DECRETO 409 2022
Síntesis:
ACEPTA RENUNCIA - SECRETARIA - MILAGROS LUCÍA MAYLIN - SECRETARÍA DE BIENESTAR INTEGRAL - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
05/12/2022
Sanción:
02/12/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6292 (texto consolidado por la Ley N° 6347), los Decretos Nros.
463/19 y modificatorios, 269/21, 352/21, el Expediente Electrónico N° 45023894-
GCABA-DGAYDRH/22, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Salud;
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Secretaría de Bienestar Integral del citado Ministerio;
Que por Decreto N° 269/21 se designó oportunamente, a partir del 1° de agosto de
2021, a la Lic. Milagros Lucía Maylin, D.N.I. N° 31.932.577, C.U.I.L. N° 27-31932577-3,
como Secretaria de la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores
dependiente del Ministerio de Salud, siendo ratificada como Secretaría de Bienestar
Integral mediante Decreto N° 352/21;
Que la mencionada funcionaria presentó su renuncia al cargo aludido a partir del 2° de
diciembre de 2022;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Salud propicia la aceptación de la renuncia
en cuestión;
Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. Aceptar, a partir del 2° de diciembre de 2022, la renuncia presentada por
la Lic. Milagros Lucía Maylin, D.N.I. N° 31.932.577, C.U.I.L. N° 27-31932577-3, al
cargo de Secretaria de la Secretaría de Bienestar Integral dependiente del Ministerio
de Salud.
Artículo 2°. El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6357. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y
demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de
Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría de Administración del Sistema de
Salud del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -
González Bernaldo de Quirós - Miguel