RESOLUCIÓN 97 2022 SUBSECRETARIA PAISAJE URBANO

Síntesis:

AUTORIZA - FUNCIONAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE ABASTECIMIENTO BARRIAL DE TIPO ORGÁNICO O ESPECIAL N° 34 - BA MARKET-FERIAS DE LA CIUDAD - PLAZA ECHEVERRÍA - BAUNESS 2758 - VILLA URQUIZA -  COMUNA 12 - SÁBADO 12 Y DOMINGO 13 DE NOVIEMBRE - DE 10 A 19 HS

Publicación:

16/11/2022

Sanción:

10/11/2022

Organismo:

SUBSECRETARIA PAISAJE URBANO


VISTO: Las Leyes Nros. 5.122 y 6.292 y modificatorios (textos consolidados por Ley

N° 6.347), el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510-GCABA/97, los Decretos

Nros. 491-GCABA/16, N°463- GCABA/19 y modificatorios, las Disposiciones Nros.

1007-DGFYME/16 y 376-DGFER/19, y el Expediente Electrónico N° 39779673-

GCABA-DGCDPU/22, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de

Ministerios estableciendo para el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana,

entre otros, las responsabilidades de "entender en lo relativo al ordenamiento del

Espacio Público, planificando estrategias y diseñando e implementando políticas en

relación con el mismo", así como entender en lo relativo al uso del espacio público;

Que, el Decreto N°463-GCABA/19 y modificatorios aprobó la estructura orgánica del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la órbita del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación

del Paisaje Urbano, dependiente de la Subsecretaria de Paisaje Urbano;

Que el mentado Decreto incluye dentro de las responsabilidades primarias de dicha

Dirección General la de "diseñar políticas de regulación, registro, fomento y

coordinación de la actividad de ferias y mercados y comercios callejeros";

Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se autoriza la

instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto

reglamentario N° 491-GCABA/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su

actual continuadora institucional, la Dirección General de Conservación del Paisaje

Urbano, es la autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar

las normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su

aplicación;

Que, la Disposición N° 1007-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad de las

Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;

Que, a través de la Disposición N° 376-DGFER/19 se ha autorizado la Feria Itinerante

de Abastecimiento Barrial (FIAB) N° 34 "BA Market- Ferias de la Ciudad" en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Comunicación Oficial N° 39805584-DGCDPU/22, se informó a la Junta

Comunal N° 12 de nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial N° 34 "BA MARKET";

Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por IF N°

39810912-DGCDPU/22 solicita y presta conformidad a autorizar nuevos

emplazamientos de FIAB N° 34 para el próximo Sábado 12 y Domingo 13 de

noviembre de 2022 en Plaza Echeverria;

Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 10 hs hasta las 19 hs

contemplando el armado y desarmado a partir de las 22 hs del día viernes 11 de

noviembre hasta las 24 hs del día domingo 13 de noviembre;

Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de

Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de

calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, en uso de las facultades otorgadas por los artículos 2 y 3 del Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 1510-GCABA/97,

EL SUBSECRETARIO DE PAISAJE URBANO

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorízase el funcionamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento

Barrial de tipo orgánico o especial N° 34 "BA MARKET-Ferias de la Ciudad", conforme

detalle obrante en el Anexo (IF-2022-39811922-GCABA-DGCDPU), que forma parte

integrante de la presente, de acuerdo a los considerandos de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones

correspondientes. Cumplido, archívese. Vacas


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6502

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 97/SSPURB/22 autoriza el funcionamiento de la Feria Itinerante de Abastecimiento Barrial de tipo orgánico o especial N° 34 BA MARKET-Ferias de la Ciudad, aprobada por Disposición N° 376/DGFER/19.</p>