DISPOSICIÓN 104 2022 DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS
Síntesis:
SE MODIFICA - ANEXO I - DISPOSICIÓN 32-DGCEME-22 - GUÍAS DE TURISMO PRESTEN SERVICIOS EN LOS CEMENTERIOS - DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS
Publicación:
28/10/2022
Sanción:
20/10/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL DE CEMENTERIOS
VISTO: La Ley N° 4.977 (texto consolidado por Ley N° 6.347, los Decretos N° 463-
AJG/19, N° 26- AJG/21 y N° 138-AJG/21, la Disposición N° 2022-32-GCABA-
DGCEME, el Expediente Electrónico N° 37554353-GCABA-DGCEME/2022 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 4.977 (texto consolidado por Ley N° 6.347), se aprobó el
"Régimen Jurídico y Poder de Policía en Materia Mortuoria en los Cementerios";
Que, la mencionada norma en su artículo 3° establece como Autoridad de Aplicación a
la Dirección General de Cementerios de la Subsecretaría de Mantenimiento del
Espacio Público, o el organismo que en el futuro lo reemplace;
Que, por Decreto N° 463-AJG/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose a la entonces Dirección General de Espacios Verdes y Cementerios
bajo la órbita de la Subsecretaría de Gestión Comunal de la Secretaría de Atención
Ciudadana y Gestión Comunal;
Que, mediante Decreto N° 26-AJG/21, se modificaron las responsabilidades primarias,
denominación y dependencia funcional de la entonces Dirección General de Espacios
Verdes y Cementeros, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal,
creándose la Dirección General de Cementerios bajo la órbita de la Subsecretaría de
Servicios al Ciudadano dependiente de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión
Comunal;
Que, el Decreto N° 138-AJG/21, se establece entre las competencias de la Dirección
General de Cementerios, dependiente de la Subsecretaría de Servicio al Ciudadano,
de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, la de "dirigir los servicios
de las Necrópolis de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que, la Ley N° 4.977, en su Capítulo IV "Del ordenamiento de la actividad cultural en
los cementerios", crea el Régimen de la actividad turística en los Cementerios de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, la citada Ley, según lo normado por el artículo 138°, establece que "los guías de
turismo que presten sus servicios en el ámbito de los cementerios públicos de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán realizar una capacitación especial, la que
será impartida por la Autoridad de Aplicación...";
Que, por Disposición N° 2022-22-GCABA-DGCEME se aprobó el procedimiento para
dictar la capacitación de referencia;
Que, asimismo, en el artículo 6° del citado procedimiento se fijó un plazo de seis
meses desde la aprobación del acto para que los y las guías de turismo
cumplimentaran los requisitos previstos en el Capítulo IV de la Ley N° 4.977;
Que, por Informe N° 2022- 37186830-GCABA-DGCEME las Gerencias Operativas de
los Cementerios de Recoleta, Chacarita y Flores expusieron la conveniencia de
extender el plazo previsto a los fines de alcanzar un mayor número de guías que
cumplimenten los requisitos.
Que, esta instancia considera oportuno lo expuesto.
Por ello, en uso de las facultades que le fueran conferidas,
Artículo 1°.- Modifícase el artículo 6° del Anexo I de la Disposición N° 2022-32-
GCABA-DGCEME, que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 6°.- Se
establece que los/as guías de turismo que presten servicios en los cementerios de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tendrán un plazo de doce (12) meses desde la
aprobación de la presente para cumplimentar los requisitos previstos en el Capítulo IV
"Del ordenamiento de la actividad cultural en Cementerios" de la Ley N° 4.977".
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese al Ente de Turismo de la Ciudad y a las Gerencias Operativas de los
Cementerios de la Chacarita, Recoleta y Flores. Cumplido, archívese. Maffuchi