DISPOSICIÓN 88 2022 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

Síntesis:

APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - TRAMITACIÓN - PRESENTACIONES Y OFICIOS PROVENIENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - VIOLENCIA DE GÉNERO - INTERVENCIÓN DERIVACIÓN Y PEDIDOS DE INFORMACIÓN HACIA EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

25/11/2022

Sanción:

17/11/2022

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos (D.N.U. N° 1510/97 ratificado por

Resolución N° 71- LCABA/98), las Leyes N° 1903, 3304, 6292 (Textos consolidados

por la Ley N° 6347), los Decretos N ° 5.133-MCBA/79, 429/13, 463/19 y sus

modificatorios, el Convenio de Colaboración N°41961933- RL2022-DGEGRAL, el EX-

2022-41287649- -GCABA-MGEYA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Procedimientos Administrativos en su artículo 34° establece que, "si

para sustanciar las actuaciones se necesitaren datos o informes de terceros o de otros

órganos administrativos, se los deberá solicitar directamente o mediante oficio, de lo

que se dejará constancia en el expediente", a cuyos efectos, "las dependencias de la

Administración, cualquiera sea su situación jerárquica, quedan obligadas a prestar su

colaboración permanente y recíproca";

Que el Decreto N° 5133-MCBA/79 aprobó las normas para la tramitación de oficios

judiciales;

Que a partir de la implementación del "Plan de Modernización de la Administración

Pública", aprobado por la Ley N° 3304, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires impulsó medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que

permitan agilizar los trámites administrativos, dotándolos de mayor transparencia y

accesibilidad para su control;

Que en tal sentido, por el Decreto N° 429/13 se creó la "Plataforma de Tramitación a

Distancia TAD", del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE,

como medio de interacción del ciudadano con la Administración, posibilitando la

recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y

comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la mencionada plataforma;

Que el Ministerio Público Fiscal, de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Ley Orgánica del Ministerio Público N°

1.903, tiene como función, en el ámbito de su jurisdicción y competencia, promover la

actuación de la justicia en defensa de la legalidad y los intereses generales de la

sociedad, velar por la normal prestación del servicio de justicia, procurar ante los

tribunales la satisfacción del interés social y velar por la observancia de la Constitución

Nacional, los Tratados Internacionales, la Constitución de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, las leyes nacionales y locales, entre otras;

Que por su parte, por Resolución N.° 4/FG/20 y sus modificatorias el Fiscal General

dispuso la reorganización de la estructura correspondiente al nivel central de la

Fiscalía General y se asignaron a la Secretaria General de Política Criminal y

Asistencia a la Victima las misiones de "entender en el diseño, monitoreo y evaluación

de la planificación estratégica del Ministerio Público Fiscal en materia de política

criminal, género y asistencia a la víctima y al testigo" y "asistir al Fiscal general en los

temas o asuntos prioritarios o estratégicos y en las reformas de importancia decisiva

para el logro de los objetivos generales de la gestión";

Que en ese entendimiento, dicho órgano solicita al Poder Ejecutivo distintos

requerimientos en materia de violencia de género sustentados entre otras normas, en

las Leyes Nacionales N° 26.485 "Ley de Protección Integral a las Mujeres" y N° 27.499

"Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia" y las Leyes N° 1.225 , "Ley de

Regulación de violencia laboral, acoso sexual y maltrato en el sector público de la

CABA" y N° 6.083, "Ley de Prevención, Tratamiento y Erradicación de la violencia de

género en el ámbito laboral"; ";

Que, por otra parte, por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

a la Secretaría Legal y Técnica;

Que, por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires de la citada Secretaría Legal y Técnica, contemplándose a la Dirección

General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo;

Que el mentado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, las de organizar la recepción,

giro y seguimiento de las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires; caratular los expedientes e implementar mecanismos para

la descentralización administrativa, planificar y ejecutar, proyectos y normas que

promuevan cambios en la ejecución de los procedimientos y propicien la

modernización, simplificación y sistematización de los mismos, entre otras.

Que, en virtud de lo expuesto, la Secretaría Legal y Técnica y el Ministerio Público

Fiscal, con fecha 17 de noviembre de 2022, han suscrito un Convenio de Colaboración

Registrado bajo el N°41961933-RL2022-DGEGRAL con el objetivo de "aunar

esfuerzos para agilizar y tramitar los requerimientos presentados al Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires por parte del MPF CABA, a fin de garantizar los

derechos de las personas víctimas de violencia de género y/o doméstica, como así

también de otros grupos de población vulnerable.

Que, en la cláusula cuarta del Convenio de Colaboración se designó, como

representante institucional y de coordinación de la Secretaría Legal y Técnica, al

Director General de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo;

Que, en este orden de ideas, resulta necesario aprobar el procedimiento administrativo

para la tramitación de Presentaciones y Oficios Judiciales provenientes del Ministerio

Público Fiscal, motivados en casos de violencia de género y/o doméstica, como así

también de otros grupos de población vulnerable. y que demanden la asistencia y/o

colaboración de las reparticiones que integran el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Bueno Aires;

Que, en atención a lo expuesto, corresponde dictar la norma legal pertinente.

Por ello, de acuerdo con las facultades que les son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS

Y ARCHIVO

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar el "Procedimiento administrativo para la tramitación de

Presentaciones y Oficios provenientes del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en materia de actuaciones propiciadas en casos de

violencia de género que requieran la intervención, derivación y pedidos de información

hacia el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" que como Anexo I (IF-

2022-41975240-GCABA-MGEYA) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías y a las Direcciones

Generales Técnicas, Administrativas y Legales y/u órgano equivalente de los

Ministerios y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Procuración

General de la Ciudad de Buenos Aires y al Ministerio Público Fiscal. Cumplido,

archívese. Panera


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6508

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición 88/MGEYA/22 aprueba el Procedimiento administrativo para la tramitación de Presentaciones y Oficios provenientes del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en materia de actuaciones propiciadas en casos de violencia de género que requieran la intervención, derivación y pedidos de información hacia el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, complementando lo dispuesto por el Decreto 5133/79</p>