DECRETO 446 2022

Síntesis:

APRUEBA -  PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES  - AUTORIZA LLAMADO - LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA 623-1803-LPU22 - SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS Y PROVISIÓN - PRODUCTOS A GRANEL - BENEFICIARIOS Y PERSONAL AUTORIZADO - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER - DIRECCIÓN GENERAL DE INFANCIAS Y ADOLESCENCIA - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS SOCIALES EN ADICCIONES - SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO PERSONAL FAMILIAR Y COMUNITARIO - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT - JEFATURA DE GOBIERNO

Publicación:

22/12/2022

Sanción:

16/12/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095 y 6.292 (textos consolidados por la Ley N°

6.347), el Decreto Reglamentario N° 74/21, la Disposición N° 167-DGCYC/21 y el

Expediente Electrónico N° 41.857.444- GCABA-DGCYC/22, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente electrónico citado en el Visto tramita la Licitación Pública de

Etapa Única, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, N° 623-1803-LPU22

para la contratación del Servicio de Elaboración y Distribución de Comidas y Provisión

de Productos a Granel destinado a los Beneficiarios y Personal autorizado de los

Efectores de los Programas a cargo de la Dirección General de la Mujer, la Dirección

General de Infancias y Adolescencia y la Dirección General de Políticas Sociales en

Adicciones, dependientes de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal Familiar y

Comunitario del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, en un todo de acuerdo con

lo establecido en los artículos 31, primera parte del 32, 40 y 43 de la Ley N° 2.095

(Texto Consolidado por Ley N° 6.347), por un plazo de veinticuatro (24) meses, cuyo

presupuesto oficial asciende a la suma de pesos cinco mil doscientos millones

quinientos cincuenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos con 83/100

($ 5.200.552.472,83);

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y

contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 74/21 se aprobó la reglamentación de la citada Ley de

Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires N° 2.095 y se fijaron los

niveles de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II,

III, IV, V, VI y VII;

Que por Disposición N° 167-DGCyC/21 la Dirección General de Compras y

Contrataciones del Ministerio de Hacienda y Finanzas, en su carácter de Órgano

Rector del Sistema de Compras y Contrataciones y de acuerdo a las facultades

otorgadas por el artículo 18, Inciso j), de la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de

Bases y Condiciones Generales;

Que conforme el artículo 23 de la Ley N° 6.292 de Ministerios corresponde al

Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente

a sus competencias, entre las que se encuentran diseñar e implementar políticas,

planes y programas de promoción y desarrollo social destinados a la población en

situación de vulnerabilidad social y diseñar e implementar políticas referidas a la

tercera edad, la juventud, la niñez y de género;

Que el proceso licitatorio que se propicia se fundamenta en la necesidad de garantizar

el servicio de elaboración y distribución de comidas y provisión de Productos a Granel

destinados a los beneficiarios y personal autorizado de los efectores de los programas

a cargo de la Dirección General de la Mujer, la Dirección General de Infancias y

Adolescencia y la Dirección General de Políticas Sociales en Adicciones, dependientes

de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal Familiar y Comunitario del Ministerio

de Desarrollo Humano y Hábitat;

Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y la Dirección General de

Políticas Alimentarias de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal Familiar y

Comunitario, ambas dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat,

elaboraron el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos

correspondientes, para el llamado a Licitación Pública;

Que, a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta conveniente proceder a

delegar en la titular del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat la facultad de

designar a los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, emitir circulares,

con y sin consulta, sobre la documentación licitatoria, dictar todos los actos

administrativos necesarios para materializar la contratación y adjudicar el servicio que

se propicia, como así también, la facultad de suscripción del pertinente contrato,

ejecución del servicio hasta su finalización, ampliación y/o disminución del total

adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades del servicio y las modificaciones

contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo

la rescisión y penalidades del/los contrato/s en caso de corresponder, todo ello de

conformidad con la normativa aplicable;

Que, a su vez, encontrándose entre las responsabilidades primarias de la Dirección

General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y Finanzas la de actuar

como órgano rector del Sistema de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, resulta conveniente encomendarle la facultad de realizar el

pertinente llamado a Licitación Pública;

Que los interesados en participar del acto licitatorio que se tramita deberán adquirir el

Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos, cuyo valor se ha

establecido en la suma de pesos doscientos cincuenta mil con 00/100 ($ 250.000,00),

ello encuentra fundamento en la trascendencia, importancia y el interés público

comprometido del servicio que nos ocupa;

Que han tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Asuntos

Legales de Seguros y la Gerencia Operativa de Registros de la Dirección General de

Compras y Contrataciones y la Dirección General Redeterminación de Precios, todas

dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que se ha dado intervención a la Dirección General Compras y Contrataciones del

Ministerio de Hacienda y Finanzas, en su carácter de Órgano Rector del Sistema de

Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se dará intervención a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas en virtud del carácter plurianual del

gasto que nos ocupa;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (texto

consolidado por Ley N° 6.347).

Por ello, en virtud de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos

102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2022-

45874095-GCABA-SSFPFC) y sus Anexos A (IF-2022-45874022-GCABA-SSFPFC), B

(IF-2022-45873966-GCABA-SSFPFC), C (IF-2022-45874515-GCABA-SSFPFC), D

(IF-2022-45876891-GCABA-SSFPFC) y E (IF-2022-45876824-GCABA-SSFPFC), que

a todos sus efectos forman parte integrante del presente Decreto y regirán la Licitación

Pública de Etapa Única, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, N° 623-1803-

LPU22 para la contratación del Servicio de Elaboración y Distribución de Comidas y

Provisión de Productos a Granel destinados a los Beneficiarios y Personal autorizado

de los Efectores de los Programas a cargo de la Dirección General de la Mujer, la

Dirección General de Infancias y Adolescencia y la Dirección General de Políticas

Sociales en Adicciones, dependientes de la Subsecretaría de Fortalecimiento Personal

Familiar y Comunitario del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, por un plazo de

veinticuatro (24) meses, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos cinco

mil doscientos millones quinientos cincuenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos con

83/100 ($ 5.200.552.472,83), al amparo de lo establecido en los artículos 31, primera

parte del 32, 40 y 43 de la Ley N° 2.095 .

Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General de Compras y Contrataciones del

Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar el pertinente llamado a Licitación Pública,

conforme el Pliego y los Anexos aprobados en el artículo 1° del presente Decreto.

Artículo 3°.- Delegar en la señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat la facultad

de emitir circulares, con y sin consulta, sobre la documentación licitatoria y de dictar

todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación y adjudicar

el servicio que se propicia, como así también, la designación de los miembros de la

Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción del pertinente contrato, la ejecución

del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, las

posibles prórrogas y continuidades, las modificaciones contractuales que puedan

suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo la rescisión y penalidades

del/los contrato/s en caso de corresponder, todo ello de conformidad con la normativa

aplicable.

Artículo 4°.- Fijar el valor del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus

correspondientes Anexos de la presente Licitación en la suma de pesos doscientos

cincuenta mil con 00/100 ($ 250.000,00).

Artículo 5°.- Dejar establecido que el presente gasto se imputará a la partida

presupuestaria de los ejercicios correspondientes, subordinado al crédito que para

cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.

Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo

Humano y Hábitat, el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de

Gabinete de Ministros.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Portal

Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar) y en el sitio web oficial del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (www.buenosaires.gob.ar).

Comuníquese a la Dirección General de Políticas Alimentarias de la Subsecretaría de

Fortalecimiento Personal Familiar y Comunitario, dependiente del Ministerio de

Desarrollo Humano y Hábitat y remitir a la Dirección General de Compras y

Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para la

prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Migliore -

Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6524-Pliego de Bases y Condiciones Particulares

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6524- Anexo A

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6524- Anexo B

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6524- Anexo C

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6524- Anexo D

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6524- Anexo E