DECRETO 345 2022
Síntesis:
SE APRUEBAN PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA N° 623-1598-LPU22 - SERVICIO DE ENTREGA Y DISTRIBUCIÓN DE RACIONES DE ALIMENTOS EN CRUDO DE VÍVERES SECOS Y FRESCOS - MÓDULOS ALIMENTARIOS DESTINADOS A LA POBLACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y CENTROS DE PRIMERA INFANCIA - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS ALIMENTARIAS - SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PERSONAL FAMILIAR Y COMUNITARIO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT
Publicación:
25/10/2022
Sanción:
21/10/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218 y 2.095 (texto consolidado por la Ley N° 6.347), la Ley
Nro 6.292, el Decreto Reglamentario N° 74/21, la Disposición N° 167-DGCYC/21 y el
Expediente Electrónico N° 36.303.334-GCABA-DGCYC/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente electrónico citado en el Visto tramita la Licitación Pública de
Etapa Única N° 623-1598-LPU22 para la contratación del servicio de entrega y
distribución de raciones de alimentos en crudo de víveres secos y frescos y módulos
alimentarios destinados a la población de las organizaciones Comunitarias y Centros
de Primera Infancia, dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo
establecido en los artículos 31, primera parte del 32 y 43 de la Ley N° 2.095 (Texto
Consolidado por Ley N° 6.347, por un plazo de cuarenta y ocho (48) meses, cuyo
presupuesto oficial asciende a la suma de pesos ochenta y ocho mil novecientos
treinta y tres millones seiscientos veinticuatro mil trescientos cuarenta y tres con
04/100 ($ 88.933.624.343,04);
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 74/21 se aprobó la reglamentación de la citada Ley de
Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2.095 y fijó los niveles de
decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V, VI
y VII;
Que por Disposición N° 167-DGCyC/21 la Dirección General de Compras y
Contrataciones del Ministerio de Hacienda y Finanzas, en su carácter de Órgano
Rector del Sistema de Compras y Contrataciones y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 18, Inciso j), de la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de
Bases y Condiciones Generales;
Que conforme artículo 23 de la Ley N° 6.292 de Ministerios corresponde al Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat, asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus
competencias, entre las que se encuentran diseñar e implementar políticas, planes y
programas de promoción y desarrollo social destinados a la población en situación de
vulnerabilidad social y diseñar e implementar políticas referidas a la tercera edad, la
juventud, la niñez y de género;
Que el proceso licitatorio que se propicia se fundamenta en la necesidad de garantizar
el servicio de entrega y distribución de raciones de alimentos en rudo de víveres secos
y frescos y módulos alimentarios destinados a la población de las organizaciones
Comunitarias y Centros de Primera Infancia;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y la Dirección General de
Políticas Alimentarias de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal Familiar y
Comunitario, ambas dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat,
elaboraron el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos
correspondientes, para el llamado a Licitación Pública;
Que, a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta conveniente proceder a
delegar en la titular del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat la facultad de
designar a los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, emitir circulares,
con y sin consulta, sobre la documentación licitatoria, dictar todos los actos
administrativos necesarios para materializar la contratación y adjudicar el servicio que
se propicia, como así también, la facultad de suscripción del pertinente contrato,
ejecución del servicio hasta su finalización, ampliación y/o disminución del total
adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades , del servicio y las modificaciones
contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo
la rescisión y penalidades del/los contrato/s en caso de corresponder, todo ello de
conformidad con la normativa aplicable;
Que, a su vez, encontrándose entre las responsabilidades primarias de la Dirección
General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y Finanzas la de actuar
como órgano rector del Sistema de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, resulta conveniente encomendarle la facultad de realizar el
pertinente llamado a Licitación Pública;
Que los interesados en participar del acto licitatorio que se tramita deberán adquirir el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus anexos, cuyo valor se ha establecido
en la suma de pesos un millón con 00/100 ($ 1.000.000,00), ello encuentra
fundamento en la trascendencia, importancia y el interés público comprometido del
servicio que nos ocupa;
Que han tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Asuntos
Legales de Seguros, la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de
Compras y Contrataciones y la Dirección General Redeterminación de Precios, todas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que se ha dado intervención a la Dirección General Compras y Contrataciones del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de
Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que se dará intervención a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas en virtud del carácter plurianual del
gasto que nos ocupa;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por Ley N° 6.347).
Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos
102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébanse el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2022-
37505563-GCABA-MDHYHGC) y sus Anexos A (IF-2022-37579268-GCABA-
MDHYHGC), B (IF-2022-37579438-GCABA-MDHYHGC), C (IF-2022-37579547-
GCABA-MDHYHGC), D (IF-2022-37579680-GCABA-MDHYHGC) y E (IF-2022-
37579359-GCABA-MDHYHGC), que a todos sus efectos forman parte integrante del
presente Decreto y regirán la Licitación Pública de Etapa Única N° 623-1598-LPU22
para la contratación del servicio de entrega y distribución de raciones de alimentos en
crudo de víveres secos y frescos y módulos alimentarios destinados a la población de
las organizaciones Comunitarias y Centros de Primera Infancia con destino a la
Dirección General de Políticas Alimentarias de la Subsecretaría de Fortalecimiento
Personal Familiar y Comunitario, del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por un plazo de cuarenta y ocho
(48) meses y cuyo presupuesto oficial asciende a la suma total de pesos ochenta y
ocho mil novecientos treinta y tres millones seiscientos veinticuatro mil trescientos
cuarenta y tres con 04/100 ($ 88.933.624.343,04), al amparo de lo establecido en los
artículos 31, primera parte del 32 y 43 de la Ley N° 2.095.
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Compras y Contrataciones del
Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública,
conforme el Pliego y los Anexos aprobados en el artículo 1° del presente Decreto.
Artículo 3°.- Delégase en la señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat la facultad
de emitir circulares, con y sin consulta, sobre la documentación licitatoria y de dictar
todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación y adjudicar
el servicio que se propicia, como así también, la designación de los miembros de la
Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción del pertinente contrato, la ejecución
del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, las
posibles prórrogas y continuidades, las modificaciones contractuales que puedan
suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo la rescisión y penalidades
del/los contrato/s en caso de corresponder, todo ello de conformidad con la normativa
aplicable.
Artículo 4°.- Fijase el valor del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus
correspondientes Anexos de la presente Licitación en la suma de pesos un millón con
00/100 ($ 1.000.000,00).
Artículo 5°.- El presente gasto se imputará a la partida presupuestaria de los ejercicios
correspondientes, subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los
respectivos presupuestos.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo
Humano y Hábitat, el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de
Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Portal
Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar) y en el sitio web oficial del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar),.
Comuníquese a la Dirección General de Políticas Alimentarias de la Subsecretaría de
Fortalecimiento Personal Familiar y Comunitario, dependiente del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat y remítase a la Dirección General de Compras y
Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para la
prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Migliore -
Mura - Miguel