RESOLUCIÓN 1369 2022 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
APRUEBA - TÍTULOS - TEMPORADA ARTÍSTICA 2023 - RESURRECCIÓN - DIVINA ITALIA - FOCO GANDINI - COLÓN EN LA CIUDAD - ÓPERA - BALLET - CONCIERTOS - MOZARTEUM ARGENTINO - LA NOVENA - ISA - CETC - COLÓN FÁBRICA - AGENDA 2023 - PLANO SALA PRINCIPAL - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Publicación:
15/12/2022
Sanción:
12/12/2022
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 13 de diciembre de 2023
VISTO: La Ley Nacional 27.541, La Ley 2.855 (texto consolidado por la Ley 6.347) y
su Decreto reglamentario N° 1.342/08, el Decreto N° 1/20 y sus sucesivas prórrogas,
el Decreto N° 867/PEN/21, 260/PEN/20 las resoluciones N° 657/GCABA-MSGC/2022,
2050/GCABA-MSGC/22, 1849/APN-MS/2022, 34/GCABA-EATC/2021 574/GCABA-
EATC/2022, 703/GCABA-EATC/2022 y el Expediente Electrónico N° EX-2022-
45862063-GCABA-DGPREATC y,
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita la aprobación de la programación
de la Temporada Artística para el año 2023 del Ente Autárquico Teatro Colón remitida
por la Dirección General de Producción;
Que la Guía Anual de Funciones del Ente Autárquico Teatro Colón comprende la
realización de diferentes actividades de ópera, ballet, conciertos y otras de carácter
cultural;
Que mediante la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) se creó el Ente
Autárquico Teatro Colón en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía
funcional y autarquía financiera, con la organización y competencia establecidas en
esa Ley;
Que por el Decreto N° 1.342/08 se aprobó la reglamentación de la precitada Ley;
Que el artículo 2° de la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) dispone
que es misión del Ente Autárquico Teatro Colón "...crear, formar, representar,
promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de cámara- y
experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición histórica, en el
marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...";
Que el artículo 3° de la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.347) le
atribuye al Ente Autárquico Teatro Colón entre las diferentes funciones, la de
"...facilitar al conjunto de los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
conforme al artículo 32 de la Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades
artístico culturales que desarrolla...",cfr. inciso b) y la de "...entender en la planificación,
programación y ejecución de actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical
- sinfónico y de cámara - y experimental...", cfr. inciso c);
Que el artículo 14° inciso c) de la Ley N° 2.855 (texto consolidado por la Ley N° 6.347)
dispone que es función del Director/a General establecer la programación de los
espectáculos que desarrolle este Teatro;
Que el artículo 14°, inciso l), de la citada Ley establece como función del del Director/a
General "...Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de
los objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos
humanos, físicos, económicos, financieros y patrimoniales...";
Que cabe destacar que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado una
pandemia por motivos del virus COVID-19 (Coronavirus) propagado a nivel mundial,
de persona a persona de modo acelerado;
Que en este marco, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo
Nacional N° 260/20 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida
por la Ley Nacional N° 27.541, mediante la cual se determinaron medidas generales
de prevención del Coronavirus (COVID-19) y disposiciones locales y focalizadas en la
contención de los contagios. Dicho decreto fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de
2022 por el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 867/21;
Que en el referido contexto, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró
la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
15 de junio de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del
coronavirus (COVID-19), prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21 10/21,
11/21, 12/21, 13/21, 14/21, 1/22, 2/22, 3/22, 4/22 y 5/22 hasta el 31 de diciembre de
2022;
Que en adición, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se aprobó por
Resolución Resolución N° 657/GCABA-MSGC/2022 la "GUÍA DE
RECOMENDACIONES PARA LA POBLACIÓN GENERAL EN CONTEXTO DE
PANDEMIA COVID-19", la cual fue modificada por N° 2050/GCABA-MSGC/2022;
Que posteriormente, por Resolución N° 1849/APN-MS/2022 se estableció el carácter
no obligatorio del uso del barbijo para todo el territorio argentino, conservando la
competencia de cada jurisdicción para adoptar las recomendaciones pertinentes en
función de su situación epidemiológica particular y la estrategia sanitaria planificada;
Que atento al contexto sanitario imprevisible, los protocolos se han ido modificando y
actualizando en forma constante. En miras de proteger al público, los trabajadores y
artistas, el Teatro Colón se adaptará a las medidas sanitarias imperantes, pudiendo en
tal caso cancelar, suspender, modificar o reprogramar las funciones;
Que deviene oportuno mencionar que el Ente Autárquico Teatro Colón aprobó
mediante la Resolución 34/GCABA-EATC/2021 los términos y condiciones de carácter
obligatorio y vinculante para la venta de las localidades en el marco del contexto
sanitario imperante, complementarios a las condiciones de venta incluidas en la
descripción durante el proceso de compra de la página del SERVICIO DE EMISIÓN,
ADMINISTRACIÓN Y VENTA DE LOCALIDADES del TEATRO, obrantes bajo IF-
2021-07384712-GCABADGTALEATC;
Que a su vez se destaca que, mediante Resolución N° 574/GCABA-EATC/2022 y su
rectificatoria la Resolución N° 703/GCABA-EATC/2022, se aprobó a partir del 1° de
Julio de 2022 la nueva estructura del Ente Autárquico Teatro Colón de acuerdo al
Anexo I IF-2022-26838365-GCABA-EATC (Organigrama) y Anexo II IF-2022-
23903371-GCABA-EATC (Descripción de Responsabilidades), los que a todos sus
efectos forma parte integrante de la mencionada Resolución;
Que mediante NO-2022-45861515-GCABA-DGPREATC e IF-2022-45860301-GCABA-
DGPREATC la Dirección General de Producción informó los Títulos de la Temporada
Artística 2023 para el Ente Autárquico Teatro Colón;
Que la Gerencia Operativa Enlace Artístico Económico, Coordinación General de
Asuntos Legales y la Dirección General Técnica Administrativa y Legal han tomado la
intervención de su competencia;
Que en virtud de las consideraciones expuestas, resulta pertinente la aprobación de la
Temporada Artística 2023 del Ente Autárquico Teatro Colón;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2.855 (texto consolidado por
la Ley N° 6.347),
Artículo 1°.- Apruébanse los Títulos de la Temporada Artística 2023 del Ente
Autárquico Teatro Colón cuyo detalle se encuentra en el Anexo I (IF-2022-45860301-
GCABA-DGPREATC), que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Establézcase e infórmese que se tomarán las medidas que resulten
necesarias dentro de la programación y/o la reprogramación de las funciones, dado el
contexto sanitario imperante y a efectos de implementar los recaudos pertinentes.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal para su comunicación a
todas las Direcciones Generales del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido,
archívese. Telerman