DECRETO 470 2022
Síntesis:
APRUEBA - NORMAS ANUALES DE EJECUCIÓN Y APLICACIÓN - OFICINA DE GESTIÓN PUBLICA Y PRESUPUESTO - OGEPU - OFICINAS DE GESTIÓN SECTORIAL - OGESE - PARTIDAS - MODIFICACIONES - RECURSOS - GASTOS - PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EJERCICIO FISCAL 2023
Publicación:
02/01/2023
Sanción:
29/12/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.594, el Decreto N° 400/22, el Expediente Electrónico N°
46.481.654-GCABA- DGOGPP/22, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.594, promulgada por el Decreto N° 400/22, se aprobó el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración
Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio
2023;
Que de conformidad con la facultad conferida por el artículo 32 de la citada ley,
corresponde dictar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto
General de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el Ejercicio 2023;
Que asimismo, de acuerdo con las disposiciones del artículo 26 de la Ley N° 6.594, el
Poder Ejecutivo está autorizado para efectuar delegaciones de sus competencias en
materia de reestructuraciones, modificaciones y ampliaciones del presupuesto, a
efectos de desconcentrar y agilizar su gestión;
Que por lo expuesto, resulta pertinente dictar el presente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Aprobar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto
General de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2023 que, como Anexo (IF-2022-48076438-
GCABA-DGOGPP), forma parte integrante del presente.
Artículo 2° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la
Dirección General Asuntos Legislativos, a los Ministerios y Secretarías dependientes
del Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Contaduría, ambas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Mura p/p