LEY 6569 2022

Síntesis:

IMPLEMENTA - MECANISMOS - BRINDAR INFORMACIÓN DE MODO VIRTUAL - SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA - DE FORMA COMPLEMENTARIA  - ESPACIOS DE CONSEJERÍA PRESENCIAL -  NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

30/11/2022

Sanción:

03/11/2022

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

25/11/2022


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo implementará los mecanismos necesarios a fin de

brindar información de modo virtual, acerca de salud sexual y reproductiva, de forma

complementaria a los espacios de consejería presencial destinados a tales fines.

Art. 2°.- Lo estipulado en el artículo 1° se realizará a través de medios de

comunicación electrónicos o del soporte tecnológico, en base a protocolos y

estándares de atención que defina la autoridad de aplicación.

Art. 3°.- La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Salud de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o el organismo que en el futuro lo reemplace.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi

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