DECRETO 471 2022
Síntesis:
APRUEBAN PLIEGOS - LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA N° 7162-1871-LPU22 - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRASLADO DE MATERIAL RECICLABLE Y TRANSPORTE DE RECUPERADORES OPERARIOS Y CHOFERES - PLAZO DE VEINTICUATRO MESES - DIRECCIÓN GENERAL OPERACIÓN DE RECICLADO - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA
Publicación:
03/01/2023
Sanción:
30/12/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095, 4.978, 6.292 (textos consolidados según Ley N°
6.588), los Decretos Nros. 74/21, 463/19, 49/21, la Disposición N° 167-DGCYC/21, los
Expedientes Electrónicos Nros. 29764391-GCABA-DGOR/21 y 44860048-GCABA-
DGTALMEPHU/22, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la Licitación Pública de
Etapa Única, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta N° 7162-1871-LPU22, al
amparo de los artículos 31°, 32°, 41° y 44° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por la
Ley N° 6.588), para la contratación del "Servicio de Traslado de Material Reciclable y
Transporte de Recuperadores, Operarios y Choferes", por un plazo de veinticuatro (24)
meses, con destino a la Dirección General Operación de Reciclado, dependiente de la
Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y
contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 74/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 y fijó los niveles
de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V,
VI y VII;
Que por Disposición N° 167-DGCYC/21, la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y
contrataciones y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j),
de la Ley N° 2.095 y sus posteriores modificaciones, aprobó el Pliego Único de Bases
y Condiciones Generales;
Que el Presupuesto Oficial para la realización de la presente licitación, asciende a la
suma total de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHO MILLONES
CUATROCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100
($ 2.408.409.650,00);
Que el objeto del presente servicio se fundamenta en la necesidad de traslado de los
Residuos Sólidos Urbanos Secos desde los puntos de recolección hacia los Centros
de Reciclado (Centros Verdes) que dispone el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
y el traslado de Recuperadores, Operarios y Choferes en pos de realizar su actividad
de recolección de los mencionados residuos;
Que conforme artículo 24° de la Ley N° 6.292 de Ministerios corresponde al Ministerio
de Espacio Público e Higiene Urbana asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus
competencias, entre las que se encuentra la de regular, controlar y administrar los
servicios de higiene urbana y el tratamiento, recuperación, reciclaje y disposición de
los residuos;
Que por Decreto N° 463/19, modificado por Decreto N° 49/21, se aprobó la estructura
organizativa de dicho Ministerio, contemplando a la Dirección General Operación de
Reciclado, dentro de la órbita de la Subsecretaría de Higiene Urbana, entre cuyas
responsabilidades primarias se encuentran las de planificar, realizar y desarrollar la
gestión integral de los residuos sólidos urbanos secos no dispuestos en la vía pública
a fin de preservar los recursos ambientales, considerando los generadores especiales,
de conformidad a lo establecido en la Ley N° 1.854 y sus normas complementarias;
Que, en consecuencia, la Dirección General Operación de Reciclado dependiente de
la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Espacio Público e Higiene
Urbana, confeccionó los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones
Técnicas y sus Anexos que para el presente llamado a Licitación Pública corresponde
aprobar;
Que, por otra parte y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta
conveniente delegar en la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana la
facultad de efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública, emitir las circulares, con
y sin consulta sobre la documentación licitatoria y de dictar todos los actos
administrativos necesarios para materializar la contratación y adjudicar el servicio que
se propicia, como así también la designación de los miembros de la Comisión de
Evaluación de Ofertas, la suscripción del contrato, la ejecución del servicio hasta su
finalización, su ampliación y/o disminución del total adjudicado, las posibles prórrogas
y continuidades del servicio y las modificaciones contractuales que puedan suscitarse
a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo la rescisión y la aplicación de
penalidades del/los contrato/s en caso de corresponder, todo ello de conformidad con
la normativa aplicable;
Que han tomado la intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Asuntos
Legales de Seguros, de la Dirección General de Compras y Contrataciones registrado
bajo Nota N° 46444212-GCABA-DGCYC/22 y la Dirección General Redeterminación
de Precios, bajo Nota N°45749901-GCABA-DGRP/22, ambas dependientes de la
Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que se ha dado intervención a la Dirección General Compras y Contrataciones del
Ministerio de Hacienda y Finanzas en su carácter de Órgano Rector del Sistema de
Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo
referente al régimen de penalidades obrante a Nota N°46153092-GCABA-DGCYC/22;
Que se dará oportunamente intervención a la Dirección General Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas en virtud del carácter
plurianual del gasto que nos ocupa;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (texto
consolidado según Ley N° 6.588).
Por ello, en virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los
artículos 102° y 104° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus anexos
(PLIEG-2022- 47548351-GCABA-DGOR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas y
sus anexos (PLIEG-2022-47528875-GCABA-DGOR), que forman parte integrante del
presente Decreto y que regirán la Licitación Pública de Etapa Única, bajo la modalidad
de Orden de Compra Abierta N° 7162-1871-LPU22, para la contratación del "Servicio
de Traslado de Material Reciclable y Transporte de Recuperadores, Operarios y
Choferes", por un plazo de veinticuatro (24) meses con destino a la Dirección General
Operación de Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, al amparo de los artículos 31°, 32°, 41° y 44° de la Ley N° 2.095
(texto consolidado por la Ley N° 6.588), cuyo presupuesto oficial asciende a la suma
PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE
MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 2.408.409.650,00).
Artículo 2°.- Delegar en la Señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana la
facultad de efectuar el llamado a Licitación Pública de Etapa Única N° 7162-1871-
LPU22, emitir las circulares, con y sin consulta, sobre la documentación licitatoria y de
dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación y
adjudicar el servicio que se propicia, como así también, la designación de los
miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción del pertinente
contrato, la ejecución del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o disminución
del total adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades, las modificaciones
contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo
la rescisión y penalidades del/los contrato/s en caso de corresponder, todo ello de
conformidad con la normativa aplicable..
Artículo 3°. - Establecer que la afectación preventiva del crédito y el compromiso
definitivo se efectuarán en forma conjunta en el momento de la emisión de cada Orden
de Provisión y solamente por el monto de la misma.
Artículo 4°. - El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio
Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el
portal Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar y en el sitio web
oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
www.buenosaires.gob.ar. Comuníquese a la Dirección General Operación de
Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana y pase al Ministerio de
Espacio Público e Higiene Urbana para la prosecución de su trámite. RODRÍGUEZ
LARRETA - Muzzio - Mura p/p