DISPOSICIÓN 2 2022 DIRECCION GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL
Síntesis:
APRUEBA - CLASIFICACIÓN DE LOS CURSOS OFRECIDOS O CERTIFICADOS POR EL INSTITUTO SUPERIOR DE LA CARRERA - ISC - DIRECCIÓN GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL
Publicación:
13/12/2022
Sanción:
10/11/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL
VISTO: La Ley N° 471 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos N°
726/GCABA/07 y modificatorios, y N° 463/GCABA/19 y modificatorias, el Acta de
Negociación Colectiva N° 17/13 (Texto Consolidado por Resolución N°
2.026/GCABA/MHFGC/22), y N° 14/17, instrumentada por Resolución N°
2671/GCABA/MHGC/17, el Expediente Electrónico N° 40415486-GCABA-ISC/22 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 471 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), se sancionó el Régimen
de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, estableciéndose en su artículo 76 la creación del Instituto Superior de la
Carrera Administrativa;
Que por Decreto N° 726/GCABA/07, y modificatorios, y de conformidad con lo
expuesto en el artículo 76 de la Ley N° 471,se creó como Organismo Fuera de Nivel el
Instituto Superior de la Carrera (ISC) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, dependiente de la Secretaría de Transformación Cultural, Jefatura de Gabinete
de Ministros, conforme Decreto N° 463/GCABA/19, y modificatorias, con el objeto de
proponer y ejecutar, por sí o por terceros, la capacitación necesaria para el desarrollo
del personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como atender
a los requerimientos para el desarrollo de la carrera administrativa vigente;
Que por Resolución N° 2.026-GCABA-MHFGC/22, se instrumentó el Acta de
Negociación Colectiva Comisión Central Acta N° 17/13, la cual en su artículo
primero da por aprobado el texto completo del nuevo Régimen Escalafonario y de
Carrera Administrativa;
Que el Acta mencionada, en su artículo 41 establece los requisitos de promoción de
grado, constituyendo uno de ellos la obtención de los créditos de capacitación
establecidos por la Autoridad de Aplicación;
Que por Acta de Negociación Colectiva N° 14/17, instrumentada por Resolución N°
2.671/GCABA/MHGC/17, se aprobaron las exigencias de capacitación y el sistema de
asignación de créditos y equivalencias para la promoción de grado;
Que por artículo 5° del Anexo I del Acta mencionada en el considerando anterior, se
estableció que la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil, perteneciente a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del entonces Ministerio
de Hacienda, actual Ministerio de Hacienda y Finanzas, en conjunto con el Instituto
Superior de la Carrera, dependiente de la Secretaría de Transformación Cultural de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, clasificarán los cursos ofrecidos o certificados por el
mismo, de acuerdo a las categorías definidas en dicho artículo y elaborarán una
disposición conjunta, la cual remitirán al Directorio del ISC ad-referéndum de su
validación;
Que en virtud de ello, y a los efectos de la asignación de créditos y equivalencias para
la promoción de grado de los/as agentes comprendidos/as en el artículo 1° del Anexo I
del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, resulta necesaria la clasificación de
cursos, que como Anexo I, (IF-2022-40220017-GCABA-DGDSCIV) forma parte
integrante de la presente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 5° del Anexo I, del Acta de
Negociación Colectiva N° 14/17, instrumentada por Resolución N°
2671/GCABA/MHGC/17,
Artículo 1°.- Apruébese la clasificación de los cursos ofrecidos o certificados por el
Instituto Superior de la Carrera (ISC), conforme las categorías que se detallan en el
artículo 5° del Anexo I del Acta de Negociación Colectiva N° 14/17, instrumentada por
Resolución N° 2671/GCABA/MHGC/17, que como Anexo I (IF-2022-40220017-
GCABA-DGDSCIV) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Remítase el presente Acto Administrativo al Directorio del Instituto
Superior de la Carrera ad-referéndum de su validación, en cumplimiento de lo
dispuesto por artículo 5° del Anexo I del Acta de Negociación Colectiva referida.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese a las Coordinaciones del
Instituto Superior de la Carrera y a la Secretaría de Transformación Cultural, de la que
depende, bajo la órbita de Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General
Desarrollo del Servicio Civil, a la Subsecretaría Gestión de Recursos Humanos,
dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Griffin
Lynch - Flores