DECRETO 12 2023
Síntesis:
DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO - INTERPUESTO POR MATÍAS RAÚL ZUGASTI MACHESICH - CONTRA LA RESOLUCIÓN 581-MJGGC/22 - SANCION - CESANTIA
Publicación:
16/01/2023
Sanción:
12/01/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado según Ley N° 6.588), la Resolución N° 581/MJGGC/22, el
Expediente Electrónico N° 12758692-GCABA- DGAMT/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electronico citado en el Visto tramita el recurso jerárquico
interpuesto por el señor Matías Raúl Zugasti Machesich (D.N.I. N° 30.334.232), contra
la Resolución N° 581/MJGGC/22, por la cual se lo sancionó con cesantía;
Que dicha sanción tuvo oportunidad por haber sido encontrado responsable del cargo
inculpado en el marco del Sumario Administrativo N° 255/21, y así haber violado las
obligaciones contenidas en los incisos a), c) y f) del artículo 10 de la Ley N° 471, en
función de lo previsto en el artículo inciso e) del artículo 62 del mismo plexo legal;
Que en la presentación recursiva el señor Zugasti Machesich alega que la sanción
impuesta es desproporcionada, y que el procedimiento goza de vicios de legitimidad y
legalidad;
Que en su dictamen jurídico identificado como IF-2022-47363850-GCABA-DGSUM, la
Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires aclaró que no le asiste razón al recurrente, pues se le respetaron sus derechos y
garantías fundamentales durante todo el proceso de investigación;
Que dicho Órgano Jurídico Asesor entendió que el quejoso no indicó precisamente
cuáles fueron tales derechos violados, siendo que en todo momento del procedimiento
sumarial fue respetada su estabilidad laboral del empleado público garantizada por el
artículo 14 bis de la Constitución Nacional, el artículo 43 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires y los artículos 9°, inciso ñ, 50 y 51 de la Ley N° 471;
Que al respecto fue determinante en que en todo momento los derechos del
sumariado estuvieron acabadamente garantizados por el estricto cumplimiento del
debido proceso adjetivo;
Que el mismo criterio fue compartido por el Procurador General de la Ciudad de
Buenos Aires mediante su intervención identificada como PV-2022-47691140-GCABA-
PG;
Que el recurrente no ha aportado elementos que permitan rever el decisorio adoptado
en la resolución cuestionada, por lo que el recurso impetrado resulta improcedente;
Que a tenor de lo expuesto y las constancias obrantes en autos corresponde el
rechazo del recurso jerárquico.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico interpuesto por el señor Matías Raúl
Zugasti Machesich (D.N.I. N° 30.334.232), contra la Resolución N° 581/MJGGC/22.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado con copia del Dictamen Jurídico N° IF-2022-47363850-GCABA-DGSUM,
dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio
de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123
de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(texto consolidado según Ley N° 6.588), y para su conocimiento y demás efectos
remítase a Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Miguel