ORDENANZA 31693 1975

Síntesis:

PROHIBICIÓN DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS EN TRAMOS DE ARTERIAS.

Publicación:

18/11/1975

Sanción:

25/09/1975

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

13/11/1975


Expediente N° 78.990-75

Artículo 1°.- Prohíbese el estacionamiento general de vehículos, en concordancia con lo establecido en el artículo 1° de la Ordenanza número 27.384 (B.M. 14.476), en el siguiente tramo de arteria:

Acoyte: entre Juan Francisco Aranguren y Avenida Angel Gallardo: prohibido estacionar los días hábiles de 7 a 21 horas, y los sábados y feriados laborables de 7 a 14.

Art. 2°.- Prohíbese operar en carga y reparto, entre las 9 y las 24 horas, en los siguientes tramos de arteria:

José María Moreno: entre Avenida Rivadavia y Zuviría.

Acoyte: entre Avenida Rivadavia y Avenida Angel Gallardo.

Art. 3°.- El Departamento Ejecutivo, por intermedio de las reparticiones técnicas competentes, procederá a instalar a la brevedad el respectivo señalamiento ilustrativo.

Art. 4°.- Comuníquese, etc.

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