DECRETO 471 2022

Síntesis:

APRUEBAN PLIEGOS - LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA N° 7162-1871-LPU22 - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRASLADO DE MATERIAL RECICLABLE Y TRANSPORTE DE RECUPERADORES OPERARIOS Y CHOFERES - PLAZO DE VEINTICUATRO MESES - DIRECCIÓN GENERAL OPERACIÓN DE RECICLADO - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE ESPACIO PÚBLICO E HIGIENE URBANA

Publicación:

03/01/2023

Sanción:

30/12/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095, 4.978, 6.292 (textos consolidados según Ley N°

6.588), los Decretos Nros. 74/21, 463/19, 49/21, la Disposición N° 167-DGCYC/21, los

Expedientes Electrónicos Nros. 29764391-GCABA-DGOR/21 y 44860048-GCABA-

DGTALMEPHU/22, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la Licitación Pública de

Etapa Única, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta N° 7162-1871-LPU22, al

amparo de los artículos 31°, 32°, 41° y 44° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por la

Ley N° 6.588), para la contratación del "Servicio de Traslado de Material Reciclable y

Transporte de Recuperadores, Operarios y Choferes", por un plazo de veinticuatro (24)

meses, con destino a la Dirección General Operación de Reciclado, dependiente de la

Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras y

contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 74/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 y fijó los niveles

de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V,

VI y VII;

Que por Disposición N° 167-DGCYC/21, la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y

contrataciones y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j),

de la Ley N° 2.095 y sus posteriores modificaciones, aprobó el Pliego Único de Bases

y Condiciones Generales;

Que el Presupuesto Oficial para la realización de la presente licitación, asciende a la

suma total de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHO MILLONES

CUATROCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100

($ 2.408.409.650,00);

Que el objeto del presente servicio se fundamenta en la necesidad de traslado de los

Residuos Sólidos Urbanos Secos desde los puntos de recolección hacia los Centros

de Reciclado (Centros Verdes) que dispone el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

y el traslado de Recuperadores, Operarios y Choferes en pos de realizar su actividad

de recolección de los mencionados residuos;

Que conforme artículo 24° de la Ley N° 6.292 de Ministerios corresponde al Ministerio

de Espacio Público e Higiene Urbana asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus

competencias, entre las que se encuentra la de regular, controlar y administrar los

servicios de higiene urbana y el tratamiento, recuperación, reciclaje y disposición de

los residuos;

Que por Decreto N° 463/19, modificado por Decreto N° 49/21, se aprobó la estructura

organizativa de dicho Ministerio, contemplando a la Dirección General Operación de

Reciclado, dentro de la órbita de la Subsecretaría de Higiene Urbana, entre cuyas

responsabilidades primarias se encuentran las de planificar, realizar y desarrollar la

gestión integral de los residuos sólidos urbanos secos no dispuestos en la vía pública

a fin de preservar los recursos ambientales, considerando los generadores especiales,

de conformidad a lo establecido en la Ley N° 1.854 y sus normas complementarias;

Que, en consecuencia, la Dirección General Operación de Reciclado dependiente de

la Subsecretaría de Higiene Urbana del Ministerio de Espacio Público e Higiene

Urbana, confeccionó los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones

Técnicas y sus Anexos que para el presente llamado a Licitación Pública corresponde

aprobar;

Que, por otra parte y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta

conveniente delegar en la señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana la

facultad de efectuar el pertinente llamado a Licitación Pública, emitir las circulares, con

y sin consulta sobre la documentación licitatoria y de dictar todos los actos

administrativos necesarios para materializar la contratación y adjudicar el servicio que

se propicia, como así también la designación de los miembros de la Comisión de

Evaluación de Ofertas, la suscripción del contrato, la ejecución del servicio hasta su

finalización, su ampliación y/o disminución del total adjudicado, las posibles prórrogas

y continuidades del servicio y las modificaciones contractuales que puedan suscitarse

a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo la rescisión y la aplicación de

penalidades del/los contrato/s en caso de corresponder, todo ello de conformidad con

la normativa aplicable;

Que han tomado la intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Asuntos

Legales de Seguros, de la Dirección General de Compras y Contrataciones registrado

bajo Nota N° 46444212-GCABA-DGCYC/22 y la Dirección General Redeterminación

de Precios, bajo Nota N°45749901-GCABA-DGRP/22, ambas dependientes de la

Subsecretaría de Gestión Operativa del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que se ha dado intervención a la Dirección General Compras y Contrataciones del

Ministerio de Hacienda y Finanzas en su carácter de Órgano Rector del Sistema de

Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo

referente al régimen de penalidades obrante a Nota N°46153092-GCABA-DGCYC/22;

Que se dará oportunamente intervención a la Dirección General Oficina de Gestión

Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas en virtud del carácter

plurianual del gasto que nos ocupa;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención

que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218 (texto

consolidado según Ley N° 6.588).

Por ello, en virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los

artículos 102° y 104° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus anexos

(PLIEG-2022- 47548351-GCABA-DGOR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas y

sus anexos (PLIEG-2022-47528875-GCABA-DGOR), que forman parte integrante del

presente Decreto y que regirán la Licitación Pública de Etapa Única, bajo la modalidad

de Orden de Compra Abierta N° 7162-1871-LPU22, para la contratación del "Servicio

de Traslado de Material Reciclable y Transporte de Recuperadores, Operarios y

Choferes", por un plazo de veinticuatro (24) meses con destino a la Dirección General

Operación de Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana del

Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, al amparo de los artículos 31°, 32°, 41° y 44° de la Ley N° 2.095

(texto consolidado por la Ley N° 6.588), cuyo presupuesto oficial asciende a la suma

PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE

MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 2.408.409.650,00).

Artículo 2°.- Delegar en la Señora Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana la

facultad de efectuar el llamado a Licitación Pública de Etapa Única N° 7162-1871-

LPU22, emitir las circulares, con y sin consulta, sobre la documentación licitatoria y de

dictar todos los actos administrativos necesarios para materializar la contratación y

adjudicar el servicio que se propicia, como así también, la designación de los

miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, la suscripción del pertinente

contrato, la ejecución del servicio hasta su finalización, la ampliación y/o disminución

del total adjudicado, las posibles prórrogas y continuidades, las modificaciones

contractuales que puedan suscitarse a lo largo de la ejecución contractual, incluyendo

la rescisión y penalidades del/los contrato/s en caso de corresponder, todo ello de

conformidad con la normativa aplicable..

Artículo 3°. - Establecer que la afectación preventiva del crédito y el compromiso

definitivo se efectuarán en forma conjunta en el momento de la emisión de cada Orden

de Provisión y solamente por el monto de la misma.

Artículo 4°. - El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio

Público e Higiene Urbana y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 5°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el

portal Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar y en el sitio web

oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

www.buenosaires.gob.ar. Comuníquese a la Dirección General Operación de

Reciclado dependiente de la Subsecretaría de Higiene Urbana y pase al Ministerio de

Espacio Público e Higiene Urbana para la prosecución de su trámite. RODRÍGUEZ

LARRETA - Muzzio - Mura p/p


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6532-PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES“Servicio de Traslado de Material Reciclable y Transporte deRecuperadores, Operarios y Choferes”

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6532-PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS“Servicio Traslado de Material Reciclable y Transporte deRecuperadores, Operarios y Choferes”