LEY 6609 2022

Síntesis:

 DECLARA INNECESARIO - GESTIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SE AUTORIZA LA DISPOSICIÓN DE LAS DOS NOVENAS PARTES DEL INMUEBLE SITO EN BENITO JUÁREZ 4519-23 - DESTINATARIOS HOSPITAL DE NIÑOS Y HOGAR DE ANCIANOS GOBERNADOR VIAMONTE

Publicación:

16/12/2022

Sanción:

17/11/2022

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

13/12/2022


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Declárase innecesario para la gestión del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y autorízase la disposición - conforme los mecanismos

legales vigentes - de las dos novenas (2/9) partes del inmueble sito en la calle Benito

Juárez 4519/23 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificado catastralmente

como Circunscripción 15, Sección 89, Manzana 26, Parcela 18 A.

Art. 2°.- El producido de la disposición del inmueble conforme el artículo 1°, una vez

descontados los montos de deudas de impuestos, tasas, servicios y/o gastos que

pudiesen pesar sobre los mismos, será destinado en partes iguales al Hospital

General de Niños Dr. Pedro de Elizalde y al Hogar de Ancianos Gobernador Viamonte.

Art. 3°.- La escritura traslativa de dominio se otorgará por ante la Dirección General

Escribanía General, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires o el organismo que en el futuro la reemplace.

Art. 4°.- Los gastos generados por la escrituración de la transferencia de dominio del

inmueble individualizado en el artículo 1°, serán a cargo de los adquirientes.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR