RESOLUCIÓN 670 2004 SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN N° 190/SSMAMB/04, B.O. N° 1947 - HIGIENE DE INMUEBLES - CALLE ACASSUSO - CALLE BASUALDO 217 - DESRATIZACIÓN - HIGIENIZACIÓN - REPARACIÓN DE ACERA - CONSTRUCCIÓN DE CERCO
Publicación:
01/11/2004
Sanción:
13/10/2004
Organismo:
SUBSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Visto el Expediente N° 5.541/04, relacionado con la higienización del predio ubicado en la calle Acassuso 5328 descendiente y Basualdo 217, y la Resolución N° 190/SSMAMB/04, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el precitado Expediente tramita una denuncia por la falta de higiene en el predio ubicado en la calle Acassuso 5328 descendiente y Basualdo 217;
Que, es un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aplicar las disposiciones a las cuales debe ajustarse la población para el cuidado, el aseo y la limpieza de la Ciudad, determinadas por medio de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), A.D. 470.2 y su modificatoria Ordenanza N° 33.681 (B.M. N° 15.575);
Que, se procedió a realizar varias inspecciones practicadas en la finca de que se trata y obrantes en las referidas actuaciones, de la cual surgió que se encontraban afectadas las condiciones de higiene y sanidad pública;
Que, habiendo efectuado una consulta a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sobre el temperamento a seguir respecto de la situación planteada, dicha asesoría legal emitió Dictamen (fs. 19) considerando que correspondía dictar el acto administrativo pertinente, a fin de disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y orden público, lo cual dio lugar a la Resolución N° 190/SSMAMB/04;
Que, en el artículo 1° de la misma se dispone la desratización, higienización, reparación de acera y construcción del cerco reglamentario;
Que, constituida la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental en el lugar, verificó la existencia de un predio en buen estado de higiene y libre de residuos y/o desechos;
Que, por lo expuesto precedentemente, correspondería dejar sin efecto la Resolución N° 190/SSMAMB/04;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 650/GCABA/04 (B.O.C.B.A. N° 1932),
Artículo 1° - Déjase sin efecto la Resolución N° 190/SSMAMB/04.
Artículo 2° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Obras Públicas, de Contaduría General, de Rentas y al Ente de Higiene Urbana a los fines dispuestos en la presente, y para todos sus efectos pase a la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental. Cumplido, archívese. Vensentini