DECRETO 472 2022
Síntesis:
DESIGNA - SECRETARIO - CARLOS MARÍA PEDRINI - SECRETARÍA DE BIENESTAR INTEGRAL - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
03/01/2023
Sanción:
30/12/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588), el Decreto N°
409/22, el Expediente Electrónico N° 48249048-GCABA-DGAYDRH/22, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Salud;
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplando a la Secretaría de Bienestar Integral dependiente del citado Ministerio;
Que por Decreto N° 409/22 se aceptó, a partir del 2° de diciembre de 2022, la renuncia
presentada por la Lic. Milagros Lucía Maylin, D.N.I. N° 31.932.577, C.U.I.L. N° 27-
31932577-3, al cargo de Secretaria de la Secretaría de Bienestar Integral dependiente
del Ministerio de Salud;
Que en consecuencia, encontrándose vacante dicho cargo, el señor Ministro de Salud
propicia la designación del señor Carlos María Pedrini, D.N.I N° 24.988.287, C.U.I.L.
N° 23-24988287-9, a partir del 1° de enero de 2023, como Secretario de la Secretaría
de Bienestar Integral del Ministerio de Salud;
Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Designar, a partir del 1° de enero de 2023, al señor Carlos María Pedrini,
D.N.I N° 24.988.287, C.U.I.L. N° 23-24988287-9, como Secretario de la Secretaría de
Bienestar Integral del Ministerio de Salud.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el
señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588). Comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de
Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a la Oficina de Integridad Pública y para su conocimiento y demás efectos,
remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos
dependiente de la Subsecretaría Administración del Sistema de Salud del Ministerio de
Salud. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de
Quirós - Mura p/p