RESOLUCIÓN 6589 2022 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
DESIGNA GERENTE OPERATIVA - LUCILA BERNER - TRANSITORIO - GERENCIA INFRAESTRUCTURA CULTURAL - DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN DEL LIBRO BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
15/11/2022
Sanción:
09/11/2022
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los
Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11 y 463/19 y modificatorios, la Resolución N°
3.749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias y el Expediente Electrónico N° 32929206-
GCABA-DGPLBC-2022, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N° 684/09, el cual
especifica que los cargos gerenciales se dividen en dos niveles, denominados
"Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponden las
acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales;
Que por Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19 y modificatorias se aprobaron las
disposiciones generales aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria, el Ministerio de Cultura
propicia la designación, a partir del 20 de septiembre de 2022, de la Sra. Lucila Berner,
DNI N° 30.493.833, CUIL N° 27-30493833-7, como Gerente Operativa de la Gerencia
Operativa Infraestructura Cultural de la Dirección General Promoción del Libro,
Bibliotecas y la Cultura, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural de dicha
Jurisdicción;
Que mediante Informe N° 2022-38095665-GCABA-DGPLBC la Dirección General
Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura dio cumplimiento a lo dispuesto en el
inciso i) del artículo 3° del Anexo I de la mentada Resolución N° 3.749-GCABA-
MEFGC/19;
Que por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19 se
estableció que el cese del personal designado con carácter transitorio en cargos de
régimen gerencial no otorgará, en ningún caso, derecho a la percepción de monto
indemnizatorio alguno;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad de la agente
propuesta para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el
artículo 7° de la Ley N° 471, y ha dado cumplimiento a los recaudos exigidos por la
normativa en vigencia;
Que, conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17, incisos 11 y 12, de la
Ley N° 6.292,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 20 de septiembre de 2022, con carácter transitorio, a
la Sra. Lucila Berner, DNI N° 30.493.833, CUIL N° 27-30493833-7, como Gerente
Operativa de la Gerencia Infraestructura Cultural de la Dirección General Promoción
del Libro, Bibliotecas y la Cultura, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Cultural
del Ministerio de Cultura.
Artículo 2°.- La designación de la agente mencionada en el artículo anterior reviste
carácter transitorio, pudioendo cesar en el cargo de régimen gerencial sin derecho a la
percepción de monto indemnizatorio alguno, de conformidad a lo establecido en el
artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19.
Artículo 3°.- La agente designada en el artículo 1° deberá acreditar de manera
fehaciente, en el plazo perentorio de sesenta (60) días corridos desde la notificación
de la presente Resolución, ante la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas
y la Cultura, el cumplimiento de las capacitaciones previstas en el artículo 3° bis,
incisos a) y b), del Anexo I de la Resolución N° 3.749-GCABA-MEFGC/19 y
modificatorias.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones
Generales Administración y Liquidación de Haberes, Desarrollo del Servicio Civil y
Técnica, Administrativa y Legal, todas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General
Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura del Ministerio de Cultura, debiendo esta
última notificar fehacientemente a la interesada los términos de la presente. Cumplido,
archívese. Mura