DISPOSICIÓN 780 2004 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

DECLARA LA CADUCIDAD DE LA INCORPORACIÓN A LA ENSEÑANZA OFICIAL OTORGADA AL INSTITUTO SUPERIOR DE GIMNASIA AERÓBICA - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - BAJA DE ESCUELAS PRIVADAS - INSTITUTO INCORPORADO A LA ENSEÑANZA OFICIAL - ANDREA WEINZETTEL - SUMARIO 452/03

Publicación:

30/11/2004

Sanción:

05/11/2004

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto el Expediente N° 29.471/02; y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición N° 977/DGEGP/01 se solicitó al Instituto Superior de Gimnasia Aeróbica (A-1034) la entrega de la documentación pertinente para proceder a la cancelación del mismo como reconocido en la enseñanza oficial;

Que la Representante Legal del Instituto, Sra. Andrea Mariel Weinzettel fue intimada en reiteradas ocasiones y por distintos medios a tomar conocimiento de la Disposición preindicada;

Que vencido el plazo de intimación para acompañar la documentación requerida el Instituto perdió el derecho a otorgar títulos oficiales, asumiendo esta Dirección General de Educación de Gestión Privada la responsabilidad de entregar los certificados según las constancias de los libros matrices respecto de aquellos alumnos que previamente hubieran cursado y aprobado materias;

Que como consecuencia de dicha omisión la Secretaría de Educación dictó la Resolución N° 2.224 del 6 de agosto de 2003 instruyendo Sumario Administrativo a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar;

Que el antedicho Sumario fue instruido en el ámbito de la Dirección de Sumarios de la Procuración General;

Que en el marco de la instrucción del Sumario se publicaron edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires a fin de que el representante legal del instituto tomase vista del Sumario N° 452/03, notificándosele, por el mismo medio, que debía comparecer, presentar su descargo y ofrecer las pruebas que hicieran a su derecho;

Que el representante legal del instituto no compareció a tomar vista de la actuación ni a la referida audiencia;

Que, en definitiva, el instituto no cumplió con el deber de entregar la documentación oficial reglamentaria;

Que, como conclusión del sumario, la Procuración General aconsejó la cancelación por parte de la Dirección General de Educación de Gestión Privada del Instituto;

Que también aconsejó la Procuración General que se practiquen las registraciones pertinentes respecto del representante legal del instituto en lo relativo al incumplimiento de sus obligaciones como tal;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional remitió las actuaciones a la Dirección General de Educación de Gestión Privada a fin de que ésta tome la intervención que le compete, tal como fue indicado por la Procuración General;

Que el Decreto N° 371/PEN/64 prevé que la incorporación de un instituto a la enseñanza oficial caducará por incumplimiento de las obligaciones que tiene como depositario de la documentación oficial (Art. 28, Inc. 7);

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE EDUCACIÓN

DE GESTIÓN PRIVADA

DISPONE:

Artículo 1° - Por violación de lo dispuesto en el artículo 28, inciso 7, del Decreto N° 371/PEN/64, declárase la caducidad de la incorporación a la enseñanza oficial otorgada por la ex Dirección Nacional de la Enseñanza Privada mediante la Disposición N° 1.405 del 18 de octubre de 1993 al Instituto Superior de Gimnasia Aeróbica (A-1034), sito en la calle Humahuaca 3850 de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2° - Hacer constar que la representante legal del Instituto presentado ante la Dirección General de Educación de Gestión Privada es Andrea Mariel Weinzettel, con DNI 20.446.048 y domicilio constituido en la calle Humahuaca 3850 de la Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; notifíquese al Instituto al domicilio constituido en la Dirección General de la Educación de Gestión Privada, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese por copia certificada de la presente Disposición a la señora Secretaria de Educación, a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional y a la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, publíquese en el Boletín DGEGP. Cumplido, archívese. Suárez

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