RESOLUCIÓN 108 1996 SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

RESTITUYE DOBLE SENTIDO CIRCULATORIO EN TRAMO DE LA CALLE VIEYTES ENTRE RÍO CUARTO Y BENITO QUINQUELA MARTÍN -  ASIGNA SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A LA CALLE BENITO QUINQUELA MARTÍN - CALLES - ARTERIAS - DOBLE MANO - MANO ÚNICA

Publicación:

04/06/1996

Sanción:

29/05/1996

Organismo:

SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE


Visto la Nota N° 863-DGITT-96, relacionada con los inconvenientes que se generan en la calle Benito Quiriquela Martín entre avenida Pinedo y Vieytes, y

CONSIDERANDO:

Que el tramo de arteria mencionado se encuentra congestionado debido a las diferentes corrientes circulatorias que por él transitan;

Que es de hacer notar que el exiguo ancho de calzada que posee, aproximadamente 8 mts, canaliza siete líneas de transporte público de pasajeros, un importante volumen de camiones de gran porte, como así también tránsito particular;

Que el tránsito que se desplaza por Vieytes hacia el sur al ser ésta contramano debe girar obligadamente hacia Benito Quinquela Martín para proseguir por la calle San Antonio;

Que en virtud de ello se hace necesario invertir el sentido circulatorio de Benito Quinquela Martín entre avenida Pinedo y Vieytes y restituir el doble sentido circulatorio de esta última entre Río Cuarto y Benito Quinquela Martín;

Por ello y de conformidad con lo aconsejado por la Dirección General de Ingeniería del Transporte y Tránsito,

El Subsecretarío de Transporte y Tránsito

RESUELVE:

Artículo 1° - Modifícase el Decreto-Ordenanza N° 10.407-47, texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, restituyéndose el doble sentido circulatorio de la calle Vieytes entre Río Cuarto y Benito Quinquela Martín.

Art. 2° - Asígnase sentido único de circulación a la calle Benito Quinquela Martín de avenida Pinedo a Vieytes de Oeste a Este, quedando modificado el Decreto-Ordenanza N° 10.407-47, texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación.

Art. 3° - Modifícase en forma provisoria el derrotero de las líneas involucradas en el sector que nos ocupa ad referéndum del recorrido definitivo que determine la Secretaría de Energía y Transporte de la Nación, según el siguiente detalle:

Línea 45: ida a Remedios de Escalada por su ruta, Dr. R. Carrillo, avenida Suárez, Vieytes, Osvaldo Cruz, su ruta.

Regreso: sin modificación.

Línea 95: ida a Avellaneda por su ruta, Dr. R. Carrillo, Av. Suárez, Vieytes, Alvarado, San Antonio, California, su ruta.

Regreso: por su ruta, Vieytes, Av. Suárez, Dr. R. Carrillo su ruta.

Línea 100: ida a Lanús por su ruta, Dr. R. Carrillo, Av. Suárez, Vieytes, Alvarado, San Antonio, California, Herrera, su ruta.

Regreso: por su ruta, Vieytes, Av. Suárez, Dr. Carrillo, su ruta.

Línea 134: ida a Barracas por su ruta Dr. R. Carrillo, Av. Suárez, Vieytes, Osvaldo Cruz, San Antonio, Luján hasta Vieytes donde estaciona.

Regreso: hacia Villa Devoto: por su ruta, Vieytes, Av. Suárez, Dr. Ramón Carrillo, su ruta.

Art. 4° - La presente medida, entrará en vigencia una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.

Art. 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Energía y Transporte de la Nación, a las líneas de Autotransporte Público de Pasajeros afectadas, a las Direcciones Generales de Obras Públicas, de Servicios Públicos, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Ingeniería del Transporte y Tránsito, cumplido archivese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
Res. 108-SSTT-96 asignasentido circulatorio tramo calle vieytes, modifica Dec. Ord. 10407-47