DISPOSICIÓN 88 2022 DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
Síntesis:
APRUEBA - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO - TRAMITACIÓN - PRESENTACIONES Y OFICIOS PROVENIENTES DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL - VIOLENCIA DE GÉNERO - INTERVENCIÓN DERIVACIÓN Y PEDIDOS DE INFORMACIÓN HACIA EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
25/11/2022
Sanción:
17/11/2022
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos (D.N.U. N° 1510/97 ratificado por
Resolución N° 71- LCABA/98), las Leyes N° 1903, 3304, 6292 (Textos consolidados
por la Ley N° 6347), los Decretos N ° 5.133-MCBA/79, 429/13, 463/19 y sus
modificatorios, el Convenio de Colaboración N°41961933- RL2022-DGEGRAL, el EX-
2022-41287649- -GCABA-MGEYA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Procedimientos Administrativos en su artículo 34° establece que, "si
para sustanciar las actuaciones se necesitaren datos o informes de terceros o de otros
órganos administrativos, se los deberá solicitar directamente o mediante oficio, de lo
que se dejará constancia en el expediente", a cuyos efectos, "las dependencias de la
Administración, cualquiera sea su situación jerárquica, quedan obligadas a prestar su
colaboración permanente y recíproca";
Que el Decreto N° 5133-MCBA/79 aprobó las normas para la tramitación de oficios
judiciales;
Que a partir de la implementación del "Plan de Modernización de la Administración
Pública", aprobado por la Ley N° 3304, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires impulsó medidas tendientes a adoptar el uso de herramientas tecnológicas que
permitan agilizar los trámites administrativos, dotándolos de mayor transparencia y
accesibilidad para su control;
Que en tal sentido, por el Decreto N° 429/13 se creó la "Plataforma de Tramitación a
Distancia TAD", del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE,
como medio de interacción del ciudadano con la Administración, posibilitando la
recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y
comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la mencionada plataforma;
Que el Ministerio Público Fiscal, de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Ley Orgánica del Ministerio Público N°
1.903, tiene como función, en el ámbito de su jurisdicción y competencia, promover la
actuación de la justicia en defensa de la legalidad y los intereses generales de la
sociedad, velar por la normal prestación del servicio de justicia, procurar ante los
tribunales la satisfacción del interés social y velar por la observancia de la Constitución
Nacional, los Tratados Internacionales, la Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, las leyes nacionales y locales, entre otras;
Que por su parte, por Resolución N.° 4/FG/20 y sus modificatorias el Fiscal General
dispuso la reorganización de la estructura correspondiente al nivel central de la
Fiscalía General y se asignaron a la Secretaria General de Política Criminal y
Asistencia a la Victima las misiones de "entender en el diseño, monitoreo y evaluación
de la planificación estratégica del Ministerio Público Fiscal en materia de política
criminal, género y asistencia a la víctima y al testigo" y "asistir al Fiscal general en los
temas o asuntos prioritarios o estratégicos y en las reformas de importancia decisiva
para el logro de los objetivos generales de la gestión";
Que en ese entendimiento, dicho órgano solicita al Poder Ejecutivo distintos
requerimientos en materia de violencia de género sustentados entre otras normas, en
las Leyes Nacionales N° 26.485 "Ley de Protección Integral a las Mujeres" y N° 27.499
"Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia" y las Leyes N° 1.225 , "Ley de
Regulación de violencia laboral, acoso sexual y maltrato en el sector público de la
CABA" y N° 6.083, "Ley de Prevención, Tratamiento y Erradicación de la violencia de
género en el ámbito laboral"; ";
Que, por otra parte, por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
a la Secretaría Legal y Técnica;
Que, por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánica
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de la citada Secretaría Legal y Técnica, contemplándose a la Dirección
General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo;
Que el mentado Decreto establece, entre las responsabilidades primarias de la
Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo, las de organizar la recepción,
giro y seguimiento de las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires; caratular los expedientes e implementar mecanismos para
la descentralización administrativa, planificar y ejecutar, proyectos y normas que
promuevan cambios en la ejecución de los procedimientos y propicien la
modernización, simplificación y sistematización de los mismos, entre otras.
Que, en virtud de lo expuesto, la Secretaría Legal y Técnica y el Ministerio Público
Fiscal, con fecha 17 de noviembre de 2022, han suscrito un Convenio de Colaboración
Registrado bajo el N°41961933-RL2022-DGEGRAL con el objetivo de "aunar
esfuerzos para agilizar y tramitar los requerimientos presentados al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires por parte del MPF CABA, a fin de garantizar los
derechos de las personas víctimas de violencia de género y/o doméstica, como así
también de otros grupos de población vulnerable.
Que, en la cláusula cuarta del Convenio de Colaboración se designó, como
representante institucional y de coordinación de la Secretaría Legal y Técnica, al
Director General de la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo;
Que, en este orden de ideas, resulta necesario aprobar el procedimiento administrativo
para la tramitación de Presentaciones y Oficios Judiciales provenientes del Ministerio
Público Fiscal, motivados en casos de violencia de género y/o doméstica, como así
también de otros grupos de población vulnerable. y que demanden la asistencia y/o
colaboración de las reparticiones que integran el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Bueno Aires;
Que, en atención a lo expuesto, corresponde dictar la norma legal pertinente.
Por ello, de acuerdo con las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Aprobar el "Procedimiento administrativo para la tramitación de
Presentaciones y Oficios provenientes del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en materia de actuaciones propiciadas en casos de
violencia de género que requieran la intervención, derivación y pedidos de información
hacia el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" que como Anexo I (IF-
2022-41975240-GCABA-MGEYA) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías, Subsecretarías y a las Direcciones
Generales Técnicas, Administrativas y Legales y/u órgano equivalente de los
Ministerios y Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo, a la Procuración
General de la Ciudad de Buenos Aires y al Ministerio Público Fiscal. Cumplido,
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