo el Régimen Modular Extraordinario de
Plantas de Gabinete.
Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaría
de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas,
ha tomado la debida intervención de su competencia;
Que conforme lo expuesto resulta necesario el dictado de la norma legal pertinente.
Por ello, y conforme las facultades conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 638/07 y
modificatorios,
Artículo 1°.- Asígnanse, las unidades retributivas extraordinarias mensuales otorgadas
al Ministerio de Cultura por Resolución F.C. N° 19-MJGGC/22, a los agentes
detallados, a partir de las fechas y con la retribución que en cada caso se indica en el
Anexo I (IF-2022-34280624-GCABA-MCGC), el cual forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto, y de Administración y Liquidación de Haberes, ambas del Ministerio de
Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, quien deberá notificar
a los interesados. Cumplido, archívese. Avogadro