RESOLUCIÓN 754 2022 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Síntesis:
ESTABLECE - VALOR - MÓDULOS - PRESTACIÓN AUXILIAR - SERVICIO DEL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE TRÁNSITO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE LA MOVILIDAD
Publicación:
09/11/2022
Sanción:
07/11/2022
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Estado:
No vigente
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 y 5.688 (Texto consolidado por Ley No 6.347) y sus
respectivas normas modificatorias y reglamentarias, el Decreto N° 463/19 y sus
modificatorios y el Expediente N° EX-2022-32992634-GCABA-DGCATRA, y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo
referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación,
implementación y control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que, el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires tiene como finalidad la formulación, implementación y control de las políticas de
seguridad pública desarrolladas en el ámbito local, aquellas referidas a las estrategias
sociales de prevención de la violencia y el delito, así como las estrategias
institucionales de persecución penal, de seguridad preventiva comunitaria y de
seguridad compleja;
Que, el Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires está constituido por la Policía de la Ciudad, el Cuerpo de Bomberos, el Cuerpo
de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, entre otros, conforme lo dispone el
artículo 492 de la Ley 5.688;
Que, el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte es la autoridad de
control del tránsito y el transporte en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los
términos del Código de Tránsito y Transporte aprobado por Ley 2.148 (texto
consolidado por Ley 6.347);
Que, la ley N° 5.688 dispone en su artículo 503 las funciones y facultades del Cuerpo
de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, entre las que se encuentran las de
ordenar y dirigir el tránsito, ejercer el control del estacionamiento en la vía pública,
desarrollar operativos de seguridad vial y ordenamiento del tránsito en ocasión de
eventos y movilizaciones en la vía pública, entre otras;
Que, mediante Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, asumiendo la Secretaría de Transporte y Obras Públicas
de la Ciudad de Buenos Aires diversas funciones tales como entender en la regulación
y control del transporte y el tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,entender
en las políticas referidas a la gestión, fiscalización y ordenamiento del tránsito y
transporte;
Que, la Secretaría de Transporte y Obras Públicas tiene a su cargo la Subsecretaría
de Gestión de la Movilidad, la Subsecretaría de Obras y la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad;
Que, mediante el citado Decreto se contempló dentro la órbita de la Subsecretaría de
Gestión de la Movilidad a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito cuyas
principales misiones y funciones son las de planificar, organizar y ejecutar los
operativos y controles en la vía pública;
Que, a fin de cubrir funciones de bajo riesgo con agentes públicos no policiales y no
armados y contribuir a implementar una concepción de la seguridad y del
ordenamiento del tránsito y movilidad urbana basada en los conceptos de prevención
comunitaria y mediación en los potenciales conflictos, con fecha 4 de octubre del
corriente año, se dictó la Resolución N° RESOL-2022-665-GCABA-SECTOP;
Que, la referida resolución creó la Prestación Auxiliar al Servicio del Cuerpo de
Agentes de Control de Tránsito y Transporte, aprobó su reglamentación, el
procedimiento para la tramitación de solicitudes, el modelo de Convenio de Prestación
Auxiliar al Servicio del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte y
facultó a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito a elaborar y aprobar los
formularios de solicitud de la Prestación Auxiliar al Servicio del Cuerpo de Agentes de
Control de Tránsito y Transporte y determinar la documentación que deben acompañar
los solicitantes;
Que, mediante la reglamentación de dicha prestación auxiliar, se estableció que el
personal del Cuerpo de Agentes de Control Tránsito y Transporte cumple las tareas de
la Prestación Auxiliar al Servicio del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y
Transporte en forma voluntaria, fuera de su jornada laboral y percibe la
contraprestación que será establecida por resolución de la Secretaría de Transporte y
Obras Públicas;
Que, en virtud de ello, la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito, emitió el
Informe Técnico N° IF-2022-38000647-GCABA-DGCATRA por el cual se considera
conveniente establecer el valor de cada módulo de servicio de un Agente del Cuerpo
de Control de Tránsito y Transporte en 50 Unidades Fijas (UF).
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 463/2019 y sus
modificatorios,
Artículo 1°.- Establécese el valor de cada módulo de la Prestación Auxiliar al Servicio
del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte por cada agente de
tránsito, en cincuenta (50) Unidades Fijas (UF), con arreglo a las previsiones
establecidas en el Artículo 20 de la Ley 451.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito y al Ministerio de
Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. López Menéndez