DECRETO 11 2023
Síntesis:
DESIGNA DIRECTORA GENERAL - DANIELA PAULA KALINSCKY - DIRECCIÓN GENERAL PROMOCIÓN DE POLÍTICAS GASTRONÓMICAS -SUBSECRETARÍA POLÍTICAS GASTRONÓMICAS - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCION
Publicación:
13/01/2023
Sanción:
11/01/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), los Decretos Nros.
463/19 y sus modificatorios y 6/23, el Expediente Electrónico N° 02861223-GCABA-
DGTALMDEP/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
del citado Ministerio;
Que por Decreto N° 6/23 se modificó, a partir del 1° de enero de 2023, la estructura
orgánico funcional del Ministerio en cuestión, creándose bajo su dependencia a la
Dirección General Promoción de Políticas Gastronómicas, dependiente de la
Subsecretaría de Políticas Gastronómicas;
Que en consecuencia, el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción
propicia la designación de la señora Daniela Paula Kalinscky, D.N.I. N° 35.067.702,
C.U.I.L N° 27-35067702-5, como Directora General de la Dirección General Promoción
de Políticas Gastronómicas, dependiente de la Subsecretaría Políticas Gastronómicas
del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a partir del 1° de enero de 2023;
Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Designar, a partir del 1° de enero de 2023, a la señora Daniela Paula
Kalinscky, D.N.I. N° 35.067.702, C.U.I.L N° 27-35067702-5, como Directora General
de la Dirección General Promoción de Políticas Gastronómicas, dependiente de la
Subsecretaría Políticas Gastronómicas del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y
demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Giusti - Miguel