ACORDADA 46 2022 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Síntesis:
MODIFICA - ANEXO III DE LA ACORDADA N° 1/98 - ESCALAFÓN DEL TRIBUNAL - CATEGORIAS - VIGENCIA: A PARTIR DEL 1° DE OCTUBRE DE 2022
Publicación:
09/11/2022
Sanción:
28/10/2022
Organismo:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACORDADA N.° 46/TSJCABA/22
Buenos Aires, 28 de octubre de 2022
Se reúne el Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, la juez Inés M.
WEINBERG, su vicepresidenta, la jueza Alicia E. C. RUIZ, el juez Luis F. LOZANO, la
jueza Marcela DE LANGHE, y el juez Santiago OTAMENDI y;
VISTO: El Anexo III de la Acordada n° 1/1998 y sus modificatorias y la Acordada n°
17/2021 y
CONSIDERAN:
Por Acordada n° 1/1998 se aprobó el Escalafón del Tribunal cuyo Anexo III fue
sustituido por la Acordada n° 17/2021, actualmente vigente, que establece los cargos
contemplados en el Escalafón del Tribunal y sus correspondientes categorías
asociadas.
Resulta conveniente la incorporación de una categoría 10.1 asociada al cargo de
Auxiliar del Escalafón del Tribunal y suprimir los cargos de Ayudante Auxiliar, asociado
a la categoría 11 y Auxiliar de Servicio, asociado a la categoría 12.
Así, se torna necesario dictar un acto administrativo que actualice el escalafón.
Por ello; y en ejercicio de las facultades atribuidas por el art. 114 de la Constitución de
la Ciudad,
ACUERDAN:
1. Modificar el Anexo III de la Acordada n° 1/1998 (texto conforme Acordada n°
17/2021):
a) suprimir los cargos de Ayudante Auxiliar, asociado a la categoría 11 y de Auxiliar de
Servicio, asociado a la categoría 12; y
b) incorporar la categoría 10.1, asociada al cargo de Auxiliar, y establecer los salarios
básicos correspondientes, según el Anexo que en archivo embebido se incorpora a la
presente.
2. Instruir a la Dirección General de Administración para que elabore los proyectos de
actos administrativos necesarios, a fin de que los agentes que revistan en los cargos
suprimidos por el apartado anterior, sean encuadrados en la categoría 10.1,
correspondiente al cargo de Auxiliar.
3. Encomendar a la Dirección General de Administración que adecue los procesos y
registraciones en los sistemas conforme la nomenclatura aquí definida.
4. Instruir a la Dirección General de Administración que los agentes que ya hayan
accedido al cobro del adicional de permanencia en la categoría, lo conserven en la
categoría en que serán encuadrados. Más allá de ello, la presente implica el reinicio
del cómputo del plazo para acceder a este concepto adicional.
5. Disponer que lo establecido en la presente Acordada tiene vigencia a partir del 1° de
octubre de 2022.
6. Mandar se registre; se notifique y se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Buenos Aires. De Langhe - Ruiz - Weinberg - Otamendi - Lozano -
Ferrari